juanjoDcalzada
Usuario (Argentina)

Si Usted sufre el ruido causado por vecinos, por la música fuerte, ruidos de maquinarias, aparatos, o cualquier otra manera que genere un perturbación a su tranquilidad interfiriendo en sus actividades o su descanso, lo que le provoca daños a su salud psíquica y física, como trastornos auditivos, insomnios, problemas estomacales, estrés y otras alteraciones, le enseñamos como reclamar su cese… Para lo mismo debe realice el siguiente reclamo: PASO 1: REALIZAR RECLAMO ANTE EL CONSORCIO Solo para el caso que los ruidos provengan de un edificio donde Ud. trabaja o vive. * POR CARTA DOCUMENTO * POR NOTA FIRMADA, SOLICITANDO SU CONSTANCIA DE RECEPCION Al Señor Administrador del Consorcio xxxxxx S.............. /................D JUAN PEREZ, DNI Nº ……, con domicilio en xxxx, localidad: xxx , Provincia de xxx, Telefóno Nº xxx, Email xxx@xxxxx, se presenta ante Uds., a fin de reclamar lo siguiente: Hechos: Que vengo a reclamar el daño a mi salud y al de las personas que habitan conmigo a causa de los constantes y reiterados ruidos, que por su volumen, reiteración o persistencia, excedan la normal tolerancia, que existen en el edificio. Específicamente denuncio los sufridos en la fecha xx/ xx/ 20xx entre las xx:xx hs . y las xx:xx hs. aproximadamente. Prueba: Que ofrezco de prueba a los siguientes testigos (poner nombre completo, documento y domicilio). Agregar toda prueba que pueda acreditar los dichos expuestos. Petición: 1. Solicito: que cese la infracción a Ley 13.512 en su artículo 6º que expresamente prohibe: en su inciso b) Perturbar con ruidos, o de cualquier otra manera, la tranquilidad de los vecinos, ejercer actividades que comprometan la seguridad del inmueble… ”, bajo aparecimiento de recurrir a las vías legales reclamando los daños y perjuicios correspondientes. Firma: xxxxxx PASO 2 RECLAMO ANTE EL MUNICIPIO Para el caso que los ruidos molestos provengan de su edificio, de un vecino, o de actividad desarrollada en la vía pública. * POR TELEFENO: PIDIENDO EL NUMERO DE RECLAMO * POR INTERNET: TAMBIEN ANOTANDO EL NUMERO DE RECLAMO * POR CARTA DOCUMENTO * POR NOTA FIRMADA, SOLICITANDO SU CONSTANCIA DE RECEPCION ______________________________________ Al Señor Intendente xxxxxxxxxx S................./................D JUAN PEREZ, DNI Nº ……, con domicilio en xxxx, localidad: xxx , Provincia de xxx, Telefóno Nº xxx, Email xxx@xxxxx, se presenta ante Uds., a fin de reclamar lo siguiente: Hechos: Que vengo a denunciar el daño a mi salud y al de las personas que habitan conmigo a causa de los constantes y reiterados ruidos, que por su volumen, reiteración o persistencia, excedan la normal tolerancia, que existen en: xxxx ( poner en forma concreta y concisa el motivo o causa del ruido) Específicamente denuncio los sufridos en la fecha xx/ xx/ 20xx entre las xx:xx hs . y las xx:xx hs. aproximadamente. Prueba: Que ofrezco de prueba a los siguientes testigos ( poner nombre completo, documento y domicilio). Que se realicen las correspondientes mediciones de ruido, en los horarios y fechas que he denunciado. Agregar toda prueba que pueda acreditar los dichos expuestos. Petición: 1. Solicito: que se tomen las medidas necesarias para hacer cesar los ruidos molestos, conforme lo dispone la ordenanza municipal que sanciona a los que ”perturban el descanso, la convivencia o la tranquilidad pública mediante ruidos “. Firma: xxxxxx ______________________________________ PASO 3: VIA JUDICIAL En el caso que no haya conseguido dar solución con los pasos previos, el Código Civil establece en su artículo 2.618 que la emisión de ruidos “no deben exceder la normal tolerancia, teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque mediare autorización administrativa para aquellas” y agrega: “Según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la indemnización de los daños o la cesación de tales molestias. En la aplicación de esta disposición el juez debe contemporizar las exigencias de la producción y el respeto debido al uso regular de la propiedad; asimismo tendrá en cuenta la prioridad en el uso” por último plantea que será de rápida resolución. Para iniciar una Acción Judicial, requerirá un abogado que la asesore y Patrocine Súper indemniza a vecinos por ruidos molestos Fallo de cámara ordenó al comercio pagar un resarcimiento de 30.000 pesos en concepto de daño moral. Encuadran el caso como un supuesto de responsabilidad por un acto lícito. La Cámara 1ª en lo Civil y Comercial de Córdoba condenó a Supermercado Disco a pagar 30.000 pesos en concepto de daño moral para compensar los perjuicios originados en ruidos molestos que ocasionó a una familia que colinda con el establecimiento, como consecuencia del funcionamiento de un grupo electrógeno, así como de las tareas de carga y descarga de productos. La sentencia encuadró el caso como “un supuesto de responsabilidad por acto lícito”, en el que la equidad jugó como factor de atribución. El Tribunal de Alzada hizo lugar parcialmente a la apelación planteada por un matrimonio y sus dos hijos contra la sentencia dictada por la jueza de 50ª Nominación, quien había rechazado la demanda que promovieron. Los damnificados demandaron con el fin de que se los indemnizara por los ruidos molestos que, relacionados con la actividad comercial desarrollada por el supermercado, supuestamente habían excedido la normal tolerancia según las circunstancias del lugar, en los términos del artículo 2618 del Código Civil. Si bien el vocal Julio César Sánchez Torres concluyó que los apelantes no habían probado la concurrencia de “un factor subjetivo de atribución a fin de enrostrarle responsabilidad a la parte demandada”, paralelamente consideró que, amén de que el supermercado “desarrolla una actividad lícita, autorizada administrativamente, útil y además con beneficio para un número importante de la población”, de la prueba colectada “se desprenden las molestias”, porque, aun cuando “vivir en los grandes centros urbanos pueda haber ensanchado el umbral mínimo de la normal tolerancia, ello no significa que la actividad, aunque lícita, no pueda ser nociva o dañosa”. En el mismo sentido, el fallo argumentó: “No se puede ordenar el cese de las actividades (del supermercado); tampoco, conforme la prueba pericial aludida, se puede obligar la adecuación de los aparatos que utiliza diariamente a los niveles sonoros, atento que esa actividad ya la desplegó. Al no existir culpabilidad, mal puede hablarse de mandar a indemnizar el daño causado”. Empero, la decisión aclaró que ha quedado “demostrado que esa actividad provoca ruidos constantes, permanentes, siempre claro está dentro de los niveles autorizados, lo cual significa que el perjuicio causado debe compensarse, no indemnizarse, a título de equidad, como factor de atribución”, porque en el caso se trata de “un supuesto de responsabilidad por acto lícito, y no ilícito, como lo esgrimió el recurrente en su memorial de agravios”. Perturbador Por su parte, al adherir, el camarista Guillermo Tinti dijo: “Se trata de un supuesto de responsabilidad por actividad lícita, en donde la inmisión no tiene entidad suficiente para causar el daño directo e inmediato, pero sí resulta perturbador y molesto por su duración y continuidad en el tiempo, generando, como ya se dijo, una intranquilidad familiar en la forma de vida diaria”. Como consecuencia, la “alteración nociva” que deberá compensar el supermercado fue establecida en 30.000 pesos (10.000 pesos para los progenitores y 5.000 pesos para cada uno de los hijos), a lo cual tendrá que añadirse, en concepto de interés, el equivalente a la tasa pasiva promedio que fija el Banco Central de la República Argentina (BCRA) con más el 2 por ciento mensual, desde la fecha de interposición de la demanda hasta el momento efectivo del pago. Finalmente, respecto del daño patrimonial que solicitaban los apelantes, la Cámara determinó que “no se probó el nexo adecuado de causalidad con el perjuicio invocado” que permitiera concluir que “las constantes molestias o perturbaciones provocaron una alteración psíquica en alguno de los miembros de la familia que requiriese tratamiento especial, lo cual no surge en estas actuaciones”. Gracias por Visitar mi Post