InicioApuntes Y MonografiasAdopcion en Argentina
Hola gente les queria hablar acerca de un tema que me toco investigar y me he dado cuenta de los problemas que se enfrenta para poder adoptar
Segun nuestro codigo civil empleado por Dalmacio Velez Sarfield se pueden adoptar de dos tipos diferentes:
Articulo 323: Adopcion plena
La adopción plena es irrevocable, confiere al adoptado una afiliación que sustituye a la de origen. El adoptado deja de parecer a su familia biológica y se extingue el parentesco con los integrantes de esta, así como todos sus efectos jurídicos, con la sola excepción de que subsisten los impedimentos matrimoniales. El adoptado tiene en la familia del adoptante los mismos derechos y obligaciones del hijo biológico.
"bueno mucho no se puede explicar esta claro que se corta todo vinculo biologico con la familia de origen excepto cuando cumpla 18 años y quiera conocer su vinculo"

Articulo 329: Adopcion Simple
La adopción simple confiere al adoptado la posición del hijo biológico, pero no crea vinculo de parentesco entre aquel y la familia biológica del adoptante, sino a los efectos expresamente determinados en este código.
Los hijos adoptivos de un mismo adoptante serán considerados hermanos entre si.

"En este caso el adoptado tiene un vinculo con su adoptante (padre o madre) pero no con la familia de estos (tios, primos, abuelos) pero si tiene su vinculo biologico que siempre debe ser reconocido por el/los adoptantes, esto quiere decir que la familia biologica tiene derecho y la obligacion de visitar a su hijo.


Bueno ahora vamos a ver el problema que lleva la adopcion, segun nuestro codigo el tiempo de guarda del adoptado varia entre 6 meses a 2 años (en muchos de los casos supera este tiempo) el tiempo de inicio del tramite de adopcion hasta su juicio no debe superar los 3 años y medio (Esto hasta me resulta gracioso ya que conozco gente que ha iniciado el tramite y duro mas de 5 años y el menor cuando hiba a la casa del adoptante no estaba acostrumbado y queria volver a la institucion en donde se hospedaba.


Existen demasiadas trabas burocráticas, deficiencias administrativas y demoras judiciales inexplicables. Es por esta razón que la mayoría de los adoptantes no eligen realizar el juicio de adopción de manera “legal o de derecha” y deciden hacerlos en “fabrica de niños”. Estas “fabricas” están constituidas por mujeres que ofrecen (en algunos casos otras son forzadas contra su voluntad) su vientre para tener hijos y luego venderlos . También se realizan secuestros de recién nacidos en hospitales de zonas rurales.
“En la Argentina existen 3 fabricas de niños que cuentan con el amparo de la justicia y políticos para poder funcionar. Estos casos también suceden en África (Nigeria, Sierra Leona y Sudan del Sur) donde se han registrado hasta mas de 40 de estas fabricas por cada país”




Bueno espero que les halla gustado y puedan utilizarlo como informacion pues si algun dia les toca armar un trabajo sobre este tema
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