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Usuario (Argentina)
Las Garantías Constitucionales están diseñadas para cautelar derechos elementales como el derecho a la libertad, acceso a la información, derecho a la propiedad, derecho a tener un medio ambiente sano, derecho a que se cumplan las leyes, derecho a que no se vulnere la constitución, etc. para garantizar lo dicho anteriormente podemos interponer acciones de Hábeas Corpus, Hábeas Data, Amparo, Popular-Acción Popular-, Cumplimiento e Inconstitucionalidad respectivamente. Estas herramientas legales están diseñadas para que se respeten los derechos de los ciudadanos y no se abuse de ellos; el problema es que muchos de ellos las desconocen o no saben como aplicarlas a continuación se presenta una breve lección con conceptos y ejemplos de garantías constitucionales. HÁBEAS CORPUS El hábeas corpus es una institución jurídica que garantiza la libertad personal del individuo, con el fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias. Se basa en la obligación de presentar a todo detenido en un plazo perentorio ante el juez, que podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto. También puede decirse que tutela los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos. De los siguientes ejemplos cual corresponden a un caso en el que podria aplicarse el Hábeas Corpus: a) Recabar información necesaria para el promotor. b) Salvaguardar el derecho a la vida. c) En caso de que se atente contra el medio ambiente. d) Cuando se incumple una norma e) Cuando hay una violación del derecho a la privacidad o a la vida privada. f) Amenaza de lesión a la libertad individual. HÁBEAS DATA Habeas data es el derecho, en ejercicio de una acción constitucional o legal, que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de datos, de acceder a tal registro para conocer qué información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección de esa información si le causara algún perjuicio. Este derecho se fue expandiendo y comenzó a ser reglamentado tanto por leyes de habeas data como por normas de protección de datos personales. De los siguientes ejemplos cual corresponde a un caso en el que podria aplicarse el Hábeas Data: a) En caso de discriminación en razón del padecimiento de alguna enfermedad incurable que sea además contagiosa. b) Ante la acción u omisión de particulares c) Excluir información de un banco de datos. d) Cautelar el derecho a huelga. e) Para proteger el patrimonio público. f) Privación arbitraria de la libertad personal. ACCIÓN DE AMPARO El recurso de amparo o acción de amparo es la demanda jurídica que tutela los derechos constitucionales del ciudadano y se envía al Tribunal Constitucional, cumpliendo una doble función de protección al ciudadano en sus garantías fundamentales y a la propia constitución al garantizar la inviolabilidad de sus preceptos ya sea por normas generales contrarias a dichos preceptos o por actos de autoridad que vulneren el contenido o los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. De los siguientes ejemplos cual corresponde a un caso en el que podria aplicarse una Acción de Amparo: a) Resguardar el derecho a la salud. b) Cuando no se cumple con dar servicios públicos de manera eficiente y oportuna. c) Si la autoridad no cumple con sancionar a personas naturales o jurídicas que no respetan la ley. d) El derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado del Juez. e) Confidencialidad de la información. f) Vulneración de los derechos fundamentales de Igualdad y No discriminación de las personas con discapacidad. ACCIÓN POPULAR El artículo 200º numeral 5) de la Constitución Política del Perú de 1993 incluye dentro de las garantías constitucionales a la Acción Popular, la cual procede contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen, por infracción de la Constitución y de la ley. En el ámbito doctrinario, César Landa señala que "La Acción Popular está estrechamente ligada a la acción de inconstitucionalidad de las leyes, en la medida que su objeto también es asegurar el orden constitucional objetivo, además del legal, pero examinando las normas inferiores a la ley" De los siguientes ejemplos cual corresponde a un caso en el que podria aplicarse una Acción Popular: a)Incluir información de carácter personal aún no considerada en el sistema. b)Privación arbitraria de la libertad personal. c)Proteger el derecho a la educación. d)La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes. e)Molestias o restricciones a la libertad física o de locomoción. f) obligar a los organismos o a los funcionarios del Estado a que se asumen a una tarea. ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO Es un proceso judicial de carácter constitucional que tiene como finalidad proteger el derecho de las personas a que las autoridades competentes cumplan lo dispuesto por las leyes o lo dispuesto por algún acto administrativo, cuando ellas se muestran renuentes a ello. Lo puede presentar el mismo afectado o cualquier otra persona en su nombre, si el Juez comprueba que efectivamente aquéllas se han producido, ordena que la autoridad demandada cumpla lo dispuesto por la ley o lo prescrito por el acto administrativo. De los siguientes ejemplos cual corresponde a un caso en el que podria aplicarse una Acción de Cumplimiento: a)Proteger el derecho al trabajo. b)El derecho del detenido o recluso a no ser objeto de un tratamiento inadecuado. c)Libre acceso a la información pública. d)El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente. e)Para que se ejecute un acto administrativo. f)Cuando se pretende la libertad de aquella persona que se encuentra detenida o condenada. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD Es un proceso constitucional que tiene como finalidad que las leyes, decretos legislativos y otras normas con rango de ley (decretos de urgencia, tratados internacionales, resoluciones legislativas, etc.) no contravengan a la Constitución. Se presenta al Tribunal Constitucional quien resuelve en instancia única y declara en su sentencia si la norma que ha sido impugnada, efectivamente, contradice o no la Constitución. Si el Tribunal declara inconstitucional una norma, ésta pierde efecto desde el día siguiente a la publicación de la sentencia, lo que equivale a decir que, a partir de ese momento, deja de existir en el ordenamiento jurídico. De los siguientes ejemplos cual corresponde a un caso en el que podria aplicarse una Acción de Inconstitucionalidad: a) Vulneración del derecho a la libertad de expresión y garantías de legalidad, seguridad jurídica y exacta aplicación de la ley penal. b)Para hacer cumplir resoluciones judiciales que han quedado consentidas o ejecutoriadas. c)Cautelar el derecho a la propiedad. d)Confidencialidad de la información. e)El derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado del Juez. f)Corregir datos falsos, inexactos o imprecisos. Todas las alternativas son garantías constitucionales por lo que pueden elaborar un organizador visual y enviarlo al siguiente correo: [email protected]
Presento un cuestionario sobre la Constitución Política del Perú cuyo solucionario daré más adelante. 1. Sobre la constitución a) La constitución es la Norma Fundamental del Estado, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición o acto contrario a la Constitución carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico y sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales legales. b) La constitución es la Norma Fundamental del Estado, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición o acto contrario a la Constitución no carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico y sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales legales. c) La constitución es la Norma Fundamental del Estado, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición o acto contrario a la Constitución carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico pero no sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales legales. 2. Sobre la estructura Orgánica de la Constitución a) TITULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD Artículos del 1º al 42º CAPITULO I DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Artículos del 1º al 3º CAPITULO II DE LOS DERECHOS SOCIALES Y ECONOMICOS Artículos del 4º al 29º b) Titulo I DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Artículos del 39º al 42º TÍTULO II DEL ESTADO Y LA NACIÓN Artículos del 43º al 57º CAPÍTULO I c) TITULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD TÍTULO II DEL ESTADO Y LA NACIÓN TÍTULO III DEL RÉGIMEN ECONOMICO TÍTULO IV DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO TITULO V DE LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Artículos del 200º al 205º TITULO VI DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 206º DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS ESPECIALES 3. ¿Cuándo fue Aprobada? a) 28 de agosto de 1992 b) 31 de octubre de1993 c) 29 de diciembre de 1993 4. Constitución política del Perú de 1993: Estructura parte dogmática a) En esta parte de la norma jurídica se hace una declaración que indica y recoge los valores imperantes en la sociedad que la promulga. b) En esta parte de la norma jurídica se hace una declaración de principios que indican y recogen los valores imperantes en la sociedad que la promulga. c) En esta parte de la norma jurídica se hace una declaración de legalidad que indica y recoge los valores imperantes en la sociedad que la promulga. 5. Constitución política del Perú 1993: Estructura parte dogmática a) TITULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD TÍTULO II DEL ESTADO Y LA NACIÓN TÍTULO III DEL RÉGIMEN ECONOMICO b) TÍTULO III DEL RÉGIMEN ECONOMICO TÍTULO IV DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO TITULO V c) Preámbulo TITULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD 6. ¿Cuándo fue promulgada la constitución política del Perú? a) 31 de octubre de 1993 b) 22 de noviembre 1992 c) 29 de diciembre de 1993 7. Constitución peruana: Estructura a) Se diseña la estructura del estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales, el sistema peruano conserva el diseño bipartito de división de poderes de Montesquieu entre poder legislativo y poder judicial. b) Se diseña la estructura del estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales, el sistema peruano conserva el diseño tripartito de división de poderes de Montesquieu entre poder ejecutivo, legislativo y judicial. c) Se diseña la estructura del estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales, el sistema peruano conserva el diseño bipartito de división de poderes de Montesquieu entre poder ejecutivo y legislativo. 8. Constitución peruana 1993: Estructura parte dogmática a) Se diseña la estructura del estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales, el sistema peruano conserva el diseño tripartito de división de poderes de Montesquieu entre poder ejecutivo, legislativo y judicial. b) Aparecen los principales derechos constitucionales de los ciudadanos peruanos c) Aparecen los principales derechos constitucionales de los ciudadanos peruanos, a su vez el título preliminar conserva principios constitucionales que determinan la configuración del estado y sus señales de identidad. 9. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica de “Los Derechos Sociales y Económicos”. (Artículos 4 al 29). a) Titulo III b) Titulo III c) Titulo IV d) Titulo V e) Titulo I 10. ¿Quién elaboró la constitución de 1993? a) El Congreso Constituyente Democrático. b) El Gobierno. c) El Poder judicial 11. ¿Qué mecanismo se usó para aprobar la constitución de 1993? a) El Referéndum b) Votación en el congreso c) Un Plebiscito 12. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica del ambiente y los recursos naturales. (Artículos 66 al 69). a) Título IV b) Titulo II c) Título III d) Titulo V e) Titulo I 13. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica del “Poder Ejecutivo”. (Artículos 110 al 118). a) Titulo I b) Titulo II c) Titulo IV d) Titulo III e) Titulo V 14. ¿Cuándo entra en vigor la reforma constitucional del régimen tributario? a) 17 de noviembre del 2004 b) 5 de noviembre del 2000 c) 7 de marzo del 2002 15. Constitución política de 1993 estructura. a) La constitución peruana fue modificada el 5 de noviembre del 2000 para permitir la reelección presidencial. b) La constitución peruana fue modificada el 5 de noviembre del 2000 para cambiar el capitulo XIV de la Descentralización. c) La constitución peruana fue mirificada el 5 de noviembre del 2000 para cambiar el artículo 107 de la formulación y promulgación de leyes. 16. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica de “La Reforma de la Constitución” (Artículo 206). a) Titulo VI b) Titulo I c) Titulo V d) Titulo IV e) Titulo II 17. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica “Del Estado, La Nación y El Territorio” (Artículos 43 al 54). a) Titulo III b) Titulo II c) Titulo VI d) Titulo I e) Titulo V 18. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica de “La Función pública” (Artículos 39 al 42 ). a) Titulo III b) Título I c) Título II d) Título V e) Titulo IV 19. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica “Del Régimen Tributario y Presupuestal” (Artículos 74 al 82). a) Titulo III b) Título I c) Título II d) Título V e) Titulo IV 20. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica de “Las Garantías Constitucionales” (Artículos 200 a 2005). a) Título IV b) Título VI c) Título V d) Título I e) Título II 21. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica “Del Sistema Electoral” (Artículos 176 al 187). a) Titulo 1 b) Título II c) Titulo III d) Titulo IV e) Titulo V 22. La Constitución peruana se estructura en dos partes claramente diferenciadas. a) Parte primera y parte segunda b) Parte dogmática y parte orgánica c) Parte dogmática y parte física 23. Constitución peruana 1993: Estructura parte orgánica “Del Poder Judicial” (Artículos 138 al 149). a) Titulo III b) Título II c) Título I d) Título V e) Título IV.