elrura
Usuario (Uruguay)
Fallo de la Corte Internacional de Justicia Ésa es la principal conclusión del fallo de la Corte Internacional de Justicia respecto al contencioso entre Argentina y Uruguay. La Corte, representada por su presidente Peter Tomka, consideró que Argentina "no aportó pruebas concluyentes" que permitan establecer que la planta de celulosa ubicada en la localidad uruguaya de Fray Bentos esté "afectando la calidad de las aguas o el equilibrio biológico" del río Uruguay, frontera entre ambos países. Por esa razón el tribunal no considera que sea necesario el desmantelamiento de la planta y su traslado a otra zona. Este fallo pretende superar la crisis entre los dos países desde que a inicios del 2006 el Gobierno argentino acusó a su vecino de violar el Tratado de Uruguay, que exige la consulta entre ambos para acordar la explotación del curso fluvial. En este caso las autoridades argentinas aseguraron que no fueron informadas de las pretensiones de Uruguay y argumentaron que la fábrica de celulosa causará daños al medioambiente. La empresa finlandesa Botnia, hoy UPM, funciona desde el 2007 a orillas de la ciudad de Fray Bentos y produce y exporta celulosa. Los 1.800 millones de dólares que costó su construcción es hasta hoy la mayor inversión privada en la historia del país. Bloqueo En la margen de enfrente, desde la ciudad argentina de Gualeguaychú, se originaron las marchas de protesta que condujeron, desde hace tres años, al bloqueo del puente internacional General San Martín. Las protestas de los ecologistas motivaron una denuncia de Uruguay ante la CIJ por daños económicos. El intendente de Río Negro, departamento del que Fray Bentos es capital, Omar Lafluf, recordó que las 19 estaciones de monitoreo que tiene el río, las tres torres de control de aire en la zona, además del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), han confirmado que "aquí no ha habido impacto ambiental". Pero Buenos Aires interpuso la demanda en mayo del 2006 ante la máxima instancia judicial de la ONU con el argumento que la actividad industrial de Botnia contamina el río y exigió su demolición. Incluso si no prosperaba su desmantelamiento, la jefa de la delegación argentina, Susana Ruiz Cerrutti, expresó esta semana que Argentina podría "exigir las garantías más importantes de poder verificar el funcionamiento" de la planta. En una radio porteña, el canciller argentino Jorge Taiana manifestó horas antes de conocerse el fallo que existe "una voluntad clara" de ambos gobiernos "para avanzar en la relación bilateral", más allá de la resolución del tribunal internacional. En efecto, está previsto que presidentes de Uruguay, José Mujica, y de Argentina, Cristina Fernández, se reúnan en los próximos días para dar por saldada la disputa. Asamblea ambiental de Gualeguaychú Queda por verse cuál será la respuesta de la Asamblea Ambiental de Gualeguaychú, que tiene prevista una movilización para el día 24, cuando Mujica visite la vecina ciudad de Concordia donde inaugurará un tramo del proyecto ferroviario de carga que unirá ambos países. Los activistas opinan que esta línea de tren estará al servicio de la planta papelera. Lo cierto es que Uruguay tiene en la meta seguir con la política de propiciar inversiones en esta área y estudia la admisión de la multinacional Montes del Plata, integrada por la chilena Celulosa Arauco y la sueco-finlandesa Stora Enso. Esta empresa presentó al gobierno su proyecto que demandará una inversión de 2.300 millones de dólares y que se alojaría en la zona de Punta Pereira, en el departamento de Colonia, y con costas sobre el Río de la Plata. ------------------------------------------ Para La Haya, Botnia no contamina y puede seguir operando El Tribunal Internacional de La Haya emitió su dictamen sobre la pastera ubicada a orillas del río Uruguay, y cuya instalación es cuestionada por Argentina y defendida por Montevideo. ReutersPor RFI La Corte Internacional de La Haya se expidió finalmente este martes sobre la demanda por contaminación ambiental que Argentina presentó contra Uruguay. Se desestimaron las denuncias argentinas sobre contaminación pero falló que Uruguay incumplió tratados binacionales que la obligaban a consensuar la instalación de la polémicas plantas papeleras de la empresa Botnia. La máxima instancia de la Justicia Internacional se expidió finalmente este martes sobre la demanda por contaminación ambiental que Argentina presentó contra Uruguay. Mientras la Asamblea Ambiental de Gualeguaychú seguía la transmisión de los fundamentos del fallo por televisión, Peter Tomka, presidente del Tribunal, se tomó dos horas y veinte minutos para leer los fundamentos y el fallo, alternando entre el francés y el inglés. En una sobredosis de términos jurídicos, fechas, datos, denuncias y contradenuncias, hubo dos puntos salientes en el fallo: en el primero, la Corte desestimó la demanda por contaminación ya que no encontró relación directa entre la instalación de la papelera y la contaminación en el medio acuático El otro aspecto saliente fue que Uruguay no respetó el Tratado del río Uruguay refrendado en 1975 al no informar a su vecino sobre los pasos que iba dando de cara a autorizar la instalación de la planta. Así, sólo habría dado prioridad a su legislación interna por sobre el Tratado. Para la Corte, Uruguay no tenía derecho para autorizar la construcción de una planta ni de un puerto sin informar a la CARU (Comisión Administradora del río Uruguay). Tampoco respetó la obligación de informar siquiera sobre los trabajos proyectados antes de permitir la instalación de las fábricas. El eje central de la discusión fue la instalación de una papelera de la empresa finlandesa Botnia en el margen oriental del río Uruguay –en la localidad de Fray Bentos- a la que Argentina acusa de haber contaminado el curso de agua que marca la frontera natural entre los dos países y haber ocasionado perjuicios a la ciudad de Gualeguaychú. Para la Corte: No hay motivos para hacer lugar a la posición argentina. Argentina no ha probado la relación directa entre la instalación de la planta y la eventual alteración del medioambiente. No hay motivos para detener la producción de Botnia en la ciudad de Fray Bentos, Uruguay. Uruguay no cumplió con el tratado y para la Corte esto constituye “una satisfacción adecuada para la Argentina”. Uruguay no ha incumplido con sus obligaciones de fondo. El derecho no puede establecer la compensación o la restitución a la situación previa. No hay compensación económica para Argentina. Se rechazan las demás pretensiones de las partes.