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Usuario (Argentina)
En la lucha contra la Violencia de Genero te informamos sobre el tema y te dejamos los datos necesarios para que tengas a donde recurrir si eres de Lanús. El 25 de noviembre fue declarado Día Internacional contra la Violencia hacia la mujer en el 1er Encuentro Feminista de Latinoamérica y del Caribe celebrado en Bogotá (Colombia) en julio de 1981. La fecha fue elegida como conmemoración del brutal asesinato en 1960 de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas de la República Dominicana. En 1999 la ONU dio carácter oficial a esta fecha. El objetivo de establecer un día para esta causa ha sido concientizar a las mujeres de esta problemática, ya que por lo general la violencia es recibida por hombres cercanos a las victimas. Cabe destacar que laviolencia de género no sólo hace referencia a la violencia física y sexual, sino también a la violencia psicológica, social, económica e institucional.El Municipio de Lanús se ocupa de este flagelo a través de un servicio de atención, asesoramiento, y orientación descentralizado compuesto por abogados, psicólogos y trabajadores sociales. Ante cualquier duda diríjase a la Coordinación de Políticas de Género y Diversidad Sexual, H. Yrigoyen 3863, 3º piso. Lanús Oeste, o llame al.4229-2519, vía mail: [email protected] (lunes a viernes de 8 a 17 hs). También las mujeres víctimas de violencia pueden pedir ayuda a través del 911, y desde allí son derivadas a un servicio de atención telefónica especializado.En la Argentina, las denuncias de casos de violencia de género crecen año a año. Todos podemos ayudar a evitar que nuevas mujeres pasen a formar parte de la fría estadística, y que otras vivan en un infierno. Ante cualquier acto de maltrato, no dudes, hace la denuncia.Publicado por Clinica Cruz Blanca de lanus
Vacuna contra el HPV (Virus del Papiloma Humano) Publicado por Clinica Cruz Blanca Desde este mes de Noviembre, los Centros de Salud del Municipio de Lanús, comenzaron a aplicar la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano (conocido también como HPV) a niñas que hayan nacido a partir del 1 de enero del 2000. El servicio se realiza cumpliendo con lo dispuesto por el Gobierno nacional, desde donde se incorporó la dosis al calendario de vacunación, lo que hace que la misma sea gratuita y obligatoria.Cabe destacar si bien su aplicación temprana disminuye en un 80 por ciento las probabilidades de contraer cáncer de cuello uterino, la misma no debe reemplazar los controles ginecológicos periódicos, los cuales también pueden realizarse en los Centros de Salud del Municipio de Lanús.Para la aplicación de dosis, las pacientes podrán dirigirse a las siguientes instituciones en los horarios dispuestos por cada una:Centro de Salud N° 4 - Cosme Argerich Alvear N° 4493Centro de Salud N° 6 - Villa Mauricio Álzaga N° 3441Centro de Salud N° 10 - Villa Obrera Eva Perón N° 3168Centro de Salud N° 14 - Barrio Los Ceibos Centenario Uruguayo N° 2898Centro de Salud N° 20 - Villa Independencia Corvalán N° 3168Centro de Salud N° 28 - La Esperanza Berón de Astrada N° 4752Centro de Salud Villa Barceló - Alzaga N° 4119Centro de Salud N° 12 - Santa María Víctor Hugo N° 440Centro de Salud N° 16 - Martín Güemes Las Piedras, e/San Carlos y SalcedoCentro de Salud N° 18 - 26 de Abril Eva Perón, Esq. EcheverríaCentro de Salud N° 46 - Chorroarín Chorroarín 1018Centro de Salud Nueva Higueritas - Chascomús 720Sociedad de Fomento Villa Urquiza - Condarco y MaureCentro de Salud N° 22 - La Maquinita Madariaga y General RodríguezCentro de Salud N° 24 - General Belgrano Bolaños 1793Centro de Salud N° 48 - Villa Porá Bueras 3096Centro de Salud Villa Fiorito - Bueras 3386Centro de Salud Héroes de Malvinas - Ayacucho N° 2900Centro de Salud N° 19 - Balcarce Ugarte 3589Centro de Salud N° 39 - Villa Esperanza General Paz, Esq. UgarteCentro de Salud N° 45 - Villa Eslovena Colón 2475Centro de Salud Eva Perón - Pasaje Eva Perón, Bº 9 de JulioCentro de Salud Ramón Carrillo - Marco Avellaneda 4860Centro de Salud N° 9 - El Triángulo Osorio 2233, Planta BajaCentro de Salud N° 27 - Juan Giardino Armenia N° 3114Centro de Salud Villa Constitución - Viamonte N° 3846Informacion extraida de la fuente Noticias y Salud Lanús
El Gobierno reglamentó despues de un largo tiempo la ley de prepagas., a traves de un decreto de necesidad y urgencia.Nota...02/12/11Reglamentaron la Ley de Prepagas. Es para los nuevos afiliados. Además, existirán tres categorías diferentes de cuotas para los que ingresen con enfermedades preexistentes. Hasta ahora, las prepagas podían rechazarlos.Finalmente, el Gobierno reglamentó la demorada ley de Medicina Privada que involucra a las prepagas, mutuales, cooperativas, fundaciones y también a las obras sociales, incluidas las obras sociales sindicales que brinden planes especiales, también llamados “superadores”.Un punto clave de la ley reglamentada es el que señala que, al momento de afiliarse, las entidades podrán cobrar una cuota diferenciada según la edad del usuario de hasta tres veces el valor del plan más bajo . Luego esa cuota sólo podrá aumentar de acuerdo a los aumentos que se vayan autorizando. Así si un plan joven es de $ 300, para los más adultos la cuota no podrá superar los $ 900. Y cuando el afiliado cumpla 65 años y si no tiene 10 años de antigüedad en la entidad, la prepaga podrá cobrar una cuota aún más alta.Además, para los que se afilien con enfermedades preexistentes, existirán tres categorías diferenciales de cuotas, de acuerdo a la patología del afiliado. Y en adelante, la Superintendencia de Salud autorizará el incremento de las cuotas, previo dictamen vinculante de la Secretaría de Comercio Interior.La otra novedad fue que antes de aprobar la reglamentación, con un decreto de necesidad y urgencia (DNU) introdujo un cambio clave a la ley votada por el Congreso y promulgada por el propio Ejecutivo en mayo (ver página 7). El DNU especifica que las cooperativas, mutuales, asociaciones civiles, fundaciones y obras sociales sindicales por los planes voluntarios y superadores están incluidos en el marco regulatorio de la medicina prepaga. En cambio, la ley del Congreso excluía a esas entidades, lo que no fue vetado por el Gobierno cuando promulgó la ley .Así todas las empresas, asociaciones y obras sociales que brindan servicios médicos a cambio del pago de una cuota u aporte están bajo la misma ley y la supervisión de la Superintendencia.Las prepagas en forma directa o a través de una obra social son un servicio que típicamente consume la clase media y tiene un alto impacto en los gastos de las familias. Se estima que cuentan con 4,5 millones de beneficiarios, la mayoría provenientes de las obras sociales a través del sistema de derivación de aportes. En promedio, los planes de un matrimonio ronda los $ 1.500 mensuales. Además, desde este mes, la cuota se encareció un 9,5% y anunciaron otro aumento del 5,5% para febrero de 2012 De acuerdo a la reglamentación, publicada ayer en el Boletín Oficial, las empresas de medicina prepaga deberán informar al Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud los datos demográficos, epidemiológicos y estadísticos de los más de 4 millones de afiliados a los que brindan prestaciones, poniendo a disposición de las autoridades sanitarias los padrones de sus usuarios, como así también inscribirse en un registro nacional de entidades de medicina prepaga.Además, y como aclaró el Ministerio de Salud, en adelante, la Superintendencia de Salud pasa a ser el único organismo receptor de los reclamos de los usuarios. Hasta el momento, y por carecer de un marco regulatorio preciso, las demandas de los asociados a este tipo de empresas eran mayormente canalizadas hacia la secretaría de Defensa del Consumidor, o dirimidas en la Justicia. De todos modos, se podrá recurrir ante la Justicia si el usuario discrepa con algún norma de la Superintendencia o con una disposición de la propia ley.Ni la ley ni la reglamentación ponen límites a la captación de afiliados de las obras sociales sindicales por parte de las prepagas a través del actual sistema de derivación de aportes. Además, algunos especialistas destacaron que ahora al equipararse los derechos y obligaciones de prepagas, mutuales y obras sociales hay un antecedente para que más adelante las prepagas puedan captar en forma directa los aportes de afiliados sindicalesPublicado por www.cruzblancalanus.comFuente Clarin http://www.clarin.com/sociedad/edad-cuota-podra-costar-veces_0_601739908.htmlPablo Fontau