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Primer post: 21 ago 2011Último post: 21 ago 2011
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Codigo de Hammurabi 1er antecedente legal de Seguridad
InfoporAnónimo8/21/2011

Historicamente el hombre siempre ha tenido el mismo problema: protegerse de las adversidades y de los peligros que representa el medio ambiente. En la Edad de Piedra, cuando el hombre creó sus primeras herramientas, probablemente haya sufrido diversidad de lesiones al manipularlas. Así como pudo haber padecido lesiones por caídas, por el ataque de animales o por agresiones de sus congéneres. Posteriormente, como resultado del desarrollo de la aleación de cobre y estaño conocida como Bronce, se inicia precisamente el periodo que como símbolo lleva su nombre, la Edad de Bronce. Es en este periodo, el hombre comienza a basar su estilo de vida en las prácticas artesanales y la agricultura, lo que lo conllevo a exponerse a diversidad de Peligros. En esta época, se empezaron a aplicar las primeras medidas de protección colectivas, ya que aun era muy poca la importancia que se le daba a la protección individual contra los peligros que presentaban estas nuevas prácticas. El crecimiento de las civilizaciones, trajo consigo aparejado la lucha para obtener mas territorios y con ello las guerras. Pero aqui se presentaba una nueva dificultad y es que las protecciones colectivas eran totalmente inefectivas con las nuevas armas de combate. Motivo que los obligo a construirse medios para defenderse de ellas, constituyendose los primeros elementos de protección personal. Mas tarde, Hammurabi (1792-1750 a. C. según la cronología media), rey de Babilonia de la estirpe de los amorreos y quien se consideraba enviado de los dioses, establece lo que aun hoy se cree que fue el primer antecedente legal de protección y seguridad, el Código de Hammurabi. En el código no se distingue entre derecho civil y penal, es decir, se dan leyes que regulan los asuntos de la vida cotidiana y leyes que castigan los delitos. Se regulan el comercio, el trabajo asalariado los préstamos, los alquileres, las herencias, los divorcios, la propiedad, las penas por delitos de robo, asesinato, etc. El texto del código también nos sirve para saber cuales eran los delitos más frecuentes en la época, pues un delito previsto será un hecho que acontece con relativa frecuencia. En las penas aplicadas a cada delito se distingue si hay intencionalidad o no, y cual es la “categoría de la víctima y la del agresor”. Así la pena es mayor si se ha hecho adrede y menor si ha sido un accidente; mayor si la víctima es un hombre libre menor si es un esclavo. Las leyes del Código (numeradas del 1 al 282, aunque faltan los números 13, 66–99 y 110–111) están escritas en babilonio antiguo y Norman particularmente: * la jerarquización de la sociedad: existen tres grupos, los hombres libres o “awilum”, los “mushkenum” (quienes se especula podrían ser siervos o subalternos) y los esclavos o “wardum”. * los precios: los honorarios de los médicos varían según se atienda a un hombre libre o a un esclavo. * los salarios: varían según la naturaleza de los trabajos realizados. * la responsabilidad profesional: un arquitecto que haya construido una casa que se desplome sobre sus ocupantes y les haya causado la muerte es condenado a la pena de muerte. * el funcionamiento judicial: la justicia la imparten los tribunales y se puede apelar al rey; los fallos se deben plasmar por escrito. * las penas: aparece inscrita una escala de penas según los delitos y crímenes cometidos. La base de esta escala es la Ley del Talión. Se tratan también el robo, la actividad agrícola (o pecuaria), el daño a la propiedad, los derechos de la mujer, los derechos en el matrimonio, los derechos de los menores, los derechos de los esclavos, homicidio, muerte y lesiones. El castigo varía según el tipo de delincuente y de víctima. Las leyes no admiten excusas ni explicaciones en caso de errores o faltas; el Código se ponía a la vista de todos, de modo que nadie pudiera alegar ignorancia de la ley como pretexto. Cabe recordar, sin embargo, que eran pocos (escribas en su mayoría) los que sabían leer y escribir en aquella época. Fuente: http://gustavofornes.com.ar/2010/11/codigo-de-hammurabi-primer-antecedente-legal-de-la-proteccion-y-seguridad/ Espero les guste

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