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Un error que se paga caro


Adrián Ventura
LA NACION

Viernes 22 de abril de 2011 | Publicado en edición impresa

El DNU le permite al presidente tomar una decisión salteando al Congreso. En otras palabras, un mandatario, en el secreto de su despacho y rodeado de algunos pocos colaboradores, toma una medida que sorprende al país y pretende convertirla en fuente de verdad indiscutida.Hay errores que se pagan caros. La reforma de 1994 incorporó los DNU en la Constitución. Fue una idea de la UCR, que creía que de ese modo limitaría el uso que el entonces presidente Carlos Menem hacía de ese instrumento. Fue una ingenuidad. Todos los presidentes continuaron abusando de esa atribución. Ahora, el país paga caros esos errores.
Por eso, son muy pocos los países del mundo donde se admite tal tipo de decretos, que, si bien pueden dar soluciones a algunas circunstancias extremas (por ejemplo, la necesidad de cambiar, de urgencia, el signo monetario o devaluar), también son fuente de inseguridad jurídica.
A contramano de la experiencia internacional, los DNU fueron admitidos por el artículo 99 inciso 3 de la Constitución, donde se escribieron las circunstancias excepcionales que habilitan su dictado.
Pero, claro está, los presidentes no se detienen frente a las palabras escritas. Y Menem, Fernando de la Rúa, Eduardo Duhalde y Néstor Kirchner dictaron, cada uno, decenas de esos decretos. La presidenta Cristina Kirchner abusó de otra manera: dictó unos pocos DNU, pero con muy fuerte impacto en los campos económico y empresarial.
Pero el problema, en la Argentina, es mucho más grave aún. El hiperpresidencialismo, la debilidad de la oposición -en ocasiones, también su complicidad, para evitar asumir el costo político de decisiones impopulares-, una tendencia al populismo y la poca vocación del Congreso y de los jueces por controlar al Ejecutivo hacen que los DNU queden sin control posible.
En efecto, la Comisión Bicameral está empatada y empantanada, gracias a que la Justicia no permitió que la oposición conservara supremacía numérica en este órgano de control. Pero, en el recinto, los legisladores tampoco mostraron mucho fervor por controlar el uso de esa herramienta.
Y si el Congreso fue ineficaz, la Justicia lo fue más aún. En 1998, la Corte dictó un fallo (caso Verrocchi) que fue repetido en 2010 (caso Consumidores Argentinos). En ambos casos, el tribunal, con distinta composición, señaló la obligación del Ejecutivo de respetar los límites. La Corte y los jueces inferiores siempre controlaron los DNU, pero lo hicieron muchos años después de haber sido dictados. Nadie controla al presidente en funciones.
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