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Las retenciones ¿son impuestos o aranceles?

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Debate sobre si las retenciones son impuestos o aranceles OPINIONES DIVIDIDAS ENTRE JURISTAS Los juristas discuten si las retenciones son o no un impuesto. De la conclusión de esto depende, entre otras cosas, la constitucionalidad de las medidas fijadas hasta acá por el Poder Ejecutivo. La mayoría coincide en que sí son son un impuesto y que, en consecuencia, el Gobierno no tenía facultades para imponerlas mediante una decisión administrativa. También se discute si la legalidad de las retenciones que pueda llegar a establecer el Congreso tendría que limitarse a un determinado tope. "Sí, las retenciones son un impuesto, un impuesto indirecto a la exportación. Y la Constitución Nacional dice en su artículo 4 que estos impuestos deben ser establecidos por el Congreso, se los llame como se los llame", señala Daniel Sabsay, profesor de Derecho Constitucional de la UBA. Su colega Gregorio Badeni agrega: "Desde el momento en que el Gobierno remitió el proyecto de ley al Congreso, reconoció que los derechos de aduana debieron haber sido reglados por ley, no a través de una resolución ministerial". El presidente del Colegio de Abogados de la Capital, Jorge Rizzo, discrepa: "Son constitucionales porque la Constitución le da al Ejecutivo la potestad de de proveer el desarrollo y el progreso económico con justicia social". La última palabra, como siempre, la tendrá la Corte Suprema. Raúl Gustavo Ferreyra, doctor en Derecho de la UBA, lo pone en estos términos: "Hay sólo dos formas de afectar el derecho de propiedad: las expropiaciones o los impuestos. Todo lo demás está fuera de la Constitución". Otro profesor de la UBA, Alberto Bovino, advierte en su blog: "Según el principio de legalidad, toda restricción de derechos, y las retenciones lo son, debe ser regulada por ley en sentido formal, entre otros requisitos". Ahora, ¿qué puede pasar si esa ley finalmente se aprueba? En un fallo de 1956 ("Synge"), la Corte determinó que los impuestos no debe superar el 33 por ciento de las ganancias para no tornarse confiscatorios. Sin embargo, un docente de la La Plata, Gustavo Arballo, hace en su blog una salvedad importante: que este criterio nunca fue aplicado a un caso sobre derechos de importación o exportación, como este, ni a imposiciones móviles como las del esquema actual para los granos. Desde el oficialismo, la diputada Diana Conti, abogada, hizo su aporte días pasados. Aseguró que las retenciones pueden ser limitadas como quiera el Gobierno porque -afirmó- "la Constitución no garantiza un derecho a las exportaciones". FUENTE
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