Epep
Usuario (Argentina)

Profesores vs. Alumnos. Si como alumno queres "enfrentar" a tu profesor hacelo con altura........................ “Hace tiempo atrás me llamó un colega y me pidió que hiciera de árbitro en la calificación de una pregunta de un examen. Me dio la impresión de que mi colega quería ponerle un cero a uno de sus alumnos. Por otra parte, el alumno sostenía que él merecía un veinte, y que si esto no ocurría, sería debido a que el sistema de enseñanza se había diseñado para perjudicar a los alumnos. Finalmente, el profesor de Física y el estudiante acordaron someter su situación a un juez imparcial, recayendo esta delicada misión en mi persona. Así las cosas, fui a la oficina de mi colega y lo primero que hice fue leer la pregunta del examen. Decía: “Demuestre cómo se determina la altura de un edificio mediante el empleo de un barómetro”. La respuesta del estudiante fue la siguiente: “Se toma el barómetro y se lo lleva hasta la terraza del edificio, luego se le ata una cabuya y se lo hace descender hasta la calle. Enseguida se lo sube y se mide el largo de la cabuya; esta longitud corresponde a la altura del edificio”. Bien. La respuesta es realmente interesante, pero ¿debe el estudiante merecer la máxima calificación? Yo señalé a mi colega que el alumno tenía toda la razón del mundo en alegar que merecía un veinte por su respuesta, dado que su contestación había sido completa y correcta. Sin embargo, una buena nota de Física debe implicar un buen conocimiento de esta ciencia, y la respuesta del estudiante no confirmaba este criterio. Con esto en mente, propuse que el estudiante tuviera otra oportunidad para responder la pregunta. La verdad es que no me sorprendí que mi colega accediera a mi sugerencia, lo que me asombró fue que el estudiante lo aceptara. Le dimos al alumno seis minutos para responder la pregunta con la advertencia de que la respuesta debía reflejar que él poseía un conocimiento físico del problema. Después de transcurrir cinco minutos, el estudiante no había escrito ni una letra. Le pregunté si se daba por vencido. Dijo que de ninguna manera se daría por vencido y que no había comenzado a escribir todavía porque tenía muchas respuestas a la pregunta y estaba decidiendo cuál era la mejor. Le pedí disculpas por mi interrupción y le dejé continuar. Al finalizar el tiempo estipulado nos entregó su nueva respuesta, la cual decía: “Se lleva el barómetro hasta la terraza del edificio y se le deja caer, tomando el tiempo que demora en escucharse el golpe de la calle. Luego, usando las fórmulas h = ½ gt2 y h = vt, donde v es la rapidez del sonido y t es el tiempo medido, se puede calcular fácilmente la altura del edificio”. Después de leer la respuesta le pregunté a mi colega si él se daba por vencido. Él asintió y le pusimos al estudiante un 18. Cuando salía de la oficina de mi colega recordé que el alumno había dicho que él tenía varias soluciones al problema, de modo que le pregunté cuáles eran esas respuestas. − ¡Oh, claro! −dijo el estudiante−. Hay muchas maneras de saber cuál es la altura de un edificio empleando un barómetro. Por ejemplo, usted puede tomar el barómetro en un día soleado, pararlo y medir la sombra del barómetro y su altura y la sombra del edificio. Luego, mediante una simple proporción, se calcula la altura del edificio. − Sí −dijo el estudiante−, hay un procedimiento que es fundamental y que a usted le gustará: Toma usted el barómetro y comienza a subir las escaleras del edificio. A medida que usted asciende, usted va marcando la longitud del barómetro en la pared del edificio. Luego cuenta el número de marcas y tendrá la altura del edificio en unidades de barómetros. Es una medición directa. Por supuesto, si usted quiere un método más rebuscado, usted puede atar el barómetro con un hilo y hacerlo oscilar como péndulo, determinando el valor de la aceleración de gravedad g a nivel de la calle y en la terraza del edificio. De la diferencia de los dos valores de g, en principio, se puede determinar la altura del edificio. Finalmente el estudiante concluyó: − Si usted no me limita a la física para responder la pregunta, existen varias soluciones al problema, como golpear con el barómetro la puerta del conserje del edificio y decirle, cuando salga: “Estimado señor conserje, aquí tengo un excelente barómetro. Si usted me dice cuánto mide este edificio, yo le regalaré el barómetro”. A esta altura de la conversación le pregunté al estudiante si él sabía la respuesta que el profesor quería que diera. El alumno admitió saber esa respuesta, pero añadió que estaba tan obstinado con los profesores que trataban de enseñarle a pensar según el modo que los profesores se les antojaba, en lugar de mostrarle la estructura de la materia del curso, que él había decidido hacerlos pensar a ellos que hay varios caminos para pensar, precisamente. Aquí termina la historia. Podríamos agregar, para terminar, que a los estudiantes les gustaría tener profesores menos dogmáticos, es decir, que no exigieran a sus alumnos que repitan exactamente lo que ellos dicen porque ésa sea la “única verdad”. Ah, antes que se nos olvide, a nosotros los profesores también nos gustaría tener alumnos como el de la historieta”. Jorge C. Curé, (Fundamentos de la Fisica 1972).
NO SE DEJE COIMEAR* (y menos sea coimero*) SI TENES LA DESGRACIA DE CONDUCIR POR LAS RUTAS ARGENTINAS.................................... ............y te paran por un control de transito.......................... Lo mejor sera pedirle a la lacra* (policia /agente/ gendarme/ etc/ etc) coimera*, cuando te quiera hacer una multa (por no tener la constacia de pago de patente, falta de botiquin, cuarta de remolque, chaleco reflectante o la verificacion tecnica a vehiculos radicados en CABA), que nos confeccione el acta de infraccion Lo mas problable que se haga el dolobu, ya que lo que esta solicitando no corresponde y no existe penalizacion para dicha pseudo-infraccion, solo busca COIMA (y como hay justicia Divina solo caen en la trampa los COIMEROS) Corresponde que te pidan #documento de identidad #registro vigente, que corresponda a a la categoria del vehiculo que se esta conduciendo #cedula verde (con la verde puede manejar cualquier persona dentro del periodo de dos años de emitida) o azul #seguro al dia, esto significa tener una tarjeta, (que algunas Companias aseguradoras entregan), o en su defecto la poliza o algun impreso que figure el periodo de vigencia, NO ES OBLIGATORIO COMPROBANTE DE PAGO NO CORRESPONDE PEDIR COMPROBANTEDE PAGO DE PATENTE #oblea vigente (si el vehiculo tiene GNC) #matafuego 1kg (TIENE QUE ESTAR "AMURADO" EN EL HABITACULO, NO EN EL BAUL!) #balizas HOMOLOGADAS (pueden estar en el baul) NO ES OBLIGATORIO EL CHALECO REFLECTANTE (pero no esta de mas) La capacidad de pasajeros en un auto esta determinada por la cantidad de cinturones de seguridad, y no por lo apoyacabezas (lo logico, en cualquier pais serio, no bananero, ni tercermundista, ni emergente) sucede asi: cinturones de seguridad=apoyacabezas= cantidad de pasajeros, pero aca en ARGENTINA muchas terminales son pijoteras y te ponen 5 apoyacabezas y 4 cinturones o al reves cosa de locos!!) circular con las luces bajas (aun de dia) solo para pocos, si vas con batan, remolque, etc tiene que tener todas la luces y patente habilitada (101) ah! me olvidaba no seas nabo revisa TODAS las luces en especial la de stop, no es por la multa sino por tu propia seguridad Espero que sea de utilidad, (y no se dejen apurar) Saludos buen viaje PP N de R: *Para atajarme de los futuros comentarios, me refiero tan solo a los coimeros, no estoy GENERALIZANDO a todas las fuerzas "vivas", tan solo a las que nombro al principio (a las coimeras), las catalogo de "lacras coimeras", CAPITO? SI NO SOS COIMERO NO TENES QUE SENTIRTE AGREDIDO/A Relacionado con lo precedente, les dejo el link del CESVI interesante pagina para visitar En especial los que tienen esos autos que llaman citadinos, hachtback, etc, que personalmente he clasificado como "huevos fritos", verifiquen, en dicha pagina el puntaje de seguridad que les brinda el auto, mejor dicho autito Aclaro nuevamente, para que no salten como leche hervida, esta categoria de auto son para circular en ciudad, o zonas urbanas, no en ruta, pero las terminales se encargan de no divulgarlo, de todas formas cualquiera que haya viajado a la patagonia, (como para nombrar un lugar) o cualquier otra zona con un viento mayor a lo normal ya lo habra apreciado, (mejor dicho padecido), no mas comentarios.- Fuente CESVI Botiquín La ley de tránsito no exige ningún tipo de botiquín de primeros auxilios. Contar con uno por supuesto nunca está de más. Pero de igual forma, como Centro de Experimentación y Seguridad Vial, podemos decir que el hecho de tener un botiquín en el auto de nada sirve en caso de accidentes vehiculares, ya que las magnitudes de las lesiones que sufren las personas exige que la asistencia la brinde un médico a paramédico especializado. Balizas La Ley de Tránsito, en su Artículo 40º dice que "Para poder circular con automotor es indispensable que posea balizas portátiles normalizadas, excepto las motocicletas. Para las balizas portátiles a ser llevadas en los vehículos automotores, se requerirá que estén fabricadas conforme a las especificaciones de las normas IRAM y de acuerdo a las condiciones enunciadas seguidamente: 1) Las dos balizas que se utilicen para los vehículos deberán cumplir como mínimo con lo establecido en la Norma IRAM 10.031/84 -Balizas Triangulares Retrorreflectoras. 2) Las balizas se llevarán en un lugar accesible. Las retrorreflectivas deben tener forma de triángulo equilátero con una superficie no menor de cinco décimas de metro cuadrado (0,5 m2), una longitud entre cuatro y cinco décimas de metro (0,4 a 0,5 m), y un ancho comprendido entre cinco y ocho centésimas de metro (0,05 a 0,08 m). Tal superficie debe contener material retrorreflectante rojo en un mínimo de doscientas cincuenta centésimas de metro cuadrado (0,25 m2). El resto puede ser material fluorescente anaranjado, distribuido en su borde interno. En la base tendrán un soporte que asegure su estabilidad con vientos de hasta setenta kilómetros por hora (70 km/h). En las restantes características cumplirá con las especificaciones de norma IRAM 10.031/83 "Balizas Triangulares Retrorreflectoras". Con respecto a la colocación, y teniendo en cuenta las altas velocidades con las que conducen muchos conductores argentinos, CESVI ARGENTINA recomienda que en caso de circular en ruta las balizas deben colocarse 75 metros antes y 75 metros después del vehículo. En cambio, en autopistas, como la circulación posee un solo sentido y las velocidades son mayores aun, ambas balizas deben colocarse: la primera a 150 metros del vehículo (antes del mismo) y la segunda a 75 metros del vehículo (obviamente antes también), o sea 75 metros de diferencia entre ambas. Arriba Matafuegos Para el aseguramiento de los matafuegos: - Los matafuegos deberán ubicarse al alcance del conductor, dentro del habitáculo, exceptuándose de esta obligación a los con dos carriles por mano de más de 1 kg de capacidad nominal. - El soporte del matafuegos deberá ubicarse en un lugar que no represente un riesgo para el conductor o acompañante, fijándose de forma tal que impida su desprendimiento de la estructura del habitáculo, no pudiendo fijarse sobre los parantes del techo de la carrocería. - El sistema de aseguramiento del matafuegos garantizará su permanencia, aún en caso de colisión o vuelco, permitiendo además su fácil liberación cuando tenga que ser empleado, debiendo ser metálico. Se prohíbe usar el sistema de abrazadera elástica para su sujeción. - Los matafuegos deben estar fabricados, mantenidos y con un control de carga periódico conforme a las especificaciones de las normas IRAM y de acuerdo a las siguientes condiciones: - Vehículos de Categorías M1 y N1: automóviles y camionetas de uso mixto, con peso bruto total hasta 1.500 kg. llevarán como mínimo 1 matafuego de 1 kg. de capacidad nominal y potencial extintor de 3 B, con indicador de presión de carga. - Vehículos de Categorías M1 y N1: automóviles y camionetas de uso mixto, con peso bruto total hasta 3.500 kg., con capacidad hasta 9 personas sentadas incluyendo al conductor; y los vehículos Categorías M2 con peso bruto total hasta 5.000 kg, con capacidad mayor a 9 personas sentadas incluyendo al conductor, llevarán como mínimo 1 matafuego de 2,5 kg de capacidad nominal y potencial extintor de 5 B, con indicador de presión de carga. - Vehículos de Categorías M3, N2 y N3: con capacidad de carga mayor a 5.000 kg, llevarán como mínimo 1 matafuego de 5 kg de capacidad nominal y potencial extintor de 10 B, con indicador de presión de carga. Si el vehículo está equipado con una instalación fija contra incendio del motor, con sistemas automáticos o que puedan ponerse fácilmente en funcionamiento, las cantidades que anteceden podrán ser reducidas en la proporción del equipo instalado. Para el transporte de Mercancías y Residuos Peligrosos, el matafuego que deberá portar el vehículo estará de acuerdo a la categoría del mismo, y al tipo de potencial extintor que determine el dador de la carga. Asimismo, deberá adoptar las indicaciones prescritas en el Reglamento de Transporte de Mercancías y Residuos Peligrosos y en la Ley N° 24.051, de acuerdo al siguiente criterio: el extintor de incendios tendrá la capacidad suficiente para combatir un incendio de motor o de cualquier otra parte de la unidad de transporte y de tal naturaleza que si se emplea contra el incendio de la carga no lo agrave, y si es posible, lo combata.