chola555
Usuario (Argentina)
Durante el año pasado hice una serie de compras por internet, de productos provenientes especialmente de China. Productos específicos, incluso de muy buena calidad, que aquí en el país los venden al doble o triple del precio, siendo del mismo origen. Nunca en cantidad ni para la reventa, solo consumo personal. A modo de ejemplo, accesorios de electrónica, tarjetas de memoria, ropa para ciclistas. Lo más significativo que debo haber comprado fue el scanner para expedientes que acá siempre fué algo caro. Pero en enero de este año, se dispuso gravar con el 50% toda compra del exterior, y reglamentar todo el procedimiento además de limitar la cantidad de compras a dos por año y formalizar algo ya existente que era u$s 25 de franquicia (*). Y así es como esta modalidad comenzó a tornarse cada vez más difícil, aunque económicamente en algunos casos, sigue siendo conveniente. Así fue como de llegar la mercadería a la puerta de mi casa, comenzaron a llegar telegramas para que los retiros se efectivizaran en la Aduana. Al parecer, según lo que he podido averiguar parece que desde hace unos pocos meses, se dejaron de enviar las encomiendas a Ezeiza y desde entonces llegan únicamente a Retiro. Pero tratándose de productos por valores realmente poco significativos, la cantidad de trámites que comenzaron a requerir se convirtieron en un problema para cualquier persona que no estuviera familiarizada con los sistemas de la AFIP. Pero como mi experiencia resultó exitosa, paso a contar paso a paso el procedimiento que hay que realizar para retirar la encomienda: Antes de comenzar, es conveniente tener a mano lo siguiente: Documentación de la compra y del producto: A modo de ejemplo, la pantalla de Aliexpress o DealExtreme donde se describe el producto y el proveedor. En el portal, nos suministran un tracking. Con ese número podremos hacer el seguimiento online de la encomienda en la página de Correo Argentino y saber qué envío nos está llegando. Es importante destacar que existe un ID internacional y ID nacional y que es el que figura en el telegrama que nos llega. Ambos datos con su estado, están en la consulta del Correo Argentino. Telegrama de Correo Argentino: Llegará un Aviso de Llegada de Correo Argentino. En el frente, estará identificado el envío con un número cuyo formato es RD999999999AR Constancia de pago del producto: Puede ser el mail de Mercado Pago o el medio que se haya utilizado. Es conveniente tener a mano también el resumen de la tarjeta de crédito donde se pueda visualizar la fecha exacta en que se acreditó el pago. Ahora, con todos estos papeles en mano, podremos comenzar: 1 - Certificación de firma en el telegrama: El dorso del Aviso de Llegada, contempla la posibilidad de autorizar a alguien, certificando nuestra firma. Lo más simple y rápido, es en el banco... Ojo, porque el envío tiene una fecha de vencimiento. Si el trámite no se realiza antes, el producto teóricamente regresa al lugar de orígen. Son 15 días corridos a partir de la fecha que figura en el frente del Aviso de llegada. 2 - Generar el formulario online 4550-100: Debemos ingresar a la página de AFIP y con nuestra clave fiscal, ingresar a "Mis Aplicaciones Web". Allí, elegiremos la opción "Formulario 4550 Compras a Proveedores del exterior". Hoy la carga es online y al formulario se lo identifica como F 4550-100. El sistema se cuelga bastante pero hay que tener paciencia. Son 4 solapas a completar con información nuestra, del producto y de la transacción. Tener presente que al principio, el formulario era manual y se identificaba como 4550-T conforme la RG(AFIP) 3579, pero ya no lo aceptan más. Adjunto a continuación la captura de pantalla actual: Una observación a destacar es que el formulario contempla la opción de declarar que la encomienda recibida no es una compra. Desconozco si en la Aduana pedirán documentación o información adicional a efectos de demostrar que la transacción no es comercial. 3- Generar el VEP (Volante Electrónico de Pago) Inmediatamente al enviar el formulario en forma electrónica, estaremos habilitados para generar el famoso VEP (volante electrónico de pago) que arroja el importe a pagar. El procedimiento es ingresar a la página de AFIP con la Clave Fiscal, ir a la opción "Servicios Habilitados"/"Presentación de DDJJ y Pagos"/"Nuevo VEP". Una vez que estamos en el formulario, debemos completarlo de la siguiente manera: Organismo Recaudador: AFIP Grupo o Tipos de Pagos: Aduana Tipo de Pago: Compra a Proveedores del Exterior Organismo Recaudador: Grupos de Tipos de Pagos: Tipo de Pago: Luego, en la segunda pantalla debemos cargar datos propios de la operación siempre considerando valores CIF, es decir precio final considerando gastos necesarios para la compra, a modo de ejemplo el flete, etc. (ver Aclaración al pié de este post). Esto contempla el 50% del valor de compra en u$s menos la franquicia anual que sólo podrá considerarse en una solo compra de las dos que hoy están permitidas. Para más información, adjunto el acceso a la Guía Paso a Paso de la AFIP "Compra de mercaderías al exterior" 4 - Pagar VEP: El VEP generado en el punto anterior es el que podremos pagar por Internet a través de Homebanking. Al pagarlo, obtendremos el ticket de pago. Para más información, dejo el link a la explicación de AFIP. 5- El trámite en Aduana: Con el DNI original, el Aviso de LLegada del Correo Argentino con la firma certificada, el F. 4550/100, el VEP y su ticket, ya estamos en condiciones de ir a retirar el producto. Se nos verificarán todos los papeles y nos cobrarán un adicional (tasa de almacenaje) en concepto de depósito por cada día en que haya estado el depósito en guarda. Es importante aclarar que el paquete será abierto delante nuestro para verificar que coincida con todo lo declarado. Por eso, conviene llevar toda la documentación mencionada precedentemente. Si todo está en orden, el trámite estará finalizado. Parece complejo, pero la verdad es que no lo es. Si uno es prolijo y se arma de paciencia, se puede hacer perfectamente. En lo particular, lo complicado era ir hasta Ezeiza. Pero ahora en las redes sociales, podemos solucionar todo más rápido y encontré quien se ocupa de ir hasta allá con un servicio puerta a puerta. Les dejo el dato "A la Aduana, voy yo". Realmente lo recomiendo porque me han cumplido de manera muy eficiente, cualidad difícil de encontrar en estos tiempos. Pero es muy importante entregar todo en condiciones. Las cuestiones de la AFIP son siempre obligación y responsabilidad de cada uno... "A la Aduana, voy yo" https://www.facebook.com/pages/A-la-aduana-voy-yo/551646311525430?fref=ts Aclaración: Siempre cuando se consignan los valores en el VEP se debe tener en cuenta el valor final. Es decir, el valor CIF que incluye los gastos propios de la operación. De lo contrario, les harán la observación y deberán generar otro VEP por la diferencia. Y otro error que se puede generar como consecuencia de esto, es el tilde asociado a la utilización de la franquicia. Si no la utilizamos lo lógico es que volquemos idéntico dato, pero nos podría dar un importe nulo, lo que nos lleva a preguntar para qué estamos haciendo esto.... A continuación, un ejemplo. En cuanto al límite de dos compras anuales, no queda claro si se computan por fecha de efectiva compra o de entrega. No obstante cabe destacar que por compra se interpreta "encomienda". Es decir, puede haber más de un producto dentro de la misma. Y ojo, porque por ejemplo Deal Extreme está dividiendo los envíos de una compra, lo cual nos limita en la cantidad que podemos recibir. A modo de ejemplo, si en una compra nos mandan dos paquetes y ya teníamos una entrega hecha durante el año en curso, no podremos retirar el tercer paquete porque el sistema de AFIP no nos permitirá generar el F-4550. ¿La solución? cruzar los dedos para que la fecha límite de retiro sea al año siguiente...... Yo recuerdo haber presionado la opción de esperar a que estén todos los productos disponibles. Y aún así me han particionado la compra...