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Las leyes aztecas (introducción)

Las leyes eran muy severas. Como en otras culturas antiguas los castigos eran diferentes según fuera el delito y el rango de quien lo cometía. Generalmente el castigo era más duro si quien había cometido el delito era un funcionario o noble importante.
Existía la pena de muerte para los delitos de asesinato, traición, aborto, incesto, violación, robo con fractura y adulterio. En este ultimo caso se procedía a la lapidación aunque la mujer era estrangulada previamente. Los guerreros podían escapar de la pena de muerte aceptando un destino permanente en zona fronteriza. La embriaguez era considerada delito. Sólo era permitida, en algunas circunstancias, para los ancianos y los guerreros profesionales. El castigo podía ser la muerte o el rapado de cabeza (si era la primera vez que alguien no importante cometía esta falta).

Derechos en la sociedad


El emperador azteca poseía un poder ilimitado, que abarcaba todas las cosas y todas las personas. Junto a él, los guerreros y sacerdotes formaban el grupo social de mayor poder. Los guerreros eran el principal apoyo del emperador y permitió la creación de un imperio muy poderoso pero aislado políticamente.
Apenas había grupos sociales intermedios. Si acaso, los comerciantes enriquecidos de la capital, que conseguían ascender intercambiando sus riquezas por prestigio en las fiestas que organizaban y ofreciendo alguno de sus esclavos como victima de un sacrificio ritual (cosa poco frecuente por ser muy costosa).
La mayor parte de la población eran artesanos, agricultores, servidores públicos, etc., que se organizaban en grupos de parentesco llamados calpulli.
También había esclavos que se usaban para el trabajo agrícola, el transporte, el comercio o el servicio doméstico. Algunos lo eran temporalmente, hasta que pagaran una deuda o una condena. Otros eran prisioneros de guerra que podían ser sacrificados a Huitzilopochtli.




Cárceles aztecas

La restitución al ofendido era la base principal para resolver los actos antisociales, el destierro o la muerte era la suerte que esperaba al malhechor que ponía en peligro a la comunidad.
Se empleaban jaulas y cercados para confinar a los prisioneros, antes de juzgarlos o sacrificarlos, Desde luego, tales jaulas y cercados cumplían la función de lo que hoy llamamos cárcel preventiva.
Una cárcel como las que funcionan en la actualidad no era necesaria, ya que los castigos eran tan severos y crueles que el infractor necesitaba una tumba, no una cárcel, Se mencionarán algunos de los castigos más usuales:

- El robo, se castigaba con la esclavitud, hasta que se hiciera la restitución de lo robado, o una multa del Doble de la cantidad robada(una parte para la víctima y otra para el tesoro del clan).
- El robo en camino real, pena de muerte, Las raterías en el mercado, pena de muerte instantánea por lapidación
- Robo del maíz, cuando estaba creciendo en el campo, pena de muerte - o esclavitud
- Hurto de oro, plata o jade, pena de muerte,
- El asesinato, incluso de un esclavo, pena de muerte,
- La intemperancia (vicio de que no sabe moderar sus apetitos), reprobación social, descrédito y hasta la muerte por lapidación y a golpes,
- La calumnia, corte de los labios y algunas veces, también de las orejas,
- El incesto, muerte en la horca,
- La sodomía, muerte en la horca,
- Homosexualidad, empalamiento para el sujeto activo; extracción de las entrañas, por el orificio anal, para el sujeto pasivo


- Lesbianismo, muerte por garrote,

La ley azteca era brutal, en su máxima expresión, Desde la infancia el individuo debía observar una conducta social correcta, si violaba la ley sufría las consecuencias,
Por el miedo a la severidad de las leyes nunca fue necesario recurrir al encarcelamiento, como medio para ejecutar el castigo de un crimen, Las jaulas y cercados se empleaban con el objeto de confinar a los prisioneros antes de juzgarlos o sacrificarlos,
Actualmente se trata de rehabilitar a los presos, los Aztecas, por el contrario, mantenían a los delincuentes potenciales y a toda la comunidad, bajo el peso de un convenio tácito de terror. Se podría decir que los aztecas “rehabilitaban a priori”, es decir, prevenían el crimen a través del terror.


(adjunto esta ley que me paresia algo muy sabio para una cultura tan antigua)


Una de las leyes decía que en cualquier campo sembrado de maíz a la vera de los caminos públicos, las cuatro primeras hileras de varas eran accesibles a los caminantes. Así cualquier viajero podía tomar de un tirón cuantas mazorcas de maíz necesitara para su panza vacía. Pero el hombre que por avaricia, buscando enriquecerse, saqueara aquel campo de maíz para colectar un saco, ya sea para atesorarlo o para comerciar con él, si era atrapado, moría. De este modo esa ley encerraba dos cosas buenas: que el ladrón sería curado para siempre de robar y que el hombre hambriento no muriera de hambre.

Por otro lado, las leyes de España, decían que un ladrón sin importar la razón, sería castigado a muerte.

esto fue todo mi post, espero que les haya gustado ,comenten y puntúen si les pareció correcta la información




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