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La Sociedad del Permiso - CreativeCommons/Copyright/Copyleft

El enfoque erróneo de las autoridades sobre la violación del derecho de autor, el supuesto que a este subyace y porque creative commons nos devuelve lo que estamos perdiendo


Las plataformas P2P (de intercambio persona a persona) promueven compartir información, obras, cultura y el consumo de esa información ya sea artística, científicas o de entretenimiento nos hace, en cierto grado y en ciertos niveles mas inteligentes, promoviendo la inteligencia cultural, y ésta es “nuestra capacidad para relacionarnos efectivamente con personas de otras culturas”3.
¿Cómo hemos llegado a prohibir el intercambio cultural?, ¿A prohibir el derecho que posee un individuo a consumir obras artísticas o científicas?, nos hemos transformado en una sociedad del permiso, en una cultura del permiso. Corporaciones amenazadas por una Internet queriendo cambiar la forma en la que se produce y comparte la cultura se han unido para hacer que los legisladores usen las leyes para protegerlos. Sera necesario que el sentido común rebele y desenmascare las afirmaciones por parte de la “propiedad intelectual”, una vez hecho esto todos podrán ver lo que solo unos pocos (afortunadamente cada vez mas), la idiotez que subyace, la locura por el poder, lo absurdo. Porque este proteccionismo no resguarda a los artistas sino a modelos de negocios, a grupos empresariales que están en riesgo por el amplio aporte que da Internet a la distribución multicultural.

Esta claro, dicho esto, que no estoy en contra de proteger la propiedad creativa sino en contra de delimitar la cultura a algunos sectores, la piratería es ilegal y no podemos sacar rédito económico aprovechándonos de esfuerzos ajenos, como dice el gran pensador y diplomático John Locke: “la propiedad es un derecho natural e inalienable y todo hombre tiene derecho a disfrutar de los frutos de su trabajo”. Pero esta persecución de piratas informáticos mas que librarnos de ladrones sin moral, nos libraran de valores que han sido nuestros desde antaño, valores que han sido claves, que le recuerdan a nuestra cultura una tradición que siempre ha sido suya, una tradición de basarse en el pasado para construir un futuro, la libertad de tomar aspectos culturales para proliferar en la producción de ideas.

Ahora bien, como deja en claro Lawrence Lessig en su libro Cultura Libre (cuyo trabajo puede notarse me ha inspirado a desarrollar este tratado) una sociedad libre culturalmente hablando no es una sociedad donde no se reconoce la propiedad o en la que no se le paga a los artistas, sino una sociedad donde se le permite a las personas tomar parte de su historia para formar una propia, o adquirir conocimiento de culturas ajenas sin tener que pagar costos ilógicos: y de esta manera promover el eclecticismo que nos proveerá de una cultura mucho mas rica en el futuro, porque en este momento esta deformada y atacada por el extremismo de los derechos de propiedad.


Guerra antitecnológica encubierta
¿Podemos asegurar fehacientemente que el intercambio P2P de archivos es perjudicial para la sociedad? ¿Podemos decir que en nuestra historia la sociedad se ha establecido conservadoramente en contra de los nuevos avances que suponían un cambio revolucionario en sus formas? Verdaderamente no, afortunadamente no, desgraciadamente en el presente si. Cuando Napster creo una tecnología para bloquear la transferencia de archivos en un elevadísimo 99%, el tribunal alego que no era suficiente y que tenia que llegar al 100% de restricción. Esto es una evidencia de que lo que esta siendo atacado no son supuestos ladrones de obras, supuestos violadores del derecho de autor, sino el avance tecnológico/informático que promueve el intercambio de información y que inevitablemente en algún momento (y esto es lo que esta siendo frenado con la guerra encubierta), termine de modificar por completo las formas de producción de nuevos contenidos, la manera de distribuirlos y principalmente ( y lo que mas asusta a los grandes “monstruos económicos”) el modelo de negocio.

La avanzada que asusta a muchos
A mi entender seria ilógico de mi parte después de atacar estos modelos de restricción y denotar sus falencias no proponer una solución al respecto, o algún cambio a realizar. Por ello en este apartado del trabajo planteare las dos soluciones que a mi entender ayudaran a la comunidad a poder distribuir fácilmente las obras de arte o software, pero siempre reconociendo la autoría de los realizadores a la vez que se les entrega su merecido rédito económico.

Copyleft

La Sociedad del Permiso - CreativeCommons/Copyright/Copyleft

En los diferentes usos de esta palabra se puede distinguir el carácter que encierra (siempre en contraposición del término Copyright):
Por Ejemplo:

*Copyleft-Todos los perjuicios reservados
*Copyleft-Revocados todos los derechos (Copyleft-all rights reversed) haciendo un juego de palabras contra Copyright- all rights reserved.
*Copyleft-Todos los derechos invertidos (“all rights inverted”)
Como se puede ver este termino posee su controversia en que se presenta como una parodia al Copyright (left en ingles puede traducirse al castellano como dejado de lado o abandonado, mientras que right como derecho o recto).
En este sistema de licencias pueden protegerse una gran diversidad de obras, tales como programas informáticos, arte, cultura y ciencia, es decir prácticamente casi cualquier tipo de producción creativa. Se propone como una alternativa a las restricciones que imponen las normas planteadas en los derechos de autor, a la hora de hacer, modificar y distribuir copias de una obra determinada. Se pretende garantizar así una mayor libertad para que cada receptor de una copia, o una versión derivada de un trabajo, pueda, a su vez, usar, modificar y redistribuir tanto el propio trabajo como las versiones derivadas del mismo.
Cabe destacar que en una licencia copyleft se puede restringir el uso comercial de las copias o derivaciones de una obra así evitando la competencia que pudiera surgirle al autor esta derivación, de esta forma se emplea una licencia basada en la libre modificación y reproducción pero sin fines de lucro.

El primer problema que presenta esta licencia es el del reconocimiento del autor si bien se asegura que una vez hecha la copia u obra derivada se reconozca la autoría sobre el objeto original este pude usarse de manera contraria a la voluntad del creador y que se lo vincule con un grupo o ideología que no comparta. Pero el principal inconveniente viene desde el punto de la explotación comercial. Será muy difícil encontrar una compañía, discográfica o editorial que acepte que la obra a distribuir puede ser copiada y redistribuida sin el consentimiento de esta corporación y sin entregarle valor monetario alguno. Hay varias ideas que trabajan en el reconocimiento monetario para productores y autores de obras científicas y artísticas (como la contribución on-line, los ingresos por publicidad, las suscripciones a vendedores de software P2P o el patrocinio digital) no obstante este aspecto es el que presenta la principal traba para el surgimiento masivo del Copyleft.


Creatividad comúncultura
Si bien la perdida de todos los derechos sobre una obra parece excesivo, y a mi entender lo es (dado seria muy difícil que el artista, programador o creador pueda vivir de su profesión) existe otra alternativa dentro del mismo movimiento ideológico del Copyleft llamado Creative Commons. Es una organización no gubernamental sin fines de lucro que desarrolla planes para ayudar a reducir las barreras legales de la creatividad provocada por los derechos de autor o copyright, por medio de una nueva legislación y nuevas tecnologías. Este es también el nombre dado a las licencias desarrolladas por esta organización. Las licencias Creative Commons o CC están inspiradas en la licencia GPL (General Public License) de la Free Software Foundation. La idea principal es posibilitar un modelo legal ayudado por herramientas informáticas para así facilitar la distribución y el uso de contenidos, cada una con diferentes configuraciones o principios, como el derecho del autor original a dar libertad para citar su obra, reproducirla, crear obras derivadas, ofrecerla públicamente y con diferentes restricciones como no permitir el uso comercial y respetar la autoría original.

Una de las licencias que ofrecía Creative Commons era la que llevaba por nombre "Developing Nations" (Naciones en Desarrollo), la cual permitía que los derechos de autor y regalías por el uso de las obras se cobraran sólo en los países desarrollados del primer mundo, mientras que se ofrecían de forma abierta en los países en vías de desarrollo. Esta licencia ha sido retirada por problemas comerciales y por obvias discusiones de que países eran los denominados en vías de desarrollo los cuales estaban exentos de los cobros de esas regalías, así como también porque presuponer que todas las personas en los países “desarrollados” están en posición económica de pagar los montos actuales por la adquisición de una pobra.
Esta idea de licencias es la que a mi entender es la mas fuerte para posibilitar lo fundamental de la libre distribución de obras artísticas y científicas. Se basa únicamente en la digitalización de estas creaciones lo que permite combinarlas con las licencias de derecho de autor permitiendo a los autores mantener las restricciones propias del copyright sobre la obra física y a su vez garantizando la libre distribución, y derivación de las obras originales dejando a decisión del ideador si quiere que estas copias y obras derivadas sean comercializadas o no.



Las licencias disponibles para la Argentina son

Atribución 2.5 Argentina: Esta licencia permite copiar, distribuir, exhibir, ejecutar, hacer obras derivadas y comercializar la obra. Bajo la condición de atribuir al autor en la forma especificada por este o el licenciante.

Atribución-No comercial 2.5 Argentina: Es igual a la anterior pero sin permitir el uso comercial de la obra

Atribución-No comercial-No Derivadas 2.5 Argentina: Mismos permisos que las anteriores. En esta licencia se restringe el uso comercial y la posibilidad de hacer obras derivadas

Atribución-No comercial-Compartir Igual 2.5 Mismas atribuciones que las anteriores. Sin uso comercial pero derivadas si, con la salvedad de que si altera, transforma, o crea sobre esta obra, sólo podrá distribuir la obra derivada resultante bajo una licencia idéntica a ésta.

Atribución-No Derivadas 2.5 Argentina Esta licencia permite copiar, distribuir, exhibir, ejecutar y comercializar la obra. Bajo la condición de atribuir al autor en la forma especificada por este o el licenciante y no hacer obras derivadas.

Atribución-Compartir Igual 2.5 Argentina Esta licencia permite copiar, distribuir, exhibir, ejecutar, hacer obras derivadas y comercializar la obra. Bajo la condición de distribuir la obra derivada bajo la misma licencia que la original


Conclusión
La libre distribución de la cultura esta en peligro y lo viene estando desde hace unos años a medida que se desarrollaron la leyes de derecho de autor y fue tomando mayor importancia el rédito económico hacia Corporaciones (con influencias en los poderes jurídicos y legislativos). Se ha abierto una brecha en el camino que nos permitirá decidir a los autores cuales son los derechos que les queremos imponer a nuestras obras. Creative Commons y su “Some Rights Reserverd” (algunos derechos reservados) aparece como la bandera de este movimiento. Mientras seamos capaces de discernir y utilizar nuestro sentido común no está todo perdido, la posibilidad de hacer interactuar licencias de derecho de autor en conjunto con las de Creative Commons nos brindara un espectro muy amplio de posibilidades para mantener nuestros derechos de autoría mientras facilitamos la libre distribución del arte y la ciencia. No perderemos nuestros derechos patrimoniales, económicos y morales y estaremos ayudando a formar una sociedad mucho mas prolifera en cuanto a distribución y motivación para la creación de contenidos.

No se trata de vencer a nadie ni quitar derechos que son propios, sino de ayudarnos entre todos.

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Podes ver on-line el libro Cultura libre de Lawrence Lessig desde este link , o descargarlo en formato PDF desde acá .

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