Hola amigos de taringa este es mi primer post, espero que ande bien, como me gusta la seguridad y la higiene, y tuve que realizar un trabajo para exponer, que textualmente es corto pero se puede extender mas verbalmente si saben algo del tema como por ejemplo los bio-digestores, algo muy interesante. espero que les sea útil y ya subiré mas material. Y recuerden que compartir infrmacion nos hace crecer. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- SEGURIDAD LABORAL II SEGURIDAD EN EL AGRO: TRABAJO CON ANIMALES. NORMAS VIGENTES: 617/97 1- Obligaciones patronal. 2- Obligaciones de operarios. 3- Obligaciones de ART. 4- Obligaciones de superintendencia de riesgos del trabajo. Obligacion patronal según el decreto 617/97 Art. 5°-Establécese la obligatoriedad para los empleadores de la Actividad Agraria de contar con Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo y de Medicina del Trabajo, en los casos y con las modalidades que determine la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. CONSIDERACIONES GENERALES ARTICULO 1°-El empleador debe aplicar los criterios de prevención para evitar eventos dañosos en el trabajo. A tal fin, en el marco de sus responsabilidades, el empleador desarrollará una acción permanente con el fin de mejorar los niveles de seguridad y de protección existentes. El empleador, con el asesoramiento y el seguimiento de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo a la que se encuentre afiliado, debe: a) Identificar, evaluar y eliminar los factores de riesgo existentes en su establecimiento. b) Priorizar la prevención de accidentes y enfermedades profesionales a partir de la minimización de los riesgos en la fuente. c) Proveer de elementos de protección personal a los trabajadores que se encuentren desempeñando tareas en su establecimiento. Siempre que existan en el mercado elementos y equipos de protección personal homologados, se utilizarán éstos en lugar de otros que no reúnan tal condición. d) Informar y capacitar a los trabajadores acerca de los riesgos relacionados con las tareas que desarrollan en su establecimiento. e) Llevar a cabo un programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales. f) Instrumentar las acciones necesarias para que la prevención, la higiene y la seguridad sean actividades integradas a las tareas que cada trabajador desarrolle en la empresa. g) Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas por la autoridad competente. TITULO II SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA ARTICULO 4°- El empleador debe arbitrar los medios necesarios a fin de proveer el agua potable necesaria a los trabajadores que desempeñen tareas en su establecimiento y lugares de trabajo. ARTICULO 5°- Cuando el empleador proveyere vivienda al trabajador, éste debe mantenerla en buen estado de aseo. El empleador debe instrumentar las acciones necesarias a fin de que la vivienda, ya sea fija o transportable, se mantenga libre de rnalezas a su alrededor y se encuentren controladas las fuentes de riesgos eléctricos, y de incendios, así como la posibilidad de derrumbes. ARTICULO 6°- El empleador debe proveer un botiquín de primeros auxilios, que contendrá elementos de venta libre, de acuerdo al riesgo a que este expuesto el trabajador. La Aseguradora de Riesgos del Trabajo debe aconsejar al empleador respecto del contenido de aquél, capacitándolo para la correcta utilización. ARTICULO 44.- La vivienda de los trabajadores debe encontrarse aislada de los galpones de animales Obligacion operario según el decreto 617/97 ARTICULO 2°-El trabajador, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de terceros, debe: a) Utilizar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte, equipos de protección y, en general, cualquier otro instrumento con el que desarrolle su actividad, a fin de evitar los riesgos previsibles. b) Usar, conservar y cuidar los elementos y equipos de protección personal, debiendo recibir los elementos con constancia firmada, donde se consignan las instrucciones para su uso. c) Informar en la forma más inmediata posible a su superior jerárquico o, en su caso, al servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, acerca de cualquier situación que entrañe un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. d) Contribuir al cumplimiento de las normas de higiene y seguridad establecidas por la autoridad competente. e) Someterse a los exámenes médicos de salud y cumplir con las prescripciones e indicaciones que a tal efecto se le formulen. f) Asistir a los cursos de capacitación que le brinda el empleador por sí o por medio de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo. ARTICULO 47.- A fin de prevenir la zoonosis, se deben tomar las siguientes medidas de carácter general: a) Evitar el contacto directo del trabajador con la mucosa o sangre de los animales y con sus excrementos. b) Al finalizar tareas que lo pongan en contacto con animales, el trabajador deberá higienizarse, igual precaución deberá adoptar, antes de fumar y de toda ingesta de alimentos o infusiones. c)Se debe disponer de un lugar destinado para la ropa que estuvo en contacto con los animales, a fin de evitar su contacto con la ropa limpia. d)Se incinerarán los cadáveres de los animales muertos por causa de enfermedades contagiosas o desconocidas, evitando el contacto del animal con el trabajador. Obligacion ART según el decreto 617/97 ARTICULO 3°- Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, respecto de los empleadores afiliados a ellas, deben: a) Identificar y evaluar los factores de riesgo existentes en los establecimientos. b) Priorizar la prevención de siniestros a partir de la minimización de los riesgos en la fuente. c) Colaborar en la selección de elementos y equipos de protección personal. d) Suministrar información relacionada con la seguridad en el empleo de productos químicos y biológicos. e) Informar y asesorar a los empleadores en materia de cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad, como así también respecto de las acciones necesarias a implementar con el fin de ir superando los niveles de cumplimiento de la normativa de Higiene y Seguridad. f) Elaborar y arbitrar los medios técnicos para implementar los módulos de capacitación en higiene y seguridad del trabajo, atendiendo al nivel de instrucción de los trabajadores dependientes del empleador y a los riesgos que entrañen las tareas que desarrollen los trabajadores. Entre los temas que formen parte de los módulos de capacitación, deberá incluirse además todo lo concerniente al uso de los elementos de protección personal necesarios. g) Denunciar ante la S:R:T: los incumplimientos de sus afiliados de las normas de higiene y seguridad en el trabajo, incluidas las del Plan de Mejoramiento. h) Tener acceso a la información necesaria para cumplir con las prestaciones de la L.R.T. i) Promover la prevención, informando a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo acerca de los planes y programas exigidos a las empresas. j) Mantener un registro de siniestralidad por establecimiento. k) Informar a los interesados acerca de la composición de la entidad, de sus balances, de su régimen de alícuotas y demás elementos que establezca la reglamentación. ARTICULO 15.- Se adoptarán los límites permisibles para los contaminantes físico-químicos que actualmente figuren en las Tablas del Decreto Reglamentario N° 351/79 y la Resolución M.T.S.S. N° 444/91 que se enumeran a continuación mientras que no se proceda a conformar las tablas para la actividad agraria: a) Carga Térmica: ANEXO II, CAPITULO 8 del Decreto N° 351/79. b) Contaminantes Ambientales: Res. MTSS N° 444/91. c) Iluminación: ANEXO IV, CAPITULO 12, TABLAS 1, 2, 3 y 4 del Decreto N° 351/79. d) Nivel Sonoro: ANEXO V, CAPITULO 13. TABLAS 1, 2 y 3 del Decreto N° 351/79. En todos los casos, para los cálculos de los contaminantes presentes en los ambientes de trabajo, se deben tener en cuenta las particularidades de la actividad, estacionalidad, condiciones climáticas y tiempos reales de exposición, debiéndose ponderar estos elementos para la valoración final. ARTICULO 16.- Solamente podrán utilizarse los productos agroquímicos cuyo uso esté permitido por la Autoridad Competente, cumpliendo con las normas de procedimiento emanadas de la misma, para su empleo. ARTICULO 17.- Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo deben informar y asesorar a los empleadores afiliados acerca de la normativa vigente en materia de manipuleo, uso y deshecho de contaminantes y de sus envases, a fin de que estos la cumplan en su totalidad. Obligaciones de superintendencia de riesgos del trabajo. Art.2°- Delegase en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO la facultad de dictar las normas necesarias para asegurar una adecuada prevención de los riesgos de trabajo, conforme a las características particulares de las diferentes actividades agrarias. RIESGOS DE LA ACTIVIDADES: Cuestiones ambientales y de salud publica: Los riesgos laborales de la ganadería pueden dar lugar a lesiones, asma o zoonosis. Además, la cría de ganado suscita diversas cuestiones ambientales y de salud publica. Un aspecto es el efecto del excremento de los animales sobre el entorno. Otros son la perdida de diversidad biológica, los riesgos asociados con la importación de animales y de productos y la seguridad de los alimentos. Los excremento de los animales tienen posibles consecuencias ambientales sobre la contaminación del agua y el aire. PROBLEMAS DE SALUD PARA EL HOMBRE RELACIONADO CON LA ACTIVIDAD GANADERA: PROBLEMA DE SALUD POR CONTACTO FÍSICO DIRECTO: Dermatitis alérgica de contacto. Rinitis alérgica. Mordiscos, coces, aplastamientos. Envenenamiento y posible hipersensibilidad. Asma. Arañazos. Lesión traumática. PROBLEMAS DE SALUD POR AGENTES ORGANICOS: Intoxicación por productos fitosanitarios. Resistencia a antibióticos. Bronquitis crónica. Dermatitis de contacto. Alergia por exposición a residuos de fármacos en los alimentos. Enfermedades transmitidas por los alimentos. “pulmón de granjero”. Neumonitis por hipersensibilidad. Irritación de mucosas. Asma de origen profesional. Síndrome toxico por polvo orgánico. Alergias por exposición a fármacos. Zoonosis. PROBLEMAS DE SALUD POR AGENTES FISICOS: Hipoacusia. Traumatismo relacionado con la maquinaria. Emisión de metano y efecto invernadero. Trastornos musculosqueleticos. Estrés. PRINCIPALES ZOONOSIS: NOMBRE FUENTE Ántrax Mamíferos Encefalitis transmitidas por artrópodos Aves. Ovejas, roedores. Leptospirosis Roedores, vacas, cerdos, carnívoros salvajes, caballos. Fiebre Q Vacas, cabras, ovejas. Rabia Perros, gatos, carnívoros salvajes, murciélagos. Salmonelosis Aves, mamíferos. Triquinosis Cerdos, carnívoros salvajes, animales árticos. Tuberculosis Vacas, perros, cabras. Para el agricultor ha aparecido todo un nuevo grupo de exposiciones profesionales peligrosas, que se pueden clasificar en cuatro puntos principales: 1.Gases tóxicos y asfixiantes. 2.Aerosoles bioactivos de partículas. 3.Enfermedades infecciosas. 4.Ruido. LISTA DE COMPROBACION DE LAS PRACTICAS DE SEGURIDAD DE LA GANADERIA: Alimentación: 1.Use ventilación adecuada en edificios y silos. 2.Mantenga las entradas a los depósitos de grano, alimento y ensilajes cerradas y con llave. 3.Ponga señales de alarma en las zonas de almacenamiento de alimentos y encillaje que adviertan de los peligros de quedar atrapado en la corriente de grano o de alimento. 4.Mantenga las escaleras de silos y depósitos en buenas condiciones. 5.Cubra las entradas de los transportadores para impedir cualquier contacto con estos. 6.Proteja con enrejados los cebadores situados sobre transportadores y elevadores. 7.Tenga precaución al cambiar de sitio los transportadores y elevadores; compruebe la lineas de tensión situadas por encima. 8.Asegúrese de que las protecciones estan en su sitio en cualquier maniobra de cebado, molienda o de otro tipo. 9.Tenga en cuenta los efectos sobre las salud de respirar polvo orgánico, e informe a su medico sobre exposiciones recientes cuando acuda a la consulta por problemas respiratorios. 10.Use equipos automáticos o mecanizados cuando tenga que trasladar materiales podridos. 11.Haga uso del aislamiento de fuentes, la ventilación local por aspiración y los métodos húmedos para controlar el polvo orgánico. 12.Use protección respiratoria adecuada cuando la exposición al polvo sea inevitable. Manipulación: 1.Establezca buenos programas de sanidad, vacunación e inoculación. 2.Cuando trabaje con animales, prevea una salida de escape; disponga por lo menos de dos salidas. 3.Los manipuladores de ganado han de tener fuerza y experiencia suficiente para el trabajo. 4.Evite trabajar con animales cuando este cansado. 5.Tenga cuidado al aproximarse a los animales para no asustarlos. 6.Conozca los animales y tenga paciencia con ellos. 7.Descuerne a los animales peligrosos. 8.Ponga señales de advertencia donde se depositen sustancias químicas; guardelas bajo llave en una habitación o trastero. 9.Haga las mezclas de sustancias químicas al aire libre o en una zona bien ventilada. 10.Tenga cuidado cuando conduzca animales. 11.Lleve guantes de goma cuando trate con los animales enfermos. 12.Vacune a los animales y ponga en cuarentena a los que estén enfermos. 13.Lavese las manos tras el contacto con terneros que tengan diarrea. Contención y alojamiento: 1.Asegúrese de que todos los recintos, portalones, pasadizos y vallas estén en buenas condiciones y son suficientemente fuerte para contener al animal. 2.Prohibido fumar en los alrededores de los edificios de la explotación y de las zonas de combustibles y abastecimiento de combustible; ponga carteles de prohibido fumar en estas zonas. 3.Mantenga extintores cargados de tipo ABC en los principales edificios de la explotación. 4.Retire la basura y los desechos de los alrededores de los edificios para impedir que se produzcan incendios y caídas. 5.Mantenga un buen estado general de las instalaciones. 6.Mantenga el cableado en buenas condiciones. 7.Use iluminación adecuada en todos los edificios. 8.Mantenga los suelos limpios y libres de hormigón roto y zonas resbaladizas. Eliminación de desechos: 1.Elimine correctamente los envases de sustancias químicas siguiendo las instrucciones de la etiqueta. 2.Instale conductos de ventilación y ventiladores en los depósitos de estiércol. -------------------------------- muchas gracias.
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