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Usuario (Argentina)
La semana próxima empezara a funcionar a pleno el registro único de denuncias sobre situaciones de violencia En abril pasado, se presentó en casa de Gobierno el Registro único de denuncias sobre situaciones de violencia. Su creación se dio en el marco del protocolo interministerial e interseccional de acciones destinadas a la prevención, protección y asistencia integral de la violencia de género y violencia familiar. Hasta ahora, esta herramienta funciona con los datos que allí cargan la Policía y el Ejecutivo, en tanto la semana próxima “el software estará activo completamente cuando estén integrados los ministerios que firmaron los protocolos”, anticipó Haidar. En una segunda etapa, ya para agosto, se sumarán los municipios: “El observatorio provincial de situaciones de violencia ya fue presentado a los municipios y una vez organizados con los aplicativos armados, estarán en condiciones de incorporarse como usuarios”, señaló la secretaria general del Ministerio de Gobierno. • El Registro y la elaboración de estadísticas oficiales sobre violencia y femicidio Consultada por esta Agencia sobre la falta de datos oficiales de las provincias y de la Nación sobre violencia de género y femicidio, Haidar respondió que este registro único “nos ayudará a tener herramientas y elementos para generar esos datos”. En este aspecto, mencionó que junto al Poder Judicial y a organizaciones de la sociedad civil, se está trabajando en la reglamentación de la ley provincial Nº 10.058 aprobada en noviembre del 2011 y promulgada en febrero en la provincia. La normativa, cabe recordar, es de adhesión a la ley nacional 26485 denominada de “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollan sus relaciones interpersonales”. • En Entre Ríos El femicidio se conoce como una forma de muerte que refiere al asesinato de mujeres por razones asociadas con su género. En Entre Ríos, las cifras muestran que en lo que va del año, ya hubo cinco casos de éstos. El año pasado, según datos de la organización ‘La Casa del Encuentro’, ocurrieron 9 femicidios.
¡Lugar: Legislatura C.A.B.A. Fecha: Días 12 y 22 de Junio de 2012. http://www.ong-aceg.com.ar Mesa Debate: Fertilización Asistida en el Anteproyecto de Modificación del Código Civil Convocada por el Legislador Aníbal Ibarra y la Legisladora María Elena Naddeo Breve reseña de lo expuesto en el Salón Montevideo de la Legislatura, por importantes autoridades del ámbito jurídico, judicial y Académico en las Mesas de Exposición y Debate, durante las dos jornadas. Este ante-proyecto de Reforma del Código Civil y su unificación con el Código Comercial, tiende a la agilización de trámites relacionados con las Leyes del Derecho de Familia, ante los cambios sociales y la actualización de la Legislación acorde a los tiempos. Modificaciones en la Normativa del Ante- proyecto, en cuanto a Filiación, Adopción, Matrimonio, Acuerdos Prenupciales, Divorcio. FILIACIÓN: Adecuar las Normas con el Matrimonio Igualitario. Todos tienen los mismos Derechos. El ante-proyecto deja establecido que existe una persona desde el momento de la concepción. Ante una concurrencia a técnicas de reproducción asistida, se acepta la reproducción con material genético que pertenece a terceras personas, pero la filiación no se determinará por el dato genético, sino por la voluntad de la pareja. Incorpora el concepto de voluntad procreacional, reconoce la voluntad de engendrar. La voluntad de procreación es más fuerte y prima sobre la paternidad biológica en los casos en que se haya recurrido a la fertilización asistida. Crea la figura de gestación por sustitución. Quienes no puedan procrear por gestación biológica o técnicas de reproducción asistida. Equipara la filiación con los derechos de los hijos naturales y adoptivos. Actualmente ante una situación en la que está involucrado un menor, resuelve la justicia. El proyecto habla de la capacidad de los menores de edad, en donde debe prevalecer el interés superior del Niño/a. Ante el abordaje de una problemática de Salud Mental, se prevé el respeto de la persona, se debe resolver a través de un equipo interdisciplinario de profesionales y el Juez. ADOPCIÓN: El niño como sujeto de derecho va a ser parte, con el asistente letrado. El plazo para la adoptabilidad sería de seis meses. Consideración de niño/a hasta los 13 años, a partir de los 13 años y hasta los 16, adolescente, a los 16 será considerado adulto. Podrá ejercer su derecho personalísimo, decidir y opinar sobre su propio cuerpo. Sustitución de patria potestad, por responsabilidad parental. En cuanto a los progenitores adolescentes casados, actualmente, son los abuelos los que la ejercen. A partir de la reforma los adolescentes ejercerán la responsabilidad parental de sus hijos estén o no casados. Los padres estarán obligados a la alimentación de sus hijos hasta los 21 años. E l consentimiento para salir del país podrá decidirlo el mayor de 13 años. MATRIMONIO: Consideración de la familia como Institución Social, no jurídica. No hay una sóla familia. Una pareja antes de casarse podrá firmar un contrato pre-nupcial que permita establecer antes de contraer matrimonio una división de bienes determinados en caso de divorcio. MATRIMONIO IGUALITARIO: Entre personas de un mismo sexo, deberán recibir igual tratamiento sobre sus derechos que las parejas heterosexuales en asuntos de adopción, fertilización y sustitución de vientre. CONCUBINATO: Se reemplazará por uniones convivenciales. La norma reconoce derechos de asistencia y protección de la vivienda para las parejas que convivan dos ó más años. Definiendo a la relación como afectiva, de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que comparten un proyecto de vida común, sean del mismo ó diferente sexo. La prestación compensatoria es igual que la que se otorga en la disolución matrimonial. DIVORCIO: Bastará la voluntad de uno de los cónyuges sin necesidad de que haya causa, ni culpable para concretar la separación. Aparece una nueva figura la prestación compensatoria, favorece los derechos de la mujer ( se toma en cuenta quién cuidó a los hijos, si por ello abandonó su trabajo, sus estudios, si trabajó en negocios comunes a ambos cónyuges etc.). Reflexión por parte de algunos expositores Dado a que el texto del Ante- Proyecto, contiene muchas reformas de índole diversa, debería ser objeto de revisión y un amplio debate, antes de su aprobación.