Hola amigos este post es para los estudiantes de Despachante de aduana que quieren rendir en afip para matricularse consegui modelos de los examenes y los comparto con ustedes para que se den una idea de como se toma EXAMEN DE PRACTICA PROFESIONAL DE IMPORTACION Objetivos del examen: CLASIFICACION DE LA MERCADERIA: Justificar la posición arancelaria con notas y reglas generales interpretativas, en el ejercicio de clasificación propiamente dicho y la mercadería enunciada en la destinación, (4 puntos). VALORACIÓN: Determinar el valor en aduana de la mercadería, justificando cada concepto que se detalla en el ejercicio, tanto si producen o no ajustes al valor. (4 puntos). LIQUIDACIÓN DE LOS TRIBUTOS: De acuerdo a los datos que se le proporcionan (2 puntos). DECLARACIÓN Y LLENADOM DEL OM 1993. Completar sólo los campos del formulario para los cuales se tiene información. PRESENTACIÓN DEL EXAMEN: Sin tachaduras ni enmiendas. No se permite la realización en lápiz. Las respuestas deben realizarse las hojas y el dorso de las mismas se utilizará para borrador. Ejercicio de Clasificación: Tejido de trama y urdimbre, tubular, 100 % filamento de poliéster sin texturizar (sintético), presentado en rollos de 20 cm de ancho. Respuesta Destinación de Importación: Factura Comercial: DESCRIPCIÓN UD$ 50 Hornos de resistencia (de calentamiento indirecto), industrial 50.000.00 1. Materiales de embalaje 400.00 2. Mano de obra y gastos indirectos de fabricación aplicados al 600.00 Embalaje 3 Descuento por nivel comercial (referente a envíos anteriores (150.00) 4 Descuento por nivel comercial (50.00) 5 Gastos bancarios en origen 250.00 6 Comisión de compra 500.00 TOTAL FCA 51.550.00 Otros datos de interés 7 Flete Según documento de transporte CRT XXX: Ud$ 700.00 . Desde Santiago (Chile) a la frontera argentina, Ud$ 450.00 Desde la frontera a Buenos Aires (lugar donde se Produce la nacionalización): Ud$ 250.00 8 Seguro Total Ud$ 500.00 Desde Santiago (Chile) a la frontera argentina, Ud$ 200.00 Desde la frontera a Buenos Aires (lugar donde Se produce la nacionalización): UD$ 300.00 9 Intereses de financiación En la presente operación se incluyó en el total 7,75% anual de FCA de la factura, la parte proporcional a un financiación semestre, del interés. Se informa además que se adjuntó en sede aduanera el contrato respectivo. Nota aclaratoria: Para realizar el cálculo de los tributos deberá tener en cuenta de los siguientes datos: 10: El despacho de importación lo confecciona en el día de la fecha y el medio de transporte arribó a la Aduana de Buenos Aires el 3 de enero del corriente año. 11: Mercadería para comercializar en el mercado interno. 12: Importador: IVA. inscripto, no posee CVDI. Se pide determinar: POSICIÓN ARANCELARIA Valor FOR Flete Seguro Valor CIF Ajustes a Incluir (justifica) Ajustes a Deducir (justificar) Valor en Aduana • Derechos de Importación 10% • Tasas de Estadística 0,50% • IVA tasa general: 21% • IVA adicional 10% • Anticipo Impuesto a las Ganancias: 3% • Anticipo Impuesto a los Ingresos Brutos: 1.50% • Otros TOTAL A PAGAR: EXAMEN PARA DESPACHANTE DE ADUANAS MATERIA EXPORTACION AÑO 2009 TEMA 3 (3) El examen consta de un ejercicio práctico para una destinación valuado globalmente con CINCO (5) puntos, un ejercicio práctico de Clasificación Arancelaria de DOS (2) puntos y seis (6) preguntas de orden práctico con opción múltiple en las que una sola es la respuesta correcta, a las cuales se les ha asignado un valor de CINCUENTA CENTÉSIMOS (0,50) de punto para cada una. Se requerirá un puntaje de siete (7) para aprobar el presente examen. Ejercicio práctico Deberá completar los formularios OM-1993, para ello el examinado deberá utilizar los datos brindados que se correspondan con la destinación, descartando aquellos que a su criterio y conocimiento excedan lo necesario para documentar la destinación que se pretende. El formulario deberá contener los datos correspondientes a la destinación completos, ante la falta de uno de ellos en el enunciado, el mismo debe ser aportado por el examinado (cuidando que el dato declarado guarde relación con el resto del enunciado). (#) Se recuerda que la base para la liquidación de estímulos, nunca puede ser superior al valor imponible de la mercadería que rige para la determinación de los derechos de exportación de exportación, inc. c) ART. 829 CA. LOS VALORES DEBERAN CONSIGNARSE EN DOLARES (U$S). Considere que el exportador ha decidido incluir los derechos de exportación en sus precios FOB, por lo tanto Ud. debe calcular el importe de los mismos. Un exportador solicita a su Despachante de Aduanas documentar una destinación de exportación en consignación (EC01) con destino a Italia, de 15.000 bujías de encendido P.A. 85.11.10.00.000 con un costo unitario de fabricación de U$S 12, cuyo valor se encuentra conformado de la siguiente manera: material nacional y mano de obra U$S 7, insumos importados a consumo por el propio exportador U$S 3 E insumos importados temporalmente U$S 2, al costo de fabricación se deberá adicionar los gastos por embalaje, seguro, flete interno, gastos de Despachante de Aduana, que ascienden a la suma de U$S 5 por unidad. Se deberá a su vez integrar al costo comisiones pagadas al exterior de U$S 1 por unidad. Dicha mercadería al momento de su destinación en consignación deberá garantizar un monto de U$S 12000 en concepto del 5% por derechos de exportación. Con la mercaría arribada a destino se produce una primera venta (EC07) DE 5000 unidades, por las que se abonaron 5% de derechos de exportación y se percibió el 6 % de reintegro. Se produce una segunda venta por 7000 unidades, Usted deberá proceder a efectuar los cálculos necesarios para confeccionar el OM 1993 Permiso de Embarque, integrando todos sus campos y recomponiendo los valores por la segunda destinación (EC07), a saber valor en aduana, FOB total, insumos importados temporalmente, insumos importados a consumo, base para reintegro derechos de exportación y reintegros. Se deja constancia que el remanente de 3000 unidades no se vendió y retoma a origen. Asimismo considere que en el nuevo momento imponible los valores a tener en consideración son los declarados en el ES01 y las cantidades en función de la venta realizada. EJERCICIO DE CLASIFICACION ARANCELARIA Clasificar a nivel NCM la siguiente mercadería. Juego constituido por 12 cuchillos, 12 tenedores y 12 cucharas, manufacturados en aluminio (metal común), chapados con plata (metal precioso), acondicionados en un estuche para la venta al por menor. Justificar con regla/s y Nota/s la clasificación. PREGUNTAS 1) – Las destinaciones a consumo a una zona franca, de mercadería nacional de libre circulación en el TNC, una vez ingresadas a dicha zona franca, se encuentra en condiciones de percibir estímulos a la exportación cuando: a) La mercadería haya sido recepcionada en dicha zona franca. b) A dicha mercadería se le da una nueva destinación al exterior desde zona franca. c) La mercadería de que se trata haya sido afectada a un proceso económico. 2) - Los contenedores nacionales o nacionalizados que salieran del territorio aduanero bajo el régimen de exportación temporal ¿´qué plazo máximo tienen de permanencia en el exterior? a) 1 año a partir de la presentación del manifiesto del medio transportador. b) 2 años desde la fecha de salida del medio transportador. c) 3 años improrrogables desde la fecha de la declaración del manifiesto del medio transportador. 3) En una exportación realizada mediante el régimen de exportaciones de planta llave en mano los servicios que integren el contrato tendrán un reintegro: a) Adicional al previsto en el Decreto 1011/91 del 5%. b) Del 10% en los términos del Decreto 870/03. c) Equivalente a la diferencia entre lo previsto por el Decreto 1011/91 y la alícuota del 10%. 4) En los términos de la Resolución General 1921, una destinación de exportación deberá ser integrada por, sobre contenedor OM 2133 SIM (color verde), dos (2) originales OM 1993 SIM emitidos por el sistema, integrando además como documentación complementaria alguna de las siguientes opciones, de corresponder. a) Comprobante de pago de los derechos de exportación. b) Remito de constancia de ingreso de la mercadería a depósito. c) Autorizaciones de terceros organismos exigibles a la oficialización de acuerdo a la reglamentación vigente. 5) El Servicio Aduanero no exigirá del ATA / Exportador la presentación del detalle de contenido cuando: a) Las cantidades a embarcar sean coincidentes a lo declarado en el Permiso b) de Embarque. b) El remito con que se ingresa la mercadería a depósito, sea coincidente con la declaración del Permiso de Embarque. c) La unidad de comercialización sea de paso o volumen y se trate de una carga a granel. 6) - En el procedimiento para el pago de beneficios a la exportación, el SIM en los términos de la Resolución General 1921 verifica previamente a la liquidación ¿ cual de las siguientes opciones? a) Que el exportador haya declarado su CBU de acreditación para los fondos y la misma se encuentre vigente. b) Que la mercadería haya arribado a destino, c) Que al momento del embarque la mercadería se encuentre en libre cir- culación. INCOTERMS 2010 Importante!!! a partir del 1º de enero de 2011 comenzaron a regir los nuevos Incoterms 2010. Este nuevo sistema de clasificación divide a los 11 Incoterms de acuerdo a las siguientes categorías: INCOTERMS PARA CUALQUIER MEDIO DE TRANSPORTE: EXW - FCA – CPT – CIP – DAT – DAP - DDP INCOTERMS PARA MEDIO DE TRANSPORTE MARÍTIMO: FAS – FOB – CFR – CIF Los cambios más significativos son los siguientes: Desaparecen 4 Reglas de los Incoterms 2000: DAF, DES, DEQ y DDU. Se crean 2 Reglas nuevas: DAT y DAP. DAT, “Entregada en Terminal”: Sirve para todo tipo de transporte. La empresa vendedora (exportadora) realiza la entrega cuando la mercadería, una vez descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición de la empresa compradora (importadora) en la terminal designada en el puerto o lugar de destino designados. DAP, “Entregada en Lugar”: Reempl aza a DAF y DDU. Sirve para todo tipo de transporte. La empresa vendedora (exportadora) realiza la entrega cuando la mercadería se pone a disposición de la compradora (importadora) en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado. La empresa vendedora corre con todos los riesgos que implica llevar la mercadería hasta el lugar designado. NOTA: La Cámara de Comercio Internacional ha emitido un comunicado sobre el uso de los Incoterms 2000, a continuación trancribimos el mismo: "Sírvanse considerar que todos los contratos celebrados bajo INCOTERMS® 2000 permanecen en vigencia aún después de 2011. Por otra parte, aunque la Cámara de Comercio Internacional recomienda utilizar INCOTERMS® 2010 a partir de 2011, las partes de un contrato de compraventa internacional de mercaderías pueden ponerse de acuerdo en elegir cualquier versión de las reglas Incoterms a partir de 2011. Sin embargo, es importante, especificar claramente la versión elegida de INCOTERMS." Espero que les sirva mucho, estudien, y suerte para todos!!!! El PiLa
Examenes Afip para Despachante de Aduana Parte III
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