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nikodiez

Usuario (Argentina)

Primer post: 17 oct 2008Último post: 30 ene 2009
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La polémica e imparable comunidad de Taringa! es un éxito
InfoporAnónimo1/30/2009

Registrate y eliminá la publicidad! SEGURAMENTE YA LO POSTEARON .. PERO PARA QUIEN NO LO HAYA VISTO .. AQUI LO TIENEN TARINGA! EN CLARIN.COM Por: Horacio Bilbao y María Farber "Nos sorprende escuchar en el colectivo que hablan de Taringa". Los hermanos Botbol a Clarín.com. Por Horacio Bilbao y María Farber. Dicen no tener socios ni inversores y aunque ya han recibido algunas ofertas, aseguran que tampoco se les cruza por la cabeza la idea de vender. Semejante viento a favor es el que sopla para el trío sub-30 que forman los hermanos Matías y Hernán Botbol junto a Alberto Nakayama, la base de Taringa!, uno de los mayores éxitos de la Internet local. Con apenas 12 empleados apretados en sus oficinas de la Avenida Santa Fe y 30 moderadores que trabajan desde sus máquinas ubicuas ad-honorem se las ingenian para atender a 2 millones de visitantes únicos y recibir 5 mil posts diarios, según estadísticas de Google Analytics. Cuentan para eso, claro, con la ayuda de 1,6 millones de usuarios registrados. ¿Qué es Taringa!? En pocas palabras, una comunidad de usuarios dispuestos a compartir información que se traduce en descarga de películas, música, software y casi todo lo que uno pueda buscar en Internet sin pagar. Inteligencia colectiva le llaman ellos. Aunque sus detractores digan que es pura viveza criolla. Ajenos a las críticas, los Botbol dicen que en Taringa se trabaja por el bien de todos. "La suma de las partes hacen un mejor sitio", dice Hernán, el menor de los hermanos. La historia agregará que al sitio no lo inventaron los Botbol. Se lo compraron a un cliente allá por 2006 por una cifra hoy irrisoria. En esa época tenía 30 mil visitantes únicos. Ellos reformularon la idea y en marzo de 2007 pidieron pista. "Teníamos la semilla del árbol, había que regarla", dice Matías. Claro que en los comienzos, el árbol tenía una rama XXX, una usina de tráfico que luego mudaría sus contenidos para adultos a Poringa! Otro éxito, otra historia. La mayoría de la información la aportan los usuarios, y éstos pocas veces la producen sino que la toman de otro sitio. En total son 27 categorías con temáticas muy amplias. "Todo lo que sea multimedia funciona bien y lo mismo pasa con los llamados nichos", dice Hernán. Con nichos se refiere a esos contenidos decretados muertos o con muy poco espacio en los medios masivos. Matías, consciente de que muchas veces son señalados por "beneficiarse" del aporte de los usuarios, responde: "No estamos arriba de la comunidad, sino abajo, nuestra tarea es defender la convivencia". Y Hernán redondea: "Nuestro trabajo es hacer que Taringa! sea una buena herramienta y que los usuarios, gracias a eso, puedan compartir". Pero desde Napster, aquel sitio para compartir archivos entre pares que le dio el primer gran golpe a la industria discográfica, la palabra compartir hiere los oídos de cualquier productor de contenido con copyright. "La situación es confusa. Internet vive de los links. Google es así, Yahoo es así", grafica Matías. Lo saben y lo dicen: en esa maraña de sitios web que convive en Internet, en donde todo se relaciona con todo, nadie tiene el control. Y menos ellos. "Desconocemos si el contenido de un post tiene derechos", responden, casi de manual. Y aclaran: "Siempre que nos llegue una denuncia del titular de esos derechos, eliminamos el post". Frente a las denuncias de piratería, la estrategia es clara. "Por temas legales usamos como espejo a Google o a Blogspot, prohibiendo los links, hasta Google dejaría de existir", dicen Pero Taringa! tiene más argumentos que el todo gratis. Sin ir más lejos, el sitio va construyendo su propia cosmogonía. Una escala social que sin premios materiales tiene imantados a miles de usuarios mediante la entrega de puntos. Y sí, como en tierra firme, los taringueros están divididos en clases sociales. Están los usuarios Great, apenas 67; los Gold, que suman 67; los Sylver, 450; los Full, 54.238; los New Full, 80.566 y luego vienen los novatos, algo así como un 1,5 millones de registrados con el rótulo de plebe. La democracia de Internet, ¿es puro verso? "Distinguimos a nuestros usuarios, por eso creamos las categorías", dice Matías. Claro, él mismo con el nick Manolo12 está bien arriba en la escala social, si hasta lo llaman el Señor Taringa! "Hay usuarios que son más prestigiosos que otros porque aportan mejor contenido o son más ingeniosos", aclara Matías. Y con tantas diferencias sociales, por supuesto hay lucha de clases. "A veces hay guerra y hay problemas internos, pero la comunidad siempre es más importante, son peleas de entre casa", sigue Matías. La pregunta del millón es para qué sirven esos puntos que otorgan los mismos usuarios y que permiten trepar en la escala social. Los hermanos Botbol coinciden en que los taringueros mejor ranqueados se convierten en líderes de opinión. "Ese reconocimiento a veces llega a la vida real", dice Matías y cuenta historias de taringueros "famosos" a quienes les hacen regalos en negocios o boliches una vez que se enteran de quiénes son. A otros no les va tan bien, claro. Es el caso de Peluchín, un taringuero al que tomaron de punto a quien desde hace meses vapulean con videos, fotos trucadas y las gastadas digitales más impensadas. "Son fenómenos que se producen dentro de la comunidad y que no podemos parar", explicó Matías. El diseño, el manejo de la publicidad y la moderación de los comentarios son otros puntos fuertes. "Taringa! se está rediseñando todo el tiempo, pero es importante que los usuarios no vivan cambios abruptos", dice Hernán. Y agrega: "Queremos un sitio simple que se destaque por su funcionalidad". En relación a los comentarios, un dolor de cabeza para muchos sitios argentinos, las reglas son claras. "Como estamos en la Argentina, tratamos de evitar los debates políticos y futboleros, que suele derivar en discusiones sin sentido", dice Matías quien sabe bien lo fácil que es discutir e insultar detrás de una computadora y sin dar la cara. "Eso genera violencia y peleas que se alejan del sentido del sitio, que está basado en la colaboración mutua", dice. Desde noviembre , cuando un chico encontró a su padre después de años sin verlo publicando un anuncio en Taringa!, el sitio, por su tráfico, se ha vuelto un referente a la hora de buscar gente o hacer pedidos solidarios. También son cada vez más frecuentes los encuentros entre taringueros. " El taringuero puede ser un banquero, un mecánico y aunque no lleva un look especial sí tiene en común el hecho de dominar la tecnología", dice Matías que esquiva cualquier comparación con las tribus urbanas o con otras comunidades como los floggers, por ejemplo. "El 80 por ciento de nuestros usuarios tiene entre 18 y 35 años, a muchos les gusta compartir información y son muy proactivos, no es el tipo de gente que se sienta a mirar televisión", define Hernán. Y el perfil del taringuero es transnacional. El sitio es muy fuerte en España, México y Chile, y los Botbol están muy entusiasmados con su próximo desembarco en Brasil. "Somos conscientes de que en Internet el éxito puede ser efímero, pero trabajamos duro para que esto funcione". ¿No estarán haciendo esto sólo para llenarse de plata? "No somos mercenarios de Internet, nos gusta lo que hacemos y nos gusta vivir de esto", dicen al unísono. Entre risas, vistiendo bermudas y ojotas, los Botbol recorren sus oficinas todavía incrédulos. "Viajamos en colectivo y escuchamos a gente que habla de Taringa! y decimos ¡Guau, hasta dónde llegamos!". http://www.clarin.com/diario/2009/01/30/um/m-01848906.htm

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¿Sabías que la torre Eiffel no mide lo mismo en Invierno q
InfoporAnónimo11/18/2008

Leyendo datos irrelevantes e interesantes en Internet me encontré con esto: Durante el invierno, por el frío, la Torre Eiffel encoge 6 centímetros. Y me pregunté ¿será eso cierto? Aquí lo que encontré. El calor dilata los cuerpos, por lo cual la altura de una construcción de hierro (como es la torre eiffel) no puede ser la misma a diferentes temperaturas. Una varilla de hierro de 300 metros de longitud se alarga 3 milímetros cuando se calienta un grado. En igual proporción deberá aumentar la altura de la torre Eiffel cuando su temperatura asciende un grado centígrado. Cuando hace calor en París, el hierro de la torre se puede calentar hasta 40°C, y en invierno a 0°, e incluso a 10°C bajo 0. Digamos entonces que la temperatura de la torre sufre una variación de 40 o más grados. Esto quiere decir que la altura de la torre Eiffel puede variar en 12 centímetros (porque 3 milímetros multiplicado por 40, que es la variación de temperatura, es igual a 120 milímetros, o sea 12 centímetros). Así que la Torre eiffel no siempre mide lo mismo, y claro se puede decir que cuando hace frio se enconge unos centímetros y en verano crece unos más. ¿Sorprendente verdad? http://www.planetacurioso.com/2008/11/17/sabias-que-la-torre-eiffel-no-mide-lo-mismo-en-invierno-que-en-verano/

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Ley de Pasantias
InfoporAnónimo10/17/2008

Registrate y eliminá la publicidad! PASANTÍAS EDUCATIVAS - Ley 25.165 Créase el Sistema de Pasantías Educativas dentro del marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso c) de la Ley 24.521, destinado estudiantes de educación superior de las instituciones comprendidas en los artículos 18 y 21 del capítulo V de la Ley 24.195, en el artículo 1º de la Ley 24.521 y en el artículo 5º de misma Ley. Objetivos del mencionado Sistema. Sancionada: Septiembre 15 de 1999 Promulgada de Hecho: Octubre 6 de 1999 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1º Créase el Sistema de Pasantías Educativas dentro del marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso c) de la ley 24.521, que regirá en el ámbito del Sistema Educativo Nacional (SEN), destinado a estudiantes de educación superior de las instituciones comprendidas en los artículos 18 y 21 del capítulo V de la ley 24.195, en el artículo 1º de la ley 24.521 y en artículo 5º de la misma ley. ARTÍCULO 2º Se entenderá como "pasantía" a la extensión orgánica del sistema educativo en el ámbito de empresas u organismos públicos o privados, en los cuales los alumnos realizarán residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas relacionadas con su formación y especialización, llevadas a cabo bajo la organización y control de las unidades educativas que lo integran y a las que aquellos pertenecen, según las características y condiciones que se fijan en convenios bilaterales estipulados en la presente ley. ARTÍCULO 3º Los objetivos del Sistema de Pasantías Educativas son: * Brindar experiencia práctica complementaria de la formación teórica elegida que habilite para el ejercicio de la profesión u oficio. * Contactar en el ámbito en que se desenvuelven empresas u organismos públicos afines a los estudios que realizan los alumnos involucrados. * Capacitar en el conocimiento de las características fundamentales de la relación laboral. * Formar al estudiante en aspectos que le serán de utilidad en su posterior búsqueda laboral. * Ofrecer la posibilidad de conocer y manejar tecnologías actualizadas. * Contribuir a la tarea de orientación vocacional dirigida a efectuar una correcta elección profesional futura. ARTÍCULO 4º El Ministerio de Cultura y Educación, los máximos organismos de conducción educativa jurisdiccionales, las universidades nacionales públicas o privadas reconocidas y las unidades educativas de nivel terciario no universitario de carácter público o privado reconocidas, que en el marco del artículo 15 inciso d) de la ley 24.521 posean autonomía de gestión o autorización delegada por las autoridades de las cuales depende, estarán habilitadas para celebrar convenios de pasantías con organismos oficiales nacionales, provinciales o municipales, o con empresas públicas, privadas y/o mixtas del sector productivo y/o de servicios que adhieran al sistema cayos respectivos programas específicos mencionados en los artículos 18 y 21 de la ley 24.195 posean objetivos y características compatibles. ARTÍCULO 5º Sólo serán reconocidos los convenios que se celebren con acuerdo a las presentes normas y sólo la firma, y el debido registro de los mismos hará posible la situación de pasantía. ARTÍCULO 6º Los convenios contendrán como mínimo las siguientes cláusulas: * Denominación, domicilio y personería de partes que los suscriben. * Características y condiciones de las actividades que integrarán la pasantía. * Lugar en que se realizarán. * Extensión de las mismas. * Objetivos educativos perseguidos. * Régimen disciplinario (asistencia, puntualidad, etcétera). * Monto y forma de pago de la asignación estímulo. ARTÍCULO 7º Los organismos, empresas unidades educativas involucradas podrán suspender o denunciar los convenios mediando un aviso a la contraparte, con una anticipación no menor de treinta días, cuando se incurra en incumplimiento de los mismos, dentro de los quince días producido y comprobado el motivo que provocó situación. En caso de cierre o cese de actividad por cualquier causal, de la empresa u organismo solicitante, las pasantías caducarán automáticamente sin que aquellas deban asumir por el hecho ningún otro tipo de consecuencia o acción reparadora. ARTÍCULO 8º Cada jurisdicción educativa cada institución universitaria llevará un registro convenios firmados, coordinará y supervisará actividades de pasantías y el cumplimiento de convenios celebrados. Estas funciones y responsabilidades se acordarán en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación y en el ámbito del Consejo de Universidades. ARTÍCULO 9º La situación de pasantía no generará ningún tipo de relación jurídica entre pasante y el organismo o empresa en la que aquél preste servicios. ARTÍCULO 10º El pasante no perderá en ningún momento su condición de alumno y mantendrá la dependencia académico-administrativa original que lo vinculaba con su unidad educativa. ARTÍCULO 11º Las pasantías se extenderán durante un mínimo de dos meses y un máximo de un año, con una actividad semanal no mayor de cinco días en cuyo transcurso el pasante cumplirá jornadas de hasta cuatro horas de labor. ARTÍCULO 12º Las actividades de pasantías se llevarán a cabo en las instalaciones de las empresas o instituciones solicitantes de tal servicio o en lugares que por el tipo de labor que éstas desarrollen, sea necesaria la presencia de sus enviados. Dichos ámbitos deberán reunir las condiciones de higiene y seguridad de acuerdo con la ley 19.587. Las instituciones educativas extenderán a los mismos las coberturas de seguros y asistencia de urgencia que poseen para los propios. ARTÍCULO 13º Las instituciones educativas designarán a los pasantes teniendo en cuenta sus antecedentes académicos, características, perfiles y especialización acordados con los organismos y empresas que lo soliciten, asegurando condiciones pedagógicas que requiere la formación del pasante. ARTÍCULO 14º Los estudiantes no tendrán obligación alguna de aceptar una propuesta pasantía, excepto cuando el cumplimiento de la misma estuviera expresamente exigido por el plan de estudios que cursare. Sin embargo, en todos los casos el acto de aceptación llevará implícito compromiso de cumplir con la presente ley y con las normas de los convenios que rijan la relación entre su unidad educativa y el organismo o empresa en la que se desempeñará como pasante. ARTÍCULO 15º Los pasantes recibirán durante el transcurso de su prestación una retribución en calidad de estímulo para viajes, gastos escolares y erogaciones derivadas del ejercicio la misma. Su monto será fijado por las empresas u organismos solicitantes en acuerdo con las instituciones educativas, según la responsabilidad, grado de especialización, dificultad y tiempo dedicación que implique la actividad para la cual se los designe. ARTÍCULO 16º Los pasantes recibirán, también con arreglo a las características del trabajo que realicen, todos los beneficios regulares que se acuerden al personal de las empresas u organismos en los que se desempeñe (comedor, vianda, transporte, francos y descansos). Paralelamente deberán cumplir con los reglamentos internos de los mismos. ARTÍCULO 17º Ningún estudiante podrá postularse para asumir una pasantía mientras encuentre asignado a otra. ARTÍCULO 18º Cada institución educativa que incluya en sus planes de estudio las actividades de pasantías elaborará los programas específicos correspondientes en los que constarán objetivos, acciones por desarrollar, condiciones de ingreso y permanencia en la experiencia, sistema de evaluación, modo de relación interinstitucional con las empresas u organismos involucrados, en un total acuerdo con los términos de la presente ley. Sus normas deberán asimismo ser respetadas en los convenios que celebren. ARTÍCULO 19º Las unidades educativas las empresas u organismos involucrados elaborarán en común material didáctico específico, realizarán talleres, seminarios y/o cursos destinados a la capacitación de instructores y docentes que actuarán durante el desarrollo de las actividades de pasantía. ARTÍCULO 20º Se establecerá un mecanismo conjunto de control y evaluación de la experiencia que estará a cargo de las personas que las partes firmantes del convenio designarán respecto. Un informe individual, así elaborado, acerca de la actuación de cada pasante, se remitirá a la unidad educativa, dentro de los treinta días posteriores a la finalización de cada pasantía. ARTÍCULO 21º Las empresas y organismos que ingresen voluntariamente en el sistema deberán: * Prestar colaboración y asesoramiento en elaboración de programas de pasantías en las instituciones educativas con las que celebrarán convenios y que así lo soliciten. * Facilitar la labor del personal docente de las mismas afectado a la tutoría de la experiencia. * Designar a su vez, tutores e instructores que orientarán, coordinarán y controlarán el trabajo de los pasantes. * Construir su propio programa de pasantías que se ajustará a los términos de la presente ley cuyas normas se respetarán en los convenios que celebre. * Crear las mejores condiciones internas posibles para el cumplimiento de los objetivos del mismo y del similar de las instituciones educativas con las que se relacionen. * Efectuar el trámite de registro, ante el organismo previsto en el artículo 8º del convenio celebrado con cada unidad educativa y remitir a ésta copia comprobante de tal gestión. ARTÍCULO 22º Podrán realizarse experiencias de pasantía, en condiciones similares a las descriptas, destinadas a docentes asignados por sus unidades educativas a tareas relacionadas con las mismas con el objeto de que se interioricen de manera directa de las características de la empresa u organismo en los que sus estudiantes realizarán aquéllas. ARTÍCULO 23º Transitorio. Las unidades educativas, empresas u organismos que a la fecha de la puesta en vigencia de la presente ley tengan en ejecución convenios de pasantías, deberán adecuarlos a sus prescripciones. ARTÍCULO 24º Comuníquese al Poder Ejecutivo DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE. —REGISTRADA BAJO EL Nº 25.165 — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. —Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Juan C. Oyarzún. Decreto 487/2000 Bs. As., 23/06/2000 CONSIDERANDO: ..."Que por otra parte resulta procedente modificar el artículo 11 de la Ley Nº 25.165, en razón que el plazo máximo para las pasantías establecido en dicha norma atenta con el rendimiento de los estudiantes involucrados en el sistema y al mismo tiempo con los objetivos perseguidos por el sistema de pasantías"... Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA: ..."Art. 7º -Sustitúyese el artículo 11 de la Ley N º 25.165 por el siguiente texto: Artículo 11. Las pasantías se extenderán durante un mínimo de DOS (2) meses y un máximo de CUATRO (4) años, con una actividad semanal no mayor de CINCO (5) días en cuyo transcurso el pasante cumplirá jornadas de hasta SEIS (6) horas de labor". <a href='http://b.t.net.ar/www/delivery/ck.php?n=a2afc290&amp;cb=INSERT_RANDOM_NUMBER_HERE' target='_blank'><img src='http://b.t.net.ar/www/delivery/avw.php?zoneid=58&amp;cb=INSERT_RANDOM_NUMBER_HERE&amp;n=a2afc290' border='0' alt='' /></a>

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