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Primer post: 21 nov 2017Último post: 21 nov 2017
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Ley de actos discriminatorios
Ciencia EducacionporAnónimo11/21/2017

Este post tristemente lo hago para que tanto usuarios como moderadores se enteren como funciona esta ley que algunos directamente la desconocen y creen que pueden censurar lo que quieran arbitrariamente solo porque no les gusta tal cosa Les dejo la ley entera pero remarco el punto que viene a este post que es el Art 3° y luego voy a pasar a explicar bajo que casos la ley se tiene que hacer efectiva y en cuales no Ley 23.592 PENALIZACION DE ACTOS DISCRIMINATORIOS BUENOS AIRES, 3 de Agosto de 1988 BOLETIN OFICIAL, 05 de Septiembre de 1988 TEMA DERECHOS HUMANOS-DISCRIMINACION-DISCRIMINACION RACIAL O RELIGIOSA-DISCRIMINACION POR MOTIVOS IDEOLOGICOS, POLITICOS O GREMIALES-DISCRIMINACION POR CONDICION ECONOMICA O SOCIAL-PROPAGANDA DISCRIMINATORIA-PENA- AGRAVANTES DE LA PENA EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: *ARTICULO 1.- Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos. *ARTICULO 2.- Elévase en un tercio el mínimo y en un medio el máximo de la escala penal de todo delito reprimido por el Código Penal o Leyes complementarias cuando sea cometido por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad, o con el objeto de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. En ningún caso se podrá exceder del máximo legal de la especie de pena de que se trate. *ARTICULO 3.- Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color,que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas. *ARTICULO 4.- Se declara la obligatoriedad de exhibir en el ingreso a los locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes u otros de acceso público,en forma clara y visible el texto del artículo 16 de la Constitución Nacional, junto con el de la ley. *ARTICULO 5.- El texto señalado en el artículo anterior, tendrá una dimensión, como mínimo de treinta centímetros (30) de ancho,por cuarenta (40) de alto y estará dispuesto verticalmente.En el mismo al pie, deberá incluirse un recuadro destacado conla siguiente leyenda:”Frente a cualquier acto discriminatorio, usted puede recurrira la autoridad policial y/o juzgado civil de turno, quienes tienen la obligación de tomar su denuncia. ANEXO II Discriminar es excluir, agredir o marginar a una persona o grupo en función de determinadas características reales o imaginarias por las cuales se lo trata como inferior, limitando y negando sus derechos y oportunidades. La ley (...)protege contra la discriminación en internet prohibiendo la difusión de mensajes con contenido discriminador en internet en aras de la protección de la diversidad, el pluralismo y el respeto por la dignidad humana, en el marco del estricto respeto por la libertad de expresión. CONTENIDO DISCRIMINADOR. Será considerado contenido discriminador aquellos mensajes publicados en las plataformas de contenidos producidos por los usuarios que menoscaben o insulten a las personas o grupo de personas o asociaciones, motivadas en la falsa noción de raza, así como en las nociones de etnia, nacionalidad, lengua, idioma o variedad lingüística, religión o creencia, ideología, opinión política o gremial, sexo, orientación sexual, género, identidad de género y/o su expresión, edad, color de piel, estado civil, situación familiar, filiación, embarazo, discapacidad, responsabilidad familiar, antecedentes penales, trabajo u ocupación, lugar de residencia, caracteres físicos, características genéticas, capacidad psicofísica y condiciones de salud, posición económica o condición social, hábitos personales o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o preferencia. La presente enumeración no es taxativa y el carácter discriminador deberá ser evaluado con arreglo a la ley (....) de Actos Discriminatorios y los instrumentos internacionales de derechos humanos suscriptos por nuestro país. Frente a una situación de estas características le recomendamos: a)no responder a las ofensas ni realizar reiteradas búsquedas de las situaciones ofensivas que sólo terminan poniéndolas en primer plano b)denunciar y asesorarse. c)Bloquear al usuario o usuaria agresivos; Si se quiere iniciar alguna acción, tome capturas de pantalla de los contenidos ofensivos, previendo que estos puedan ser eliminados por quien los emitió, y luego realice los reportes utilizando las herramientas del sitio. Que significa todo esto? Lo voy a explicar desde mi problema para que se entienda ya que como pueden ver en el ANEXO II son demasiadas formas de discriminación y no puedo ir explicando una por una La imagen de mi avatar link: https://www.youtube.com/watch?v=FeyP70LP92Y Mi cuenta anterior fue baneada permanentemente sin que nadie me dijera porque, sospeché que fue culpa del avatar ya que me lo sacaron 3 veces y a la tercera fue permaban por "cuenta creada para molestar" Ahora en esta cuenta actual tengo lo mismo, y no me lo voy a sacar Pero no paso ni unas pocas horas que usé la cuenta y ya tenia uno denunciandome erróneamente y generando polémica sin sentido alguno No hace falta aclarar que no soy antisemita ni tampoco nazi (aunque ser nazi no es motivo de censura) Respeto la historia y respeto a todos los que sufrieron las consecuencias de las guerras Dejando eso de lado Es antisemita o discriminador tener simbología nazi? Para nada, en ningún momento la ONU o Argentina prohibió la simbología Hace no mucho tiempo en Buenos Aires encontraron una gran cantidad de artículos nazis e incluso uno me dijo "pero el que tiene cosas nazis cayo preso, entonces todos los que tengan cosas nazis van a ir presos" El dueño de esas cosas no cayo por discriminación, cayo porque tiene materiales de origen ILEGAL FUENTE: https://www.infobae.com/sociedad/2017/06/10/encontraron-numerosos-objetos-con-simbologia-nazi-durante-un-allanamiento/ Pasare a mostrar lugares donde hay simbologia nazi (sin contar las series que tocan estos temas desde la perspectiva de los historiadores como "Apocalipsis: la segunda guerra mundial" .) Simbología nazi en películas GIF Simbología nazi en libros Simbología nazi en la música Simbología nazi en pintura Simbología nazi en los juegos Simbología nazi en manga/anime Pero si todo eso esta permitido entonces que es lo que esta mal? a que se puede denunciar? Esta mal pertenecer a un grupo o actuar individualmente con el objetivo de discriminar o incitar a la violencia públicamente frente a cualquiera que figuren en el ANEXO II Que ejemplos te puedo dar de eso? Se entiende la diferencia? mientras un grupo utiliza la simbología nazi como forma de expresarse otro grupo la utiliza para discriminar, atacar y amenazar Te doy otros ejemplos sobre algo artistico/historico y la otra cara de la moneda que es discriminación? Artistico Discriminacion Artistico Discriminacion Artistico Discriminacion Puedo estar así todo el día, porque mientras un grupo discrimina otro grupo puede ir y mostrar lo mejor de cada clase de persona en todo tipo de arte sin importar sus condiciones físicas o su ideología Por eso mismo arme este post, porque ya de por si muchos usuarios hacen lo que se les da la gana pero es muy grave que los moderadores no sepan moderar correctamente sin siquiera poder diferenciar algo artístico de algo discriminatorio ya que puede estar erróneamente CENSURANDO LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN GIF

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