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remolachita

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Primer post: 10 jun 2010Último post: 30 dic 2012
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Conoce tus derechos: si te detiene la policia...
Conoce tus derechos: si te detiene la policia...
InfoporAnónimo12/3/2010

HOY LES TRAIGO: UN POST SERIO TODOS DEBERIAN CONOCER SUS DERECHOS SOLO PUEDEN DETENERTE: - Con una orden judicial - Si estas cometiendo un delito o contravencion - Si hay sospechas de que estas por cometer un delito y no podes acreditar tu identidad. Aclaracion: deben ser verdaderas sospechas, aca no entra "portacion de cara" SI TE DETIENEN: - Siempre exigí un testigo para evitar que te metan algo - Deben informarte los motivos y la autoridad judicial interviniente - Tenes derecho a ser defendido por un abogado - Tenes derecho a hacer una llamada telefonica para hacer saber tu situacion a alguien conocido - Nadie esta obligado a declarar en contra suyo - EL USO DE LA FUERZA POR PARTE DE LA POLICIA DEBE SER DENUNCIADO COMO SIEMPRE CORTITO Y BASICO PARA QUE TODOS LO LEAN. REMOLACHITA elaboracion propia.

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Chistes con imágenes (no vistos)
Chistes con imágenes (no vistos)
HumorporAnónimo7/4/2010

CHISTES NO VISTOS EN TARINGA A caballo regalado… hay que sacarle el papel celofan Se está corriendo la bola… Vos sos un botón Magia negra La naranja mecánica Backstage de un sueño mío Última foto en vida de Omar el impaciente El Principito El mundo es un pañuelo Asado masoquista Doble vida Viva la pepa Fuente: http://dibujosdelapen.blogspot.com LOS QUIERE: REMOLACHITA

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Megapost de frases de los Simpson
HumorporAnónimo6/10/2010

PARA TODOS, LAS MEJORES FRASES DE LOS SIMPSON Si no te gusta tu trabajo no hagas huelga. Sigue yendo todos los días al trabajo y sigue haciéndolo de mala gana. Homero: Champagne madame? (latigazo) HIJO DE... y el caballero? Queda detenido por el asesinato de Moe Szislack y Apu Nahas...Nahsdjlfdg.... solo Moe, solo Moe.... -Agnes: ¡Seymour! ¿estás mirando fotos de señoras desnudas? -Skinner: No, madre -Agnes: Mariquita! (En cubolandia despues de un largo rato) Homero: Ah ya entendi, todo esta hecho de cubos! Homero: Mi marge, mi lisa, mi bart.... y los demas...(piensa en una nube con maggie el perro el gato y la tele) Sra de el departamento de adopción: muy bien señor Simpson ¿porque quiere adoptar a un niño? Cerebro de Homero: no digas venganza, no digas venganza, no digas venganza. Homero: lo hago por venganza Cerebro de Homero: se acabo, me voy de aquí (pasos y portazo) -Bart: matriculas personificadas, donde esta Bart? (busca por orden alfabetico).BORT?!!! quien diablos se llama bort??!!! -Mujer: Vamonos bort -Bort: que me decia??? -Mujer: No le hablo a usted, mi hijo tambien se llama Bort Hippie: Los 60 acabaron el dia que vendimos esa camioneta. 31 de Diciembre del 69. Vamos señores aquí no hay nada que ver. (se gira) Anda accidente de avión!, Acerquense acerquense, vamos no sean tímidos! La vida es una aplastante derrota tras otra hasta que acabas deseando que se muera Flanders. No me interesa si no pesco ni un pescadito…….. Piquen ya maldita sea! No me obliguen a bajar Marge: "Homero, es muy fácil criticar" Homero: "Y divertido..." Yo tambien estaba en el taller audio-visual pero me sacaron por mis ideas sobre Vietnam.......... y porque me robaba los proyectores "Todo empleado debe ganar el premio al empleado de la semana al menos una vez, sin importar su incompetencia, obesidad u olor corporal." Regla sindical nº26 ¿No es esa la pregunta que todos nos hacemos en la vida? ¿Dónde está mi elefante? Yo, desde luego, me la hago. Kent Brockman Homero: Inclinemos la cabeza para orar, amado señor sé que estás ocupado tratando de espiar a las mujeres cuando se cambian de ropa y eso, pero si nos ayudas a robar la grasa esta noche te prometo donar la mitad de las utilidades a obras de caridad. Bart: Papá él no es estúpido. Homero: Bueno vete al diablo. Oh Margo, llegaste a mi vida volando... Y te quite las alas... Oh Margo, me besas y me vuelvo listo.. Bart: Lisa, ciertas diferencias y rivalidades se han interpuesto entre nosotros, al principio quise tratarlas como la gente civilizada, pero en vez de eso...simplemente le arranqué la cabeza a tu conejo Pepito! Lisa: Bart, ese era tu conejo pepito Bart: aayyy noo, mi conejo pepitooo!!! Mua mua mua Homero: callate Bart! Mi hijo no es comunista podra ser tonto, estupido, inutil, comunista pero nunca una estrella de porno. Abuelo Simpson Ohh Marge, mi gran reina.. y Lisa.. mi amada princesa... y como olvidarme del niño rata.. Homero a Marge: Cuantos pelos tengo? Sin mirar! Sin mirar! ESPERO QUE LES GUSTEN! Fuente: http://originalsimpson.mforos.com/

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Cómo hacer una liquidación de sueldo
Cómo hacer una liquidación de sueldo
Hazlo Tu MismoporAnónimo12/30/2012

EN ESTE POST LES ENSEÑO A HACER UNA LIQUIDACIÓN DE SUELDO. SIEMPRE ES RECOMENDABLE CONSULTAR A UN ABOGADO, PERO NO VIENE MAL TENER UNA IDEA DE LIQUIDACIONES Primero que nada, es importante identificar: -Fecha de ingreso al empleo -Fecha de egreso al empleo -Mejor remuneración normal y habitual (neta) -Valor día (es el salario dividido 30) -Antigüedad comutable Una vez que tenemos estos datos, vamos a calcular cada rubro de la liquidación: 1.- Indemnización por despido Art. 245 – Ley 20.744. Se calcula sólo cuando la relación laboral se extingue por despido (directo o indirecto). Es decir, no se calcula en caso de renuncia del trabajador. Cálculo: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses. 2.- Indemnización sustitutiva del Preaviso Arts. 231 y 232 – Ley 20.744. Se calcula sólo cuando la relación laboral se extingue por despido (directo o indirecto), y el empleador omitió el preaviso al trabajador (es decir, lo despidió sin darle 1 mes o 2 -según el caso-, de preaviso para que vaya buscando otro trabajo). "El preaviso, cuando las partes no lo fijen en un término mayor, deberá darse con la anticipación siguiente: a) Por el trabajador, de quince (15) días. b) Por el empleador, de un (1) mes cuando el trabajador tuviese una antigüedad en el empleo que no exceda de cinco (5) años y de dos (2) meses cuando fuere superior". Cálculo: un sueldo en caso de que corresponda un mes de preaviso, o dos sueldos si corresponden dos meses. 3.- Integración del mes de despido Art. 233 – Ley 20.744. Se calcula sólo cuando la relación laboral se extingue por despido (directo o indirecto), y cuando la relación se extingue un día que no coincide con el último día del mes. Cálculo: se debe abonar cada día que falte para terminar el mes. 4.- Proporcional del mes trabajado. Se calcula siempre (tanto en caso de despido, como en caso de renuncia). Cálculo: se debe abonar cada día trabajado, desde el 1° del mes, hasta el día de la extinción de la relación laboral. 5.-Indemnización por Vacaciones no Gozadas. Se calcula siempre (tanto en caso de despido, como en caso de renuncia). Consiste en pagar el proporcional de las vacaciones que corresponderían al trabajador, de acuerdo a la época del año en que termine la relación. Arts. 150 y 156 - ley 20.744. “…El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos: a) De catorce (14) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de cinco (5) años. b) De veintiún (21) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de cinco (5) años no exceda de diez (10). c) De veintiocho (28) días corridos cuando la antigüedad siendo mayor de diez (10) años no exceda de veinte (20). d) De treinta y cinco (35) días corridos cuando la antigüedad exceda de veinte (20) años…” Cálculo: Nº de días de vacaciones correspondientes según antigüedad -dividido- 360 -multiplicado- nº de días trabajados en el año = vacaciones proporcionales luego: vacaciones proporcionales -multiplicado- valor día de trabajo = indemnización por vacaciones no gozadas. 6.-SAC proporcional Arts 121, 122, 123 – Ley 20.744 y Ley 23.041.Se calcula siempre (tanto en caso de despido, como en caso de renuncia). Acá calculamos lo que se le pagaría al trabajador como aguinaldo si su relación persistiera hasta el 30 de junio o 31 de diciembre, según el más próximo. Por eso, tenemos que dividir el año en dos semestres (si vamos a calcular el sac que hubiesemos cobrado en diciembre, tenemos que empezar a contar desde el 1° de julio). Cálculo: para este rubro, debemos tomar nuestra mejor remuneración del semestre y dividirla por 2. Luego, dividimos ese número por 180 y lo multiplicamos por los días trabajados en ese semestre. 7.- SAC sobre Vacaciones no Gozadas. Este rubro no está en la ley, sino en la jurisprudencia. Esto significa que pocos empleadores lo abonan, porque no hay una ley que lo exija, aunque saben que si llegan a juicio, el juez lo va a ordenar. Se calcula siempre (tanto en caso de despido, como en caso de renuncia). Cálculo: indemnización por vacaciones no gozadas dividido 12. 8.- SAC sobre Preaviso. Este rubro no está en la ley, sino en la jurisprudencia. Esto significa que pocos empleadores lo abonan, porque no hay una ley que lo exija, aunque saben que si llegan a juicio, el juez lo va a ordenar. Se calcula en caso de despido. Cálculo: indemnización por omisión de preaviso dividido 12. 9.- SAC sobre Integración del mes de despido. Este rubro no está en la ley, sino en la jurisprudencia. Esto significa que pocos empleadores lo abonan, porque no hay una ley que lo exija, aunque saben que si llegan a juicio, el juez lo va a ordenar. Se calcula en caso de despido. Cálculo: integración de mes de despido dividido 12. TOTAL liquidación laboral: sumamos cada uno de esos rubros. Acaración: acá no calculamos las multas que, por ley, el empleador debe abonar al trabajador cuando no está debidamente registrado. Puedo hacerlo en el próximo post. ESPERO QUE LES SIRVA

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