Desy_2008
Usuario (Argentina)
PROYECTO DE LEY Creación de un Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas, No codificante, para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires CAPITULO I Disposiciones preliminares Artículo 1º. Creación: Créase en el Ämbito de Ministerio de Jusitica y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas , - en adelante „el Registro“ constituido sobre la base de la huella genética digitalizada obtenida de un análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN), en las circunstancias y bajo las modalidades establecidas por la presente Ley. Artículo 2º. Definición: A los fines de esta ley se entiende por huella genética digitalizada el registro alfanumérico personal elaborado exclusivamente sobre la base de información que comprenda un mínimo de trece (13) marcadores genéticos validados a nivel internacional, que carezca de asociación directa en la expresión de genes no codificantes, que aporte sólo información identificatoria y que resulte apto para ser sistematizado y codificado en una base de datos informatizada. Artículo 3º. Finalidad del Registro: El Registro tendrá por objeto: a) Obtener y almacenar información genética asociada a una huella genética digitalziada , a los efectos de facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial, en relación a la identidad de autores o supuestos autores de hechos delictivos particularmente en lo relativo a la individualización de las personas responsables sobre la base de la identificación de un perfil genético del componente de ADN no codificante. b) Contribuir a resolver conflictos judiciales no penales, siempre que medie pedido expreso y fundado de la autoridad judicial interviniente y que aquél guarde conformidad con lo establecido en la presente Ley. c) Facilitar la identificación de personas y contribuir a rastrear el paradero de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas. d) Discriminar las huellas del personal policial y técnico que intervenga en alguna forma en el lugar del hecho investigado y/o en la obtención/cuidado de la muestra biológicaa para determinar posibles casos de contaminación biológica de la misma. Artículo 4º. Principio de confidencialidad :La información contenida en el Registro tendrá carácter estrictamente confidencial y secreto. En ningún caso podrá solicitarse o consultarse la información contenida en aquél, para otros fines distintos a los expresamente establecidos. Bajo ningún supuesto el Registro podrá ser utilizado como base o fuente de discriminación, estigmatización, vulneración de la dignidad, intimidad, privacidad u honra de persona alguna. Artículo 5º Naturaleza de los Datos :. El Registro deberá estar inscripto conforme la Ley Nacional Nr. 25.326 en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales para su efectivo contralor. CAPITULO II Registración de huellas genéticas Artículo 6º. Contenido: El Registro estará integrado por las siguientes Secciones : a) Sección Evidencias y Antecedentes: Integrado por Huellas genéticas asociadas a la evidencia que hubiere sido obtenida en el curso de una investigación policial o en un proceso penal y que no se encontraren asociadas a persona determinada. b) Sección Víctimas : Huellas genéticas de las víctimas de un delito obtenidas en un proceso penal o en el curso de una investigación policial en la escena del crimen, siempre que la victima no se hubiese opuesto expresamente a su incorporación c) Sección Fallecidos, Desaparecidos y sus Familiares :Huellas genéticas de cadáveres o restos humanos no identificados, material biológico presumiblemente proveniente de personas extraviadas y de personas que teniendo un familiar desaparecido o extraviado, acepten voluntariamente donar una muestra biológica que pueda resultar de utilidad para su identificación. d) Sección Imputados y Procesados: Huellas genéticas que se encontraren asociadas a la identificación de personas imputadas y procesadas e) Sección Condenados: Condenados en un proceso penal o contravencional, debiéndose agrupar las huellas por delitos cometido. f) Sección personal policial , técnico y cuerpos de seguridad: Huellas genéticas del personal perteneciente a la Policía o a otros cuerpos técnicos o a cuerpos seguridad pública que intervenga en la jurisdicción de la Ciudad. g) Sección voluntaria : Huellas genéticas de toda persona que voluntariamente manifieste su deseo de incorporar su perfil genético al Registro . h) Huellas genéticas de la totalidad de los recién nacidos en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir de transcurrido dos años de entrada en vigencia de esta ley. i) Sección interjurisdiccional, provincial, nacional y extranjera : Huellas genéticas aportadas por otras jurisidicciones, ya sean nacionales, provinciales y/o extranjeras Artículo 7º. Obtención de muestras: En los casos de los incisos a), b), c), d) y e) del artículo anterior, sólo la autoridad judicial competente en el curso de una investigación o proceso penal, puede disponer la obtención de las muestras biológicas que posibiliten la elaboración de las respectivas huellas genéticas. En el caso del inciso f) también pueden obtenerse las muestras biológicas por orden de la autoridad administrativa competente y en los inciso g) e i) según el procedimiento que establezca la reglamentación de la presente ley. Artículo 8º. Incorporación de huellas: El Registro incorporará la totalidad de las huellas genéticas digitalizadas que se hayan obtenido, conforme lo establecido en el artículo anterior. Artículo 9º. Obtención de huellas de condenados: Facúltase al Poder Ejejcutivo a suscribir convenios con la autoridad nacional correspondiente para que en oportunidad de realizarse los estudios médicos que fija la normativa que regula la ejecución de la pena privativa de la libertad ( art. 13 y 144 de la ley nacional Nr. 24.660) se puedan obtener las muestras biológicas necesarias que permitan obtener las huellas genéticas digitalizadas de las personas quehubieran sido condenadas por delitos cometidos en la jurisdicción de la Ciudad - incluso con anterioridad al dictado de esta ley-, y se encontraren actualmente cumpliendo su condena en establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal, con miras a ser incluidas en el Registro. CAPITULO III Funciones y Responsabilidades Artículo 10º: Funciones del Registro: Son funciones del Registro: a) Organizar y poner en funcionamiento una base de datos que registre y sistematice las huellas genéticas digitalizadas conforme lo establecido en los artículos 8º y 9º de la presente Ley. b) Proceder a la extracción de muestras biológicas que fueren útiles para la determinación de la huella digital genética c) Recepcionar y cuidar las muestras biológicas que fueren útiles para la determinación de la huella genética. d) Preservar las muestras biológicas y los resultados que de ellas se obtengan mientras se realiza su procesamiento, velando en todo momento que no sea violada ni interrumpida la cadena de custodia. e) Proceder a la destrucción de las muestras biológicas , una vez obtenidos los datos identificatorios necesarios para los fines del Registro, y la conservación de una ficha genética con los datos no codificantes, para ser incluidos en el sistema informático. En los casos del artículo 6° inc. a), b),c), d) y e) la muestra deberá conservarse hasta que sus causas cuenten con sentencia firme. f) Remitir los informes solicitados por el Poder Judicial de la Ciudad,de las Provincias, o de la Nación, o por el representante del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad, de las Provincias o de la Nación respecto de los datos contenidos en la base. g) Mantener estricta reserva respecto de la información comprendida en el Registro, obligación que se extiende a todos aquellos que en razón de su función tomen conocimiento de su contenido y que subsistirá aún después de finalizada su relación con el Registro. h) Adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales de modo de evitar su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado y que permitan detectar desviaciones intencionales o no de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado. Artículo 11º. Deber de reserva: Toda persona que intervenga en la toma de muestras, obtención de evidencias y determinación de huellas genéticas, deberá mantener la reserva de los antecedentes. Artículo 12º. Incumplimiento: El incumplimiento de la obligación de reserva establecida en el artículo anterior, conllevará las sanciones penales, administrativas y civiles que correspondan. Artículo 13º. Deber de cuidado. Quienes, interviniendo en alguno de los procedimientos regulados en la presente Ley en razón de su cargo o profesión pongan en peligro la integridad de la cadena de custodia o permitieren el acceso a los registros o exámenes o a las muestras biológicas a personas no autorizadas o los divulgaren o usaren indebidamente, serán pasibles de las sanciones administrativas, penales y civiles que correspondan Artículo 14º. Acceso indebido. Quienes, sin tener las calidades referidas en el artículo precedente e ilegítimamente, violaren sistemas de confidencialidad y seguridad de datos, accedieren a los registros, exámenes o muestras de (ADN), los divulgaren o los usaren indebidamente, les serán igualmente aplicables sanciones administrativas, civiles y penales, según corresponda. Articulo 15: Eliminación de la información genética: Las huellas genéticas contenidas en la Sección Evidencias y Antecedentes, serán eliminadas una vez transcurridos treinta años desde la fecha de su incorporación a éstos. Las huellas genéticas en la Sección Imputados y Procesados serán eliminados a los 10 años de que hubieren sido absueltos o al retirarse los cargos. Las demás huellas genéticas contenidas en las restantes secciones, incluyendo la de los condenados con sentencia firme, no se eliminan. CAPITULO lV Disposiciones finales Artículo 16º Examenes de ADN. Los exámenes de ADN no codificante sobre las muestras biológicas extraídas, se practicarán en el ámbito del Banco Nacional de Datos Genéticos creado por ley 23.511 y/o en de los Laboratorios públicos o privados que cuenten con habilitación del Ministerio de Salud de la Ciudad y cumplan con las normas internacionales de calidad exigidas internacionalmente, con los cuales el Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas realice. Artículo 17º. Intercambio de información y convenios. El Registro deberá promover el intercambio de información con otros registros análogos de diversas jurisdicciones, incluyendio las extranjeras. Artículo 18º Reglamentación. El Poder Ejecutivo , por intermedio del Ministerio de Justicia, en el plazo de 120 días, debe dictar el reglamento que determinará las características del Registro de Huellas Genéticas Digitalizadas, poniendo especial atención en: a) Fijar los tiempos y plazos de su puesta en funcionamiento, que podrá ser total o por etapas; b) regular los requisitos y condiciones que deberán cumplir las instituciones y organismos públicos y privados que deseen acreditar su idoneidad para determinar huellas genéticas y ser parte de eventuales convenios con el Registro, y c) establecer los estándares de capacitación con la que debe contar la policia científica que tome las muestras.. Artículo 19º. Gasto. Autorízase al Ministerio de Economía a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el gasto que demande la aplicación de la presente Ley. Artículo 20. Inscripción. El Registro debe estar inscripto en el registro creado a tal efecto por la Ley Nacional Nº 25.326 en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, a los fines del cumplimiento al Art. 21 de la misma. Artículo 21. De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

La pena de muerte: ¿Qué es la pena de muerte? La pena de muerte o pena capital se define como: “Una sanción penal que ordena la privación de la vida al delincuente. Ejecución que tiene muchas variantes, pero en común deben matar a quien se aplique”. La pena de muerte es “la sanción (castigo) jurídica capital, la más rigurosa de todas, consiste en quitar la vida a un condenado mediante los procedimientos y órganos de ejecución establecidos por el orden jurídico que la instituye”. Una ejecución no es simplemente la muerte. Es tan diferente de la privación de la vida como un campo de concentración lo es de una prisión. Convierte a la muerte en una ley, en una premeditación pública conocida para la futura víctima, en una organización que es en sí misma una fuente de sufrimientos morales más terribles que la muerte. La pena capital es la forma más premeditada de asesinato, con la que ningún acto criminal se puede comprar, por muy calculado que éste sea. Para que existiera un equivalente, la pena de muerte debería castigar a un criminal que hubiera avisado a su víctima de la fecha en la que le provocaría la muerte y que, desde ese momento, la hubiera mantenido confinada durante meses a su merced. Países abolicionistas y retencionistas Más de dos tercios de los países del mundo ha abolido la pena de muerte en su legislación o en la práctica. El número de países abolicionistas y retencionistas se distribuye en la actualidad de la siguiente forma: Abolicionistas para todos los delitos: 92 Abolicionistas sólo para delitos comunes : 11 Abolicionistas de hecho: 34 Total de abolicionistas en la legislación o en la práctica: 137 Retencionistas: 60 A continuación figuran las listas de países conforme a estas categorías: abolicionistas para todos los delitos, abolicionistas sólo para delitos comunes, abolicionistas de hecho y retencionistas. Al final encontrarás una lista de los países que han abolido la pena de muerte desde 1976. De su análisis se concluye que en la última década una media de más de tres países al año han abolido la pena capital en su legislación o, tras haberlo hecho para los delitos comunes, han ampliado la abolición a todos los delitos. 1. Abolicionistas para todos los delitos Países cuyas leyes no establecen la pena de muerte para ningún delito. Albania, Alemania, Andorra, Angola, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bélgica, Bosnia c Herzegovina, Bulgaria, Bután, Cabo Verde, Camboya, Canadá, Chipre, Colombia, Costa de Marfil, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estado Vaticano, Estonia, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Guinea-Bissau, Haití, Honduras, Hungría, Irlanda, Islandia, Islas Cook, Islas Marshall, Islas Salomón, Italia, Kiribati, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia (ex Rep. Yug.), Malta, Mauricio, México, Micronesia, Moldavia, Monaco, Montenegro, Mozambique, Namibia, Nepal, Nicaragua, Niue, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Palau, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Dominicana, Rumania, Ruanda, Samoa, San Marino, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Serbia, Seychelles, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Timor Oriental, Turkmenistán, Turquía, Tuvalu, Ucrania, Uruguay, Uzbekistán, Vanuatu, Venezuela, Yibuti. 2. Abolicionistas sólo para delitos comunes Países cuyas leyes establecen la pena de muerte únicamente para delitos excepcionales, como los delitos previstos en el código penal militar, o los cometidos en circunstancias excepcionales, como los cometidos en tiempo de guerra. Argentina 1948 Bolivia 1997 Brasil 1979 Chile 2001 El Salvador 1983 Fiyi 1979 Israel 1954 Kazajistán 2007 Kirguistán 2007 Letonia 1999 Perú 1979 3. Abolicionistas de hecho Países que mantienen la pena de muerte para los delitos comunes, como el asesinato, pero que pueden ser considerados abolicionistas de hecho dado que no han ejecutado a nadie durante los últimos diez años y se cree que mantienen una política o una práctica establecida de no llevar a cabo ejecuciones. En esta lista se incluyen también países que se han comprometido internacionalmente a no hacer uso de la pena capital. Argelia, Benín, Brunéi, Burkina Faso, Congo (Rep. Dem.), Corea del Sur, Eritrea, Rusia, Gabón, Gambia, Ghana, Granada, Kenia, Laos, Madagascar, Maldivas, Malaui, Malí, Marruecos, Mauritania, Myanmar, Nauru, Níger, Papúa-Nueva Guinea, República Centroafricana, Sri Lanka, Surinam, Suazilandia, Tanzania, Tayikistán, Togo, Tonga, Túnez, Zambia. 4. Retencionistas Países y territorios que mantienen la pena de muerte para delitos comunes. Afganistán, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Autoridad Palestina, Bahamas, Bahréin, Bangladesh, Barbados, Belice, Bielorrusia, Botsuana, Burundi, Camerún, Comoras, Congo (Rep. Dem.), Corea del Norte, Cuba, Chad, China, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Etiopía, Guatemala, Guinea, Guinea Ecuatorial, Guyana, India, Indonesia, Irak, Irán, Jamaica, Japón, Jordania, Kuwait, Laos, Lesoto, Líbano, Libia, Malaisia, Mongolia, Nigeria, Omán, Pakistán, Qatar, San Cristóbal y Nevis, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Sierra Leona, Singapur, Siria, Somalia, Sudán, Tailandia, Taiwán, Trinidad y Tobago, Uganda, Vietnam, Yemen, Zimbabue. Países que han abolido la pena de muerte desde 1976 1976: Portugal abolió la pena de muerte para todos los delitos. 1978: Dinamarca abolió la pena de muerte para todos los delitos. 1979: Luxemburgo, Nicaragua y Noruega abolieron la pena de muerte para todos los delitos. Brasil, Fiyi y Perú abolieron la pena de muerte para los delitos comunes. 1981: Francia y Cabo Verde abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1982: Países Bajos abolió la pena de muerte para todos los delitos. 1983: Chipre y El Salvador abolieron la pena de muerte para los delitos comunes. 1984: Argentina abolió la pena de muerte para los delitos comunes. 1985: Australia abolió la pena de muerte para todos los delitos. 1987: Haití, Liechtenstein y la República Democrática Alemana (1) abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1989: Camboya, Nueva Zelandia, Rumania y Eslovenia (2) abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1990: Andorra, Croacia (2), La República Federativa Checa y Eslovaca (3), Hungría, Irlanda, Mozambique, Namibia y Santo Tomé y Príncipe abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1992: Angola, Paraguay y Suiza abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1993: Guinea-Bissau, Hong Kong (4) y Seychelles abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1994: Italia abolió la pena de muerte para todos los delitos. 1995: Yibuti, Mauricio, Moldavia y España abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1996: Bélgica abolió la pena de muerte para todos los delitos. 1997: Georgia, Nepal, Polonia y Sudáfrica abolieron la pena de muerte para todos los delitos. Bolivia abolió la pena de muerte para los delitos comunes. 1998: Azerbaiyán, Bulgaria, Canadá, Estonia, Lituania y el Reino Unido abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 1999: Timor Oriental, Turkmenistán y Ucrania abolieron la pena de muerte para todos los delitos. Letonia (5) abolió la pena de muerte para los delitos comunes. 2000: Albania (6) abolió la pena de muerte para los delitos comunes. Costa De Marfil y Malta abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 2001: Bosnia y Herzegovina (7) abolió la pena de muerte para todos los delitos. 2002: Chipre y Yugoslavia (ahora Serbia y Montenegro) abolieron la pena de muerte para todos los delitos.. 2003: Armenia abolió la pena de muerte para todos los delitos. 2004: Bután, Grecia (8), Samoa, Senegal y Turquía abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 2005: Liberia (9) y México abolieron la pena de muerte para todos los delitos. 2006; Filipinas abolió la pena de muerte para todos los delitos. 2007: Albania (6), Islas Cook y Ruanda abolieron la pena de muerte para todos los delitos. Kirguistán abolió la pena de muerte para los delitos comunes. 2008: Uzbekistán abolió la pena de muerte para todos los delitos. Notas: (1) En 1990, la República Democrática Alemana se unificó con la República Federal Alemana, donde la pena de muerte se había abolido en 1949. (2) Eslovenia y Croacia abolieron la pena de muerte cuando eran aún repúblicas de la República Federativa Socialista de Yugoslavia. Las dos repúblicas obtuvieron su independencia en 1991. (3) En 1993, la República Federativa Checa y Eslovaca se dividió en dos Estados, la República Checa y Eslovaquia. (4) En 1997, Hong Kong fue devuelto a la soberanía china como región administrativa especial. Amnistía Internacional tiene entendido que la región administrativa sigue siendo abolicionista. (5) En 1999, el parlamento letón aprobó la ratificación del Sexto Protocolo del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, con lo que quedó abolida la pena de muerte para delitos cometidos en tiempos de paz. (6) En 2000, Albania ratificó el Sexto Protocolo del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, con lo que quedó abolida la pena de muerte para delitos cometidos en tiempos de paz. (7) En 2001, Bosnia y Herzegovina ratificó el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con lo que quedó abolida la pena de muerte para todos los delitos. (8) En noviembre de 2004, el parlamento griego aprobó la ratificación del Protocolo núm. 13 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, con lo que quedó abolida la pena de muerte para todos los delitos. (9) En 2005, Liberia ratificó el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con lo que quedó abolida la pena de muerte para todos los delitos. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PENA DE MUERTE La pena capital fue rechazada por la iglesia hasta el siglo XI. Es en el siglo XVIII cuando la humanidad empieza a plantearse si dicha pena cumple una utilidad dentro de la sociedad. La pena de muerte empieza a imponerse con mayor frecuencia y de forma más cruel y despiadada, llegando incluso a aplicarse en algunos lugares de Alemania, con el único fin de que no prescribiera. A mediados del siglo XVIII se inicia una controversia sobre la pena capital que perdurará hasta la actualidad. Abolicionistas y antiabolicionistas podemos encontrar tanto entre positivistas, entre partidarios de una dirección intermedia y entre técnico-jurídicos. Defensores de la pena capital han sido Rousseau, Balmes, Garofalo, Alfonso de Castro, Lombroso, etc... Veamos lo que describía Rousseau en su obra el Contrato Social: "Todo malhechor, , atacando el derecho social, conviértese en rebelde y traidor a la patria (...) La conservación del Estado es entonces incompatible con la suya; es preciso que uno de los dos perezca". Entre los partidarios de la abolición de la pena de muerte encontramos a Voltaire, Unamuno y Pellegrino Rossi entre otros. Éste último distingue entre el presente y futuro, afirmando que la pena capital cumplía una función positiva en una época determinada, teniendo que ser abolida cuando dejase de cumplir dicha función. Pero el más destacado fue Cesare de Beccaria, que en su obra De los Delitos y las Penas profesa la inutilidad de la pena capital, y por tanto, al ser inútil, aboga por su desaparición. En mayo de 1974 los profesores numerarios españoles de Derecho Penal, solicitan la abolición de la pena de muerte, siendo en la actualidad la postura prevalente entre los especialistas del tema. La pena de muerte fue aplicada en el mundo oriental, en el griego, en el romano y, a pesar de los sentimentalismos del cristianismo primitivo, en las instituciones jurídicas de la Iglesia imperial, de la bárbara, de la feudal y de la Inquisición, afianzándose vigorosamente en los estatutos y en las leyes de la Edad Media y particularmente durante los siglos XVI, XVII y XVIII. Cabe citar que algunos pueblos antiguos no conocieron la pena de muerte u otorgaron a la misma un lugar extremadamente modesto en el catálogo punitivo. EVOLUCIÓN DE LA PENA DE MUERTE (S. XVIII- Actualidad) En el s. XVIII la humanidad se plantea, por primera vez, el problema de la existencia de la pena capital. El derecho penal de la primera mitad del s.XVIII se caracteriza por : a)Su endurecimiento: impone la pena capital a una persona con 17 años cumplidos, que hubiese cometido un simple hurto en la Corte o dentro de cinco leguas de su rastro y distrito. b) La trascendencia a los familiares: éstos son expulsados del país, y con lo cual, pierden todos sus bienes. c) La posibilidad de imponer penas arbitrarias. d) La desigualdad ante las penas según la categoría del condenado e)El calificar como delitos más graves los de lesa majestad divina y humana. f) El emplear, pródigamente, la pena de muerte y el ejecutarla eligiendo modalidades crueles. En sus orígenes, el movimiento abolicionista, no siempre fue total, es decir, no siempre se pide, ni tampoco se consigue, la abolición de la sanción capital, reduciendo los delitos merecedores de dicha sanción. Entrando en el s.XIX es cuando en algunos países empieza a abogarse por la abolición total. Desde mediados del siglo pasado hasta la primera guerra Mundial, prosigue, cada vez con más firmeza, el movimiento abolicionista : doctrinal y legislativo. La posguerra es la primera contienda mundial, no es favorable para el movimiento abolicionista, debido a una serie de factores: el aumento de la criminalidad violenta, sangrientas conmociones políticas y sociales, etc... Lo mismo sucedió en el período de la Segunda Guerra Mundial. En este periodo, se produce un retroceso del abolicionismo. Sin embargo, podemos afirmar, que tras las conmociones que han acontecido en el mundo durante el s.XX (Guerras Mundiales, exterminio judío, y actualmente las guerras en los países africanos, en el este de Europa, etc...) han hecho replantear la abolición de la pena de muerte. Como veremos en el siguiente bloque, la evolución del abolicionismo ha sido ascendente en la segunda mitad del s.XX. Podemos destacar, que los países retencionistas se concentran, en su gran mayoría, en Asia y África. Así, no es de extrañar, que en la tabla anterior, salieran los países de estas zonas. En segundo lugar, podemos observar que estos países o bien han vivido, o viven bajo regímenes políticos dictatoriales, o bien han tenido situaciones sociales y económicas difíciles. Si bien esta no es una condición suficiente para que un país sea retencionista –prueba de ello es EEUU- si es una constante que se da en muchos de ellos. Es evidente, que los regímenes políticos dictatoriales mantienen la pena de muerte como una arma política, frente a cualquier disidencia, y para mantener el orden social establecido. Este es el caso de China, o ya fuera del área africana o asiática, en el Caribe, de Cuba. En el continente africano, pero, también encontramos países, en el norte y centro, que a pesar de tenerla en vigor, no la aplican. Por último, me gustaría destacar el caso Sur-americano, puesto que también países que provienen , muchos de ellos, de largos regímenes dictatoriales, y muchos de ellos, son abolicionistas para todos los delitos. ARGUMENTOS A FAVOR Y EN CONTRA Hemos visto ya que la pena de muerte es una realidad en el mundo de nuestros días. Sin embargo, para que sea una realidad hace falta que haya unas ideas que la sustenten o la derriben. Aquí vamos a ver cuáles han sido hasta nuestros días estas ideas, por un lado las que la mantiene, y por otro las que han conseguido abolirla. Este bloque, pues estará dividido por estos dos apartados: ideas a favor e ideas en contra. A FAVOR Para hacer más entendedor este apartado iremos enumerando las diferentes ideas: 1) Razón de Justicia: esta idea se sustenta por un lado, por fundamentaciones religiosas, cuya máxima expresión se encuentra en el Antiguo Testamento, como puede ser la Ley de Talión: "Vida por vida, ojo por ojo, diente por diente"; También cabe destacar desde fundamentaciones religiosas, que las penas deben tener como base la necesidad de expiación. En definitiva, el castigo supremo siempre ha estado presente en la sociedad. Por otro lado, se fundamenta en las Teorías Absolutas de la pena, cuya máxima era la pena justa (punitur quia peccatum est). Estas teorías se basan en la libertad e igualdad naturales de todos los hombres. Por lo tanto, cuando un hombre comete un delito, se ha de retribuir al autor del delito con una pena equivalente al mal que ha ocasionado. 2) Utilidad Social: A diferencia de las Teorías absolutas, que respondían al interrogante de porqué castigar, las Teorías Relativas, responden al de para qué castigar. Precisamente, una de las respuestas a esta pregunta, da fundamentación a la pena de muerte. Concretamente, dentro de las Teorías relativas, se encuentran las Teorías de la Prevención General y en concreto de la Prevención General Negativa. Éstas, se basan en la idea de crear ciertas contramotivaciones en los transgresores potenciales. Es decir, dotan la pena de un carácter disuasorio e intimidatoria. Sin duda alguna, si el individuo es racional, y hace un balance sobre las ventajas y desventajas de cometer un crimen, la pena de muerte, evitaría que el crimen tuviera beneficio alguno. Sin embargo, como veremos más adelante en las argumentaciones en contra, esto no ha sido aún demostrado. 3) Ejercicio de la legítima Defensa: esta argumentación se basa en la idea de que el sujeto, víctima del delito, no ha podido ejercer su Derecho a la Legítima defensa, y por lo tanto, es la sociedad quien debe llevarla a cabo. La pena de muerte, sería pues, un asesinato en legítima defensa. Esta idea se resume bien con la cuestión planteada por Jacques Légaré en un ejemplo de disertación filosófica sobre la pena de muerte: "En plus, si nous acceptons la légitime défense qui nous excuse de tuer notre agresseur, pourquoi refuserions-nous le même droit au tribunal qui représente la société tout entière?". 4)Miedo a la fuga o a la reincidencia : este sentimiento de pánico y temor, conlleva, apoyar la pena de muerte, puesto que si el sujeto delincuente consiguiera escapar del control penitenciario, podría cometer los mismos delitos. Este tipo de argumentación fue utilizada por las teorias positivistas, especialmente por Lombroso. Cabe recordar que en la tipología de delincuentes de este autor, introdujo la del delincuente nato, el cual padecía de algún tipo de patología. Ello suponía, que no era posible la resocialización de dicho delincuente, y por lo tanto, la única política criminal viable era la eliminación del sujeto. 5) No existe riesgo de sentenciar a un inocente: la existencia de garantías jurídicas, tales como las apelaciones, la revisión obligatoria de la sentencia de muerte, etc..., impide que sólo se condene a los culpables reales de los hechos delictivos. No existe pues, riesgo de errores. 6) Costes económicos: Los partidarios de la pena de muerte sostienen que la pena de muerte es, en términos económicos, más rentable, que las alternativas que se presentan a dicha sanción. Veamos la siguiente Tabla : EN CONTRA Volveremos a estructurar este apartado como el anterior, es decir, enumerando las diferentes ideas. Además, podemos ver que la mayoría de las argumentaciones, son las réplicas a las anteriores. 1)Razón de Justicia: Recordábamos antes, que había dos fundamentaciones a esta argumentación. Ahora, al igual que antes, ahora también. Por un lado, des de un punto de vista religioso, si bien es cierto que en el Antiguo Testamento se profesan ideas tales como la ley del Talión, como apunta Albert Camus: "Se trata de un sentimiento, particularmente violento, no de un principio. El Talión pertenece al orden de la naturaleza y del instinto (...) Si el crimen pertenece a la naturaleza humana, la ley no pretende imitar o reproducir tal naturaleza. Está hecha para corregirla."; por otro lado caben confrontar otras consideraciones dogmáticas religiosas, como el amor al prójimo, el perdón, entre otras. Sin embargo, dichas consideraciones dogmáticas religiosas, no son suficientes para esclarecer la cuestión de la pena de muerte. Sería necesario acudir a los datos que nos proporcionan las ciencias sociales (criminología, sociología, psicología, etc...). En segundo lugar, por lo que se refiere ya a argumentaciones de tipo filosófico-jurídicas, no cabe fundamentar la pena justa. Pues como apunta Roxin, al mal del delito se le suma el mal de la pena. Éste es uno de los ejemplos críticos a las Teorías Absolutas. Y también cabe destacar la crítica realizada por Mir Puig, que apunta a que no es propia del estado moderno la aspiración por la realización de la justicia absoluta sobre la tierra, puesto que el Estado mantiene una clara distinción entre moral, religión y derecho. En definitiva que las sentencias no se pronuncian en nombre de Dios, sino en el del pueblo. Por último, cabe recordar también la Teoría del Intercambio de Homans, en la que el autor, apunta: " Cuanto más golpea uno, más golpea el otro, pues resulta satisfactorio lastimar a quien nos lastima". Quizás, bajo el supuesto de la realización de justicia, se esconda el placer, como apunta Homans. Ello es debido al intercambio de castigos. 2) Utilidad Social: No está demostrado, que la pena cumpla una función de prevención general negativa, o sea de intimidación a los potenciales infractores. Prueba de ello, es que si fuera así, en primer lugar, ya no existirían delitos. Y en segundo lugar, se parte de que el delito es una acto racional, en el que el delincuente evalúa los costes y beneficios. Esta premisa puede ser falsa, pero en el caso de que fuera cierta, el sujeto delincuente, espera o bien que no lo descubran, o bien, salir mejor parado del proceso judicial. También cabe destacar la argumentación de que, en contra de obtener una prevención, se genera una espiral de violencia. El hecho de asesinar a una persona, por parte del Estado, puede conllevar que ese acto se copie y provoque así, la violencia que quería disminuir. Por último, cabe destacar que, como afirman los partidarios de la pena de muerte, sea posible que en algunos países en los que la pena de muerte ha sido abolida se haya producido un incremento en la criminalidad registrada. Pero esta afirmación hay que matizarla, en el sentido de que es posible que una parte de esta criminalidad fuera anteriormente oculta ( no registrada), o bien, que este aumento sea debido a la consecución de delitos menos graves. Por tanto, se puede afirmar que la función intimidatoria de la pena capital, está aún por demostrar. 4) En relación con la legítima defensa o la venganza de la víctima, se le suponen unas intenciones que no pueden ser demostradas. Puede ser posible, que si la víctima pudiera expresarse, no pidiera su venganza, sino el perdón: "Les victimes auraient-elles toutes souhaiter qu’on les venge? On peut le supposer à voir le pape pardonner publiquement à son agresseur qui attenta à sa vie." 5)Irreversibilidad de la pena de muerte respecto del error judicial: Si bien cada día más, los errores judiciales son menos frecuentes, hay riesgo de condenar a un inocente. Pero además con el agravante de que en el caso de la pena de muerte no se puede compensar al sujeto por el error. 6)Costes económicos: En los costes sobre la pena de muerte, no sólo hay que computar el coste que tiene en si misma la ejecución, sino también, el coste de todo el proceso judicial, es decir, apelaciones, jueces, y, además, los costes sociales de esta sentencia. Estos costes sociales, deberían ser estimados, para ver si realmente, la pena de muerte es rentable o no. El argumento de los costes económicos, lleva consigo una parte oculta, se pueden computar dos veces los mismos costes, etc...Además, diferentes estudios realizados revelan que la pena de muerte es menos rentable que el mantenimiento en prisión del sujeto. Las diferencias entre los diferentes estudios cabría analizarlas, pero además se debería computar, como hemos dicho los costes sociales. Por ello, creemos que este tipo de argumentaciones no deberían ser tenidas en cuenta, aunque sin duda, en la sociedad en la que vivimos actualmente, tiene, para el sistema político y los ciudadanos un gran interés. 7)Discriminación de la pena de muerte: Los Tribunales ejercen una selección entre los autores de los delitos, ya sea por motivos económicos o étnico-raciales. Así, por ejemplo, la diferencia de recursos económicos que existe entre los que poseen un buen nivel adquisitivo y las clases más desfavorecidas, provoca que frente a un mismo hecho delictivo, los primeros puedan ser asistidos por profesionales con mayor rigor, que los otros. Este factor es especialemente importante en EE.UU, en donde el coste de defensa es muy elevado y las clases bajas no pueden costearlo, lo que significa, con mucha probabilidad una sentencia condenatoria. Por lo que se refiere al factor étnico, también en EE.UU, determinados sectores son más propicios a obtener este tipo de sentencias. Así, los chicanos, negros, etc... son los delincuentes sobre los que recae la pena de muerte. Para verlo más claramente veamos las cifras que publica el Departamento de Justicia de EE.UU.: Pena de Muerte en el Derecho Penal Argentino. La tendencia de nuestra codificación ha sido reducir las penas, y actualmente el Código Penal las ha reducido a pena de reclusión, prisión, multa e inhabilitación 8art. 5). La pena de muerte fue admitida por la ley 49, el proyecto de Tejedor de 1881, el código de 1886, la Ley de Reformas 4189 (22-8-903) y la Ley de Seguridad Social 7029 (30-6-1910), asi como los Proyectos de 1891 y 1906 y el Proyecto de Reformas del Senado de 1933. La eliminó el Proyecto de 1917 y sus razones fueron la falta de derecho de matar al semejante, la irreparabilidad del mal, la necesidad de que el condenado viva para reparar el perjuicio causado a la víctima y a la familia, la imposibilidad de un diagnóstico de incorregibilidad absoluta del autor en cuya virtud puede afirmarse que sea necesario matar, las contadísimas ocasiones en que se aplicó la pena de muerte establecida en el Código de 1886 y finalmente, la tendencia abolicionista de la legislación comparada El código penal de 1922 no receptó la pena de muerte; lo hizo, en cambio, el articulo 11 de la Ley de Espionaje y Sabotaje 13.985 (11-10-950), derogada por la ley 16.648 (30-10-964). La restableció la ley 18701 (2-6-970) y la mantuvo la ley 18953 (17-3-971), que derogó la anterior. La ley 18953 la conminó, en forma alternativa con la reclusión perpetua, para el latrocinio (art. 80 inc 7) y otros homicidios calificados (art. 80bis), para determinados atentados contra la libertad personal (art. 142), la asociación ilicita (art. 210 ter) el atentado del art 225 ter y el uso de medios identificatorios del art. 247 ter, 2ª y 3ª parte. Se trataba de un sistema de defensa frente al auge del bandolerismo y como refuerzo, aparentemente ineficaz, de la incapacidad de las fuerzas policiales, de seguridad y militares. La ley 20509 privó de eficacia a esas disposiciones, pero luego la ley 21.338 restauró la vigencia de la pena de muerte para muchos delitos. Finalmente la ley 23077 eliminó del Código Penal la pena de muerte y esta prohibido su restablecimiento (art. 75 inc. 22 CN y Convención Americana sobre los Derechos Humanos art 4º inc. 3º ). Las razones jurídicas fundamentales para excluir la pena de muerte del derecho penal común son, por una parte, que ella implica el abandono del fin individual de la pena, porque no tiende a la readaptación del delincuente. Pena de muerte en el marco de la ONU. Las Naciones Unidas desde su fundación han manifestado preocupación por el tema de la pena capital, asi el 20 de noviembre de 1959 en su resolución 1396 (XIV) La Asamblea General invitó al Consejo Económico y social a iniciar un estudio sobre la pena capital, por lo que la Secretaría preparó los respectivos informes a partir de 1.962, 1967 y 1973. La Asamblea General, en su resolución 2857 (XXVI) de 20 de diciembre de 1971, "afirmó que el objetivo principal era restringir progresivamente el número de delitos en los que se incurre con dicha pena, sin perder de vista la conveniencia de abolir esa pena en todos los países". En el informe del Secretario General, respecto del período de sesiones sustantivo de 1995, resume, "en su 54avo. periodo de sesiones, el Consejo Económico y Social pidió al secretario General que presentara informes periódicos actualizados y analíticos sobre la pena capital a intervalos quinquenales a partir de 1975 … asimismo … que utilizara todos los datos disponibles, incluida la actual investigación criminológica, a partir de que se presentara al consejo en 1995, también trataran la aplicación de las salvaguardas para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte. En el presente informe se examina el uso y la tendencia de la pena capital, incluida la aplicación de las salvaguardas durante el periodo 89/93." En el análisis de las respuestas recibidas, estas se clasificaron en a) abolicionistas, las que no proveen la pena de muerte en sus legislaciones ni para los delitos comunes ni para los militares, b) abolicionistas de facto, los que mantienen la pena de muerte en delitos comunes pero no han ejecutado a nadie durante los últimos años, cuando menos y c) retencionistas, los que la pena de muerte esta vigente y en los que ha habido ejecuciones. Los resultados finales de la quinta encuesta quedaron de la siguiente forma: Retencionistas 92 Totalmente abolicionistas 56 Abolicionistas para los delitos comunes únicamente 14 Abolicionistas de facto 28 Como se puede ver es mucho mayor el numero de países retencionistas de la pena de muerte, a los cuales se les pueden sumar los abolicionistas de facto y los abolicionistas para los delitos comunes únicamente, pues en los países que se encuentran en los dos últimos casos, se encuentra contemplada y vigente la pena capital; de lo anterior no se puede deducir a la luz de la sana razón, sin vicios ni apasionamientos y basados en la tendencia de dejarnos llevar por la experiencia de otros países, y aun cuando nuestra realidad sea distinta a la de aquellos, que no pueden estar equivocados la gran mayoría de los países, sobre todo los países desarrollados del mundo, pues si bien en cuanto que estos han decidido abolirla, es porque sus habitantes han alcanzado el grado de suficiente cultura por lo que ya no es necesario la pena de muerte. La lucha contra la pena de muerte. Entre los que trabajan contra la pena de muerte se encuentran algunas de las personas a las que esta pena supuestamente ayuda: víctimas de crímenes y familiares de víctimas de crímenes. Al hacerse cada vez más evidente que la pena de muerte no tiene un efecto disuasorio superior al de otras formas de castigo, los que propugnan su uso han empezado a afirmar que es necesaria para ayudar al proceso de recuperación de las familias de las víctimas. Es cierto que algunos familiares de víctimas de asesinato encuentran consuelo en este tipo de castigo. Pero muchos otros no. Algunos familiareshan afirmado que la ejecución del asesino les hace más difícil aceptar la pérdida de su ser querido. "Antes, mis puntos de vista sobre la pena de muerte y las ejecuciones eran exactamente los mismos que los de cualquier filipino... [los criminales] merecen morir. Pero todas mis ideas sobre las ejecuciones cambiaron cuando me dieron la oportunidad de asistir como observadora a un foro auspiciado por la rama filipina de Journey of Hope". Estudiante del centro de estudios superiores, de Siena, Filipinas. En Estados Unidos, por ejemplo, un número reducido pero creciente de familiares de víctimas de asesinato se están manifestando en contra de la pena de muerte, diciendo que no ofrece ninguna solución a sus tragedias personales. En 1998, una delegación del grupo estadounidense Journey of Hope... From Violence to Healing (El camino de la esperanza: De la violencia a la curación) viajó a Filipinas con el objetivo de sensibilizar a la opinión pública respecto a los argumentos contra la pena de muerte en un momento en que el gobierno filipino estaba considerando poner fin a la suspensión de las ejecuciones. El viaje lo organizó una coalición de organizaciones no gubernamentales, entre ellas el Grupo de Asistencia Letrada Gratuita y la Sección Filipina de Amnistía Internacional. La delegación visitó a presos condenados a muerte y a sus familias, concedió numerosas entrevistas a los medios de comunicación, tomó parte en debates radiofónicos y televisivos en directo, se entrevistó con autoridades religiosas y de otra índole y mantuvo acalorados debates con grupos anticrimen que abogan por la pena de muerte. Muchas personas que antes estaban a favor de la pena de muerte afirmaron que habían cambiado de idea después de entrar en contacto con la delegación. Por desgracia, al final del año el gobierno anunció que a principios de 1999 se reanudarían las ejecuciones en Filipinas. Había más de ochocientas personas condenadas a muerte en el país. Una delegación del grupo estadounidense Journey of Hope... From Violence to Healing, que visitó Filipinas en 1998 para hacer campaña contra una propuesta de reanudación de las ejecuciones en el país, consuela a la madre de Leo Echegaray, que estaba condenado a muerte. Innumerables defensores de los derechos humanos y otro tipo de activistas también hacen campaña contra la pena capital promoviendo los argumentos en contra de este castigo y apelando en favor de personas condenadas a muerte o que se encuentran en peligro de ejecución inminente, pidiendo el indulto, la conmutación o un nuevo juicio. Todos los años esas apelaciones consiguen que se elimine alguna amenaza de ejecución. Sakae Menda, absuelto en 1983 tras pasar 34 años condenado a muerte en Japón. Desde su absolución ha hecho campaña contra la pena de muerte. © Asahi Shimbun Por ejemplo, se supo que en la India en 1998 las condenas de muerte impuestas a Gantela Vijayavardhana Rao y Satuluri Chalapathi Rao habían sido conmutadas por otras de cadena perpetua por el presidente indio. Amnistía Internacional se había unido a las organizaciones no gubernamentales nacionales en sus llamamientos en favor de los dos hombres desde que fueron condenados a muerte en septiembre de 1995 por un asesinato cometido en 1993. En Pakistán, a Roop Lal, que había estado veinticinco años recluido en régimen de aislamiento en una celda de la Prisión Central de Sahiwal, le conmutaron su condena de muerte por otra de cadena perpetua. En Bielorrusia la Corte Suprema falló a favor de la apelación de F. Verega y conmutó la sentencia de muerte que le habían impuesto por asesinato en junio de 1997 por otra de quince años de prisión. Se recibieron informes según los cuales en los Emiratos Árabes Unidos el Tribunal Supremo de Dubai había devuelto los casos de Rabi' Ghassan Taraf y Ryan Dominic Mahoney al tribunal de apelaciones para que celebrase un nuevo juicio. Los dos hombres habían sido declarados culpables de cargos relacionados con las drogas y condenados a muerte en noviembre de 1997. Los esfuerzos de los activistas no sólo han salvado vidas. También han contribuido a suscitar en muchos países un clima moral y político que ha tenido como resultado la abolición permanente de la pena de muerte MÉTODOS DE PENAS DE MUERTE Hoy en día se usan principalmente los siete métodos. La horca y el fusilamiento son los más extendidos. El ahorcamiento aparece en los ordenamientos jurídicos de 78 países y el fusilamiento en los de 86. Cuando se prevén ambos métodos, el fusilamiento se reserva con frecuencia a los delitos en tiempos de guerra o para condenas a muerte dictadas por tribunales militares. Estas cifras incluye los países en que la pena de muerte sigue vigente, pero ya no se aplica. AHORCAMIENTO El preso es colgado de una cuerda atada alrededor del cuello y muere debido a la fuerza que, por la gravedad, ejerce el peso del cuerpo. La inconsciencia y la muerte son causadas por lesiones en la médula espinal o, si esto no es suficiente, por estrangulamiento, debido a la constricción de la tráquea. FUSILAMIENTO La ejecución la lleva a cabo un único sujeto o un pelotón. El preso muere por una o varias de las siguientes causas: lesiones de órganos vitales, como el corazón, lesiones del sistema nervioso central o hemorragias. Aunque en un disparo a corta distancia en la nuca debería producir la inconsciencia inmediata, el procedimiento puede durar más tiempo en los fusilamientos por un pelotón, en los que los soldados tiran desde una mayor distancia -y por lo tanto con menor precisión- y pueden haber recibido la orden de apuntar al tronco, más fácil de alcanzar que la cabeza. Aunque algunos presos pueden permanecer conscientes después de los primeros disparos incluso en las ejecuciones normales por un pelotón, algunas ejecuciones han sido concebidas para prolongar el sufrimiento. ELECTROCUCIÓN La electrocución surgió en los Estados Unidos en 1888, alegándose que sería más humana que la horca. El procedimiento es el siguiente: después de amarrar al preso a una silla construida para este fin, los ejecutores sujetan electrodos de cobre húmedos a la cabeza y a una pierna del condenado, las cuales han sido rasuradas para asegurar un buen contacto entre los electrodos y la piel. Se aplican fuertes descargas de corriente eléctrica durante breves periodos. La muerte se produce por paro cardíaco y parálisis respiratoria. La electrocución produce efectos destructivos visibles, al quemar órganos internos del cuerpo; el condenado a menudo salta hacia delante, tirando de las correas que le sujetan, cuando aplican la corriente; y puede defecar, orinar o vomitar sangre. Los testigos presenciales siempre dicen que hay un olor a carne quemada. INYECCIÓN LETAL Este método de ejecución consiste en inyectar por vía intravenosa y de manera continua una cantidad letal de un barbitúrico de acción rápida en combinación con un producto químico paralizante. El procedimiento es similar al utilizado en un hospital para administrar una anestesia general, pero los productos son inyectados en cantidades letales. En Texas, uno de los 19 estados de los Estados Unidos en donde la ejecución se realiza por inyección letal, se usan tres substancias conjuntamente: tiopentato sódico, bromuro de pancuronio y cloruro potásico. El tiopentanto sódico es un barbitúrico que hace perder el conocimiento al preso, la segunda es un relajante muscular que paraliza el diafragma, impidiendo así la respiración, y la tercera provoca un paro cardíaco. Cualquier resistencia por parte del reo puede originar que el veneno entre en un músculo o una arteria, lo que causaría dolor. Encontrar una vena adecuada para insertar la aguja no es tan sencilla y en ocasiones requiere una pequeña intervención quirúrgica. En un caso que tuvo lugar en Texas en 1985 fueron necesarios más de 23 intentos antes de que se lograra insertar la aguja en un punto adecuado y el proceso duró 40 minutos. EJECUCIÓN POR GAS El condenado es amarrado a una silla dentro de una cámara hermética; se le ata al pecho un estetoscopio conectado a unos auriculares en la vecina sala de testigos para que un médico pueda controlar el desarrollo de la ejecución. Se libera gas cianuro en la cámara, envenenando al preso cuando éste respira. La muerte se produce por la asfixia debida a la inhibición por el cianuro de los enzimas respiratorio que transfieren el oxígeno desde la sangre a las demás células del organismo. Aunque puede producirse la inconsciencia rápidamente, el procedimiento tarda más si el preso intenta prolongar su vida, reteniendo la respiración o respirando lentamente. Como en otros métodos de ejecución, los órganos vitales pueden seguir funcionando durante algún tiempo, esté o no inconsciente el condenado. DECAPITACIÓN Según el método utilizado en Arabia Saudita y en Qatar, y previsto en la legislación de la República Árabe del Yemen y de los Emiratos Árabes Unidos, se separa la cabeza del tronco mediante un golpe de sable. Aunque la intención es que el filo aguzado del arma corte rápidamente la médula espinal y provoque la inconsciencia por el trauma, pueden ser necesarios varios golpes, ya que el sable es un arma relativamente ligera y la duración de la ejecución depende de la fuerza y de la destreza del verdugo. LAPIDACIÓN La ejecución por lapidación suele llevarse a cabo estando el reo enterrado hasta el cuello o atado de algún modo. La muerte puede ser causada por lesiones en el cerebro, asfixia o una combinación de lesiones. Como una persona puede soportar golpes fuertes sin perder el conocimiento, la lapidación puede producir una muerte lenta. La pena de muerte supone que el Estado lleve a cabo exactamente el mismo acto que la ley sanciona más severamente. Prácticamente todo ordenamiento jurídico señala la sanción más severa para el homicidio deliberado y premeditado; pero no hay forma más premeditada ni a sangre fría de dar muerte a un ser humano que mediante una ejecución; y así como no es posible crear un sistema de imposición de la pena de muerte libre de arbitrariedades, discriminaciones o errores, tampoco es posible encontrar una manera de ejecutar a una persona que no sea cruel, inhumana o degradante. EL RITUAL DE LA EJECUCIÓN A medida que se acerca la fecha de la ejecución empiezan los preparativos para matar al preso. El condenado puede estar bajo vigilancia especial para impedir un suicidio que privaría al Estado de su oportunidad de castigar. Puede estar recluido en solitario, aumentando la sensación de aislamiento durante los últimos días de su vida. Las ejecuciones y sus preparativos siguen procedimientos ya establecidos que en algunos países son expuestos con gran detalle en los reglamentos correspondientes. A través de estos detalles la ejecución adquiere el carácter de un ritual. Según las normas oficiales de la prisión estatal de Florida (EE.UU.), cuando la orden de ejecución es leída al preso, comienza una "guardia del reo de muerte", cuatro semanas antes de la fecha de la ejecución. Se traslada al preso a una celda cerca de la sala de ejecución. La segunda fase empieza cuatro días antes de la ejecución, cuando el preso queda bajo la vigilancia de un funcionario de prisiones colocado delante de la celda. Al preso le retiran sus pertenencias y le toman las medidas para la ropa que llevará durante la ejecución. Se prepara el certificado de defunción, indicando como causa de la muerte "ejecución legal por electrocución". Las normas especifican que haya una "última comida" a las 4.30h. de la madrugada y que al preso se le afeite la cabeza y la pierna derecha entre las 5 y las 6 h., siendo la ejecución a las 7h. de la mañana. Como en cualquier momento puede concederse un aplazamiento de la ejecución, algunos preparativos se han repetido varias veces. Fuentes. Amnistía Internacional: http://www.amnistia.org o http://www.amnesty.org Death Penalty Information Center (DPIC) http://www.essential.org Departamento de Justicia de EEUU http://www.ojp.usdoj.gov Naciones Unidas http://www.un.org Justice for all http://www.prodeathpenalty.com/dp.html ESPERO QUE LES SIRVA DE AYUDA, ES UNA BUENA INFORMACION, UTIL DE SABER, Y NO ESTA DE MAS .

Los contenidos de la Ley 24.193 Sobre ABLACIONES Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS EN LA ARGENTINA ¿Qué dice la ley? La ley 24193, establece claramente los principios bioéticos que resguardan la actividad de procuración y trasplante de órganos. Los artículos 19 y 20 contemplan la expresión de voluntad en vida para la donación, especificando que no está permitido la realización de un trasplante con órganos provenientes de seres vivos no relacionados. El principio del consentimiento presunto: toda persona es considerada donante si no se ha manifestado contrariamente en vida. La ley contempla este principio aunque establece claramente los requisitos que deben previamente cumplimentarse para poner en vigencia el mismo, como son la consulta al 70% de los habitantes precedida de una campaña masiva de información sobre la donación. ¿Quiénes pueden donar los órganos? Toda persona mayor de 18 años legalmente capaz, puede hacer uso de este principio humanitario universal. De acuerdo a lo establecido en la ley de trasplante, la expresión de la voluntad de ser donante para después de la muerte puede realizarse mediante dos procedimientos: 1) A través de la firma de un Acta de Donación mediante la cual se autoriza la ablación o extracción de órganos ( corazón, pulmones, riñones, hígado y páncreas) y/o materiales anatómicos (válvulas cardíacas, huesos, huesecillos del oído y piel) de su propio cuerpo y donde se especifica con qué fin, ya sea para implante y/o investigación. Para manifestar esta decisión sólo es necesario concurrir con el documento de identidad a los principales establecimientos hospitalarios y diversas dependencias habilitadas del área de salud tanto nacional, provincial o municipal. El acta es oficialmente recibida y resguardada por el INCUCAI, mientras que el individuo recibe el Carné de Donación donde se certifica su voluntad. 2) Expresar la voluntad de autorizar para la extracción de órganos después de la muerte. Dicha manifestación será recabada por todo funcionario del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, cuando concurran ante dicho organismo a realizar cualquier trámite y queda asentada en el Documento Nacional de Identidad. Como en el caso anterior será informado al INCUCAI. Sin embargo la forma más simple y concreta de ser donante es compartir la decisión con los familiares y amigos, para que llegado el momento ellos hagan respetar su voluntad expresada en vida. Esta manifestación en vida es revocable en cualquier momento. Cuándo se puede donar efectivamente los órganos. Los donantes efectivos de órganos son las personas fallecidas con diagnóstico de muerte encefálica, esta situación es muy rara (aproximadamente 4 de cada 1000 defunciones), esta condición implica la destrucción irreversible de la función encefálica con el mantenimiento artificial de la respiración y el latido cardíaco. ¿Cómo se distribuyen los órganos? Es mucho mayor el número de enfermos en espera de un trasplante que la disponibilidad de órganos. Los órganos son distribuidos teniendo en cuenta principalmente criterios médicos. Las reglas de adjudicación contemplan principios de regionalidad y la edad del enfermo y la antigüedad en lista de espera, como criterios de desempate entre receptores con una situación semejante. Estos criterios son observados por la autoridades sanitarias y reevaluados con una periodicidad por los profesionales especialistas. Actualmente 5500 pacientes esperan la posibilidad de recibir un órgano que les permita seguir viviendo. La operación para ablacionar los órganos se realiza con el mismo cuidado que una intervención quirúrgica de alta complejidad y el cuerpo es tratado con suma consideración y profundo respeto, sin alterar su apariencia. Recordemos que el trasplante de órganos sólo es posible con la existencia de un donante. Todos podemos necesitar un órgano, en este sentido, la donación es un derecho y un deber de la comunidad. "La donación es un Principio Humanitario Universal". Las diferentes religiones del mundo consideran que la donación de órganos es un acto de solidaridad y de fraternidad humana. ¿Qué es el trasplante de órganos? Es un tratamiento médico complejo, que consiste en sustituir un órgano vital que ha dejado de funcionar por otro sano. Esta técnica, que está en constante evolución, se viene desarrollando con mucho éxito en nuestro país y cada vez es más habitual. A través del trasplante de órganos y tejidos, muchos pacientes sometidos a largos tratamientos han logrado mejorar su calidad de vida y recuperar las condiciones físicas óptimas para realizar una vida totalmente normal. GARANTÍA LEGAL DE LAS ABLACIONES Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS EN LA ARGENTINA. La ablación y el trasplante de órganos y tejidos en nuestro país están garantizados legalmente por la Ley 24.193 del año 1993, y los decretos y resoluciones complementarias. La única AUTORIDAD NACIONAL RESPONSABLE en materia de ablación y trasplante en nuestro país es el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (I.N.C.U.C.A.I.), que actúa en todo el territorio nacional con un criterio federal y descentralizado en materia de distribución y procuración de órganos. EL INCUCAI Y LA PROTECCION DE DERECHOS El I.N.C.U.C.A.I. atiende los derechos, garantías y obligaciones de todas las personas e instituciones que participan del proceso de procuración y trasplante de órganos. En este proceso están comprometidos los donantes (potenciales y efectivos), sus familiares, los receptores, los equipos médicos y las instituciones autorizadas para el trasplante de órganos. DONAR ÓRGANOS ES UN PRINCIPIO HUMANITARIO UNIVERSAL. Pueden donar sus órganos todas las personas mayores de 18 años legalmente capaces. Lo hacen a través de la firma de un Acta de Donación que es oficialmente recibida y resguardada por el I.N.C.U.C.A.I.. Pero la forma más simple y concreta de ser donante, es que una vez asumida la decisión se la informe y comparta con los familiares y amigos más cercanos, para que llegado el momento ellos conozcan los motivos y hagan respetar su voluntad expresada en vida. TODOS PODEMOS RECIBIR ÓRGANOS En nuestro país, la ley impide que la capacidad económica de los pacientes determine el acceso al trasplante. Este criterio introduce un principio de igualdad en la confección de las listas de espera para los distintos trasplantes, que se rigen por el orden de inscripción de los pacientes. La compatibilidad y la urgencia son los dos criterios médicos que permiten orientar la selección e identificación de un receptor, siempre dentro de las listas de espera. LA PROTECCIÓN DE LOS DONANTES La Ley 24.193 protege el derecho de las personas que deciden donar sus órganos. El donante puede autorizar la ablación de sus órganos de manera específica (cuáles órganos) o genérica, en cuyo caso la donación se extiende a todos los órganos o tejidos anatómicos del potencial donante. Asimismo, el donante podrá especificar con qué finalidad se autoriza la ablación. De no existir especificación al respecto, se entenderán abarcados exclusivamente a los fines de implantación en humanos vivos y excluidos los de estudio e investigación científica. Esta autorización es revocable en cualquier momento por el dador. En caso de no existir la voluntad expresa del fallecido, la autorización para la donación de órganos la pueden otorgar los familiares directos del potencial donante. VIGENCIA DEL CONSENTIMIENTO PRESUNTO La implementación del Consentimiento Presunto a partir del 1 de enero de 1996, por la cual todos nos convertiríamos en potenciales donantes, está condicionada a algunas circunstancias previas establecidas en la Ley 24.193 de Trasplantes de Organos. Por ejemplo, es obligatoria la consulta a la población mayor de 18 años respecto de su conocimiento y acuerdo sobre el tema. En esto está trabajando hoy el I.N.C.U.C.A.I., no solo para dar cumplimiento a lo que establece la ley, sino también porque sólo la concientización de toda la sociedad posibilitará un aumento en las donaciones que permita acrecentar la salvación de vidas. De todas formas, aún en el caso de ponerse en vigencia el mecanismo de Consentimiento Presunto, los familiares del donante siempre podrán oponerse a la ablación de órganos. PROTECCIONES AL DONANTE Y A SU FAMILIA La ley protege la voluntad del donante y de sus familiares directos, ya que aún en la circunstancia en que se ponga en funcionamiento el mecanismo del Consentimiento Presunto, éste nunca es absoluto. En el caso en que un individuo haya manifestado su decisión expresa, será necesario que en el momento del fallecimiento no haya oposición familiar a la donación. LA SEGURIDAD EN EL DIAGNOSTICO DE MUERTE No se ha implementado un diagnóstico de muerte más controlado y seguro que el de un donante de órganos. Este es el único caso en el que al diagnóstico común que se practica en cualquier hospital, se le agrega el que realiza el equipo de neurólogos y especialistas en el área, siguiendo escrupulosamente los pasos indicados por la ley 24.193. En este tema, las garantías son totales y no existen márgenes de error. EL TRAFICO DE ÓRGANOS ES UN DELITO El tráfico de órganos es un delito penado por la ley. Quien lo realice se transforma en un delincuente, y la ley es muy severa en las penalidades sobre este tema. Por otra parte, suponer que se puede secuestrar y quitarle los órganos a una persona y luego usarlos para un trasplante, demuestra un gran desconocimiento sobre la problemática clínica y técnica que implica una intervención quirúrgica. LA COMPLEJIDAD DE UN TRASPLANTE Un operativo de procuración y trasplante requiere una infraestructura de complejidad tal y convoca a tantos profesionales que su realización clandestina es, en la práctica, imposible. Se requeriría una asociación ilícita compuesta por cientos de profesionales (médicos y técnicos con altísimo nivel de especialización y equipos de apoyo), a la que habría que sumarle la infraestructura que solo puede brindar un gran hospital o sanatorio, es decir inversiones multimillonarias en profesionales y equipos arriesgados en un delito fácilmente detectable. Para tener idea sobre la magnitud de esas operaciones, debemos tener en cuenta que un trasplante de hígado requiere un promedio de 12 horas de cirugía. Se trata de técnicas quirúrgicas de muy alta especialización, y por lo tanto aplicadas por un pequeño número de especialistas muy conocidos, lo que vuelve muy riesgosa y hasta ridícula su práctica ilegal. LOS EQUIPOS TÉCNICOS QUE INTERVIENEN EN UNA OPERACIÓN DE ABLACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS La realización de una ablación y posterior trasplante de órganos requiere poner en funcionamiento normalmente los siguientes equipos técnicos: el equipo del organismo de procuración, el equipo de terapia intensiva que comunica la existencia de un potencial donante, el laboratorio que realiza los estudios serológicos, el que realiza los estudios de histocompatibilidad, el servicio de radiología que hace los estudios pertinentes, más los equipos de trasplante de cada uno de los órganos (de corazón, de pulmón, de riñón, etc.) para los que se practica ablación. LA IMPOSIBILIDAD DE LA VENTA DE ÓRGANOS PROPIOS La venta voluntaria de órganos propios está expresamente prohibida por la ley y, además, es éticamente inaceptable. El trasplante de órganos debe estar al servicio de la salud de la población -garantizada primordialmente por la acción del Estado- y no puede transformarse en un comercio que atentaría contra la dignidad de la persona. Pero también hay razones médicas. En el mundo hay una clara tendencia a utilizar órganos de donantes cadavéricos, porque no es posible tener una política de salud basada en el deterioro de la calidad de vida de las personas vivas. La ley permite este tipo de donación solamente cuando se trata de familiares directos, y aún en estos casos, no siempre es posible efectuar el trasplante porque los problemas de compatibilidad entre donante y receptor son muy complejos. NO EXISTEN BENEFICIOS ECONÓMICOS EN UN TRASPLANTE Ningún donante puede esperar retribuciones económicas por la donación de órganos. Donar es dar vida y es aberrante cualquier expectativa de extraer beneficios personales o especular con elementos económicos, situación que, por otra parte, está severamente penada por la ley. Tampoco la familia del donante debe abonar ningún gasto asociado a la donación de órganos de su ser querido. Todos los gastos relacionados con el trasplante (el trabajo del personal médico y auxiliares, los materiales descartables, etc.) son cubiertos por la obra social o cobertura médica del receptor. LISTADO DE PACIENTES EN ESPERA PARA TRASPLANTE Las listas de pacientes en espera están centralizadas en el I.N.C.U.C.A.I., y responden al estricto orden de inscripción, respetando además los criterios médicos y biológicos para la asignación de órganos. Son estos criterios científicos los que, aparte del orden de inscripción, determinan la asignación de órganos: gravedad del paciente, situaciones de emergencia, factibilidad del trasplante, compatibilidad entre donante y paciente, etc. PUBLICIDAD DE LAS LISTAS Las listas de pacientes en espera de trasplante de órganos son públicas. Cualquier persona interesada puede consultar en el I.N.C.U.C.A.I. sobre su confección y administración, problemas que son responsabilidad personal y funcional indelegable del Presidente del INCUCAI. Los pacientes en lista de espera para trasplante de órganos y sus familiares controlan permanentemente los procedimientos de confección y administración de las listas. Fuente : Sitio oficial del INCUCAI en Internet - http://www.incucai.org.ar Dirección: Ramsay 2250 (1428) Buenos Aires, Argentina-Tel. (011) 4788-8300 (líneas rotativas) Correo electrónico: [email protected] Diagnóstico Cuando el médico indica la necesidad de un trasplante para tratar una insuficiencia orgánica o de tejido, una persona atraviesa dudas, temores e inquietudes. Esto le sucede a los miles de habitantes de nuestro país que requieren de un trasplante para acceder a una mejor expectativa de vida. Para satisfacer la demanda de los pacientes en el menor tiempo posible, Argentina cuenta con un desarrollo de políticas sanitarias y un sistema de procuración que trabaja junto a los equipos de trasplante. Esta intervención es una práctica clínica habitual a cargo de equipos especializados que concretan más de 40 trasplantes por semana. Durante la espera del órgano probablemente surjan preguntas que el paciente no puede responderse a sí mismo. Para brindar contención en este momento, están los profesionales del sistema trasplantológico que brindan orientación y acompañamiento en el proceso. También en el Incucai como en los Organismos Jurisdiccionales de Ablación Implante se brinda el apoyo necesario para superar las inquietudes que surjan en este período. Además hay muchas personas que durante la espera del trasplante han impulsado organizaciones de pacientes y algunas de ellas integran un espacio institucional conocido como el Consejo Asesor de Pacientes (CAP) del Incucai. Quienes integran estas asociaciones han experimentado sensaciones similares a las de otros pacientes en lista de espera y a éstos puede resultares útil contactarlas. El Incucai cuenta con una Área de Orientación al Paciente formada por un equipo interdisciplinario de profesionales que atienden las consultas de las personas en tratamiento, con indicación de trasplante y trasplantadas. Criterios generales | Renal | Hepática | Intratorácica | Córneas Para determinar qué pacientes reciben los órganos y tejidos procurados y garantizar igualdad de oportunidades, el Incucai cuenta con normas que establecen los criterios de distribución y aseguran la equidad en la asignación. Los pacientes inscriptos en lista de espera a priori no tienen un posicionamiento numérico con un primero, un segundo o un tercero. Un proceso de distribución está asociado a un proceso de donación y, por lo tanto, a un donante. La distribución tiene por objetivo asignar los órganos o tejidos del donante a los receptores más adecuados inscriptos en lista de espera, para que sean trasplantados. Por lo tanto, el ordenamiento numérico de las listas se establece en cada operativo de donación, una vez conocidas las características de compatibilidad entre el donante y receptor y el lugar del país donde se procura el órgano. En esa instancia se inicia la distribución a través del sistema informático del Incucai, el Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), operado por profesionales y técnicos. El SINTRA utiliza los datos del posible donante y de todos los potenciales receptores inscriptos en las listas de espera, para evaluar la asignación según el órgano a trasplantar. Como resultado, emite un listado de posibles receptores con un orden de prioridad asignado a cada uno. Los criterios de distribución están regulados por resoluciones específicas para cada tipo de órgano. Estas normas que aplican en todo el territorio nacional son el resultante de sucesivos análisis de la literatura teórica así como de la experiencia previa, de cuyo análisis participan junto al Incucai, comisiones asesoras formadas por los equipos de trasplante, las sociedades científicas, el Comité de Bioética institucional y la Comisión Federal de Trasplante. ¿Qué factores tienen en cuentan las normas de distribución? • La región donde se procura el órgano o tejido • La compatibilidad entre el donante y el receptor • La situación clínica del paciente • La antigüedad en lista de espera La región se considera para acortar los tiempos de isquemia (lapso transcurrido entre que se extrae el órgano y se lo implanta) y para establecer equilibrio distributivo entre los pacientes de todo el país. Espero estos datos les sirvan, para quienes quieren donar o no... seri abueno colaborar he. bueno gente!!! cualquier cosa puede consultar o sacarse sus dudas aqui: (ellos responden) Sitio oficial del INCUCAI en Internet - http://www.incucai.org.ar Dirección: Ramsay 2250 (1428) Buenos Aires, Argentina-Tel. (011) 4788-8300 (líneas rotativas) Correo electrónico: [email protected]
Caimán El sector bancario es uno de los principales centros de servicios financieros en el mundo. Con más de 600 diferentes bancos e instituciones, además de todos los servicios a las empresas asociadas, supp0ort, legales, seguros y operaciones de las empresas Caimán se centra en la banca off-shore y servicios de inversión. NO con el negocio o el IRPF, el medio ambiente es ideal para la sede mundial de la empresa y las operaciones. Servicios bancarios en Caimán nuestro objetivo es proteger y lograr la prosperidad económica para nuestros clientes. Si usted tiene $ 500,000 EE.UU confie en nosotros. COMO ABRIR UNA CUENTA BANCARIA EN LAS ISLAS CAIMAN. Caimán bancos ofrecen una variedad de cuentas que se adapte a sus necesidades. Puede ponerse en contacto con un banco de Caimán a través de Internet para organizar una consulta confidencial para discutir sus necesidades, que van desde una cuenta bancaria offshore, a través de Internet y cuentas de los fondos de inversión de gran prestigio a la cuenta bancaria privada, banca Caimán puede proporcionar una cuenta ideal para su necesidades, de negocios o privadas. PASOS. 1. Comprender las leyes fiscales de su país y conocer las sanciones y penas de cárcel local para evitar las obligaciones fiscales a través del uso de la banca extraterritorial. Si se gravan los ingresos en todo el mundo, puede ser ilegal no informe producto obtenido en un banco offshore / cuenta de inversión, aunque puede no haber añadido de ese país. 2. Comprender las diferencias entre un banco offshore frente a cuenta de inversión. contrasta los dos y se esbozan las ventajas y beneficios de cada uno. 3. Si está seguro de una cuenta bancaria Caimán (en contraposición a una cuenta de inversión de Caimán) es lo que está buscando, encontrar un Banco de las Islas Caimán. Puede utilizar el Internet o escribir a la embajada Británica de su localidad para obtener una lista de los bancos de las Islas Caimán. Usar los términos de búsqueda como "cuenta bancaria privada de Caimán" si desea que el depósito de más de $ 300,000 o "Caimán cuenta bancaria", "Caimán bancario", "Caimán bancos" para los bancos de las Islas Caimán que aceptar menos para la apertura de cuentas. Caimán bancos privados son más sobre la inversión y la gestión de cartera de la banca de lo normal. 4. Darse cuenta de que usted no necesita ir a las Islas Caimán para abrir la cuenta. Se pueden abrir cuentas por correo, negando la necesidad de que usted visita El Caimán con el fin de abrir una cuenta. Además una serie de servicios tales como banca por Internet, correo conservar, tarjetas de crédito y las opciones de inversión se puede establecer sobre las mismas. 5. Esté preparado para proporcionar la siguiente información: 6. Prueba de identidad 7. Copia de su pasaporte 8. Prueba de que su dinero es limpio CONSEJOS. • Para encontrar una de las Islas Caimán Los bancos utilizan el Internet o puede escribir a su local de la embajada británica para el banco de Caimán lista. • Asegúrese de que su banco ha elegido los servicios bancarios de Internet. • Cuenta funcionarios pueden ser nombrados de habla Inglés, francés, alemán, italiano, ruso y árabe; y el servicio puede ser personalizado a sus necesidades. COMO AHORRAR AL NO PERMITIRLE EL ACCESO A LA ES. Usted sabe que camisa nueva que ha sido querer comprar, pero siempre tienes fondos suficientes? Dado que usted sabe que va a gastar ese dinero antes de tener guardado lo suficiente, aquí hay un método bastante severa para asegurarse de que realmente guardarlo. PASOS 1. Poner todo su dinero en la caja de hierro y bloquearlo. 2. Dar la clave para una persona y hacerles saber que, en virtud de las condiciones en caso de que no le dan a usted hasta que usted haya guardado la cantidad de dinero que desee. Alternativamente, usted puede tirar la llave. 3. Cada vez que se recibe ninguna cantidad de dinero en efectivo o cambio, poner 3 / 4 de en la caja (por lo que aún tienen algo de fuera de la caja para pasar). 4. Pregúntele a su amigo de la tecla o abre la caja con su palanca y sacar el dinero. COMO EVITAR LAS CUOTAS POR SOBREGIROS. CARGANDOSE. Una vez que su cuenta bancaria ha sufrido un saldo negativo debido a otra cosa que un sistema de complicaciones, las instituciones financieras sancionar los titulares de cuentas con cargo también conocida como tasa de un sobregiro. Aunque esta tasa varía, es frustrante y puede estropear su presupuesto. Para los bancos, las cuotas por sobregiros son "ganancias fáciles" para compensar la debilidad de la economía - los gastos a su cargo. Algunos bancos, incluso el proceso más amplio de cheques o transacciones antes de los más pequeños para aumentar la probabilidad de su cuenta en descubierto! Aquí Son varias las maneras de evitar las cuotas por sobregiros suceda. PASOS. 1. No confíe en su "saldo disponible." Muchas instituciones financieras participen en una práctica donde se reflejan un depósito directo en su "Saldo disponible", pero se cargará las cuotas por sobregiros en cualquier transacción que se producen antes de que el depósito realmente desplazamiento (pasando de un "pendiente" a "Nuevo". Si usted tiene un depósito directo de nómina de sueldos se producen a la medianoche, se mostrará como los fondos disponibles. Cualquier compra que se realizan y que superen el saldo anterior, durante el tiempo antes de que el depósito directo realmente puestos en descubierto cargos a pesar de que el banco muestra los fondos disponibles. 2. Balance de su chequera. Descubierto Si las tasas son un problema para usted, entonces usted está probablemente corte un poco estrecha en su presupuesto, tal vez viven de cheque de pago de cheque de pago. No sólo una cuenta de cheques ayuda a evitar las cuotas por sobregiros, pero también va a darle un firme conocimiento de cuánto dinero hay en su cuenta, que le ayuda a evitar los controles y devuelto detectar errores de su banco. 3. Pruebe el sistema de dotación. Crear un presupuesto y sus hábitos de gastos dividir en varias categorías. Ponga el dinero en efectivo asignados para cada categoría en un sobre para esa categoría. Use el dinero en efectivo en los sobres y una vez que te quedas sin dinero, eso es todo. No vaya al cajero automático, no utilice la tarjeta de crédito, no utilice la tarjeta de débito, no escribir un cheque. Disciplina a sí mismo palo en el presupuesto. Puede tardar unos meses para hacerlo, pero una vez que lo hace, es una forma más segura de evitar las cuotas por sobregiros. Con este sistema, usted simplemente no puede gastar dinero que no tiene. 4. Crear un buffer artificiales. Decida sobre una cierta cantidad que usted siempre tiene en su cuenta, y nunca en depresión. Digamos que esa cantidad es de $ 100. A mantener un ojo en tu saldo real y cuando llega a 100 dólares, que dejar de gastar. d. Período. Pretender que te has quedado sin dinero, y nunca toque de $ 100. Si su cuenta tiene un saldo mínimo para evitar cargos mensuales, cantidad que mantener "ocultas" en su cuenta y fingir que no está allí. En realidad restar fuera de su chequera para que el equilibrio que se ve es lo que puede pasar. 5. Investigación de protección de sobregiro. Si tiene problemas para hacer el seguimiento de sus gastos en relación con su saldo real, puede que desee ver en un programa de protección de sobregiro en cuenta que su principal está vinculado a una cuenta secundaria (como su cuenta de ahorros, o una línea de crédito). Si su cuenta principal es descubierto, el dinero puede ser retirado de la cuenta secundaria y usted no recibe una bofetada con la tasa de descubierto. Sin embargo, la eficacia de esta depende de dos cosas: oUsted debe tener suficiente dinero en la cuenta secundaria para garantizar que no sea descubierto. oEl programa de protección de sobregiro puede tener sus propias cuotas mensuales. Åre que vale la pena? oTenga cuidado, porque algunos bancos cobran una tarifa cada vez que se sumerja en el descubierto en cuenta, aunque menos de una tasa de insuficiencia de fondos. 6. Exclusión total de las cuotas por sobregiros. Sobregiro tasas se supone que es un servicio a usted ya que le permite gastar más dinero que usted tiene, de manera que cuando usted hace una compra, usted no se redujo (o para que su control no No reboteSin embargo, usted paga un alto precio por ese servicio. Pregúntele a su banco acerca de la exclusión de dicho servicio. Puede que tenga que llenar un poco de papeleo, pero una vez que se hace, no tendrá más las cuotas por sobregiros ¿Qué va a pasar es que cuando usted trata de gastar dinero que no tiene, su tarjeta será disminuido en el mismo lugar. Si esta vía, había que ser prudente para evitar el uso de su talonario de cheques - cheque devuelto tasas puede ser tan malo como las cuotas por sobregiros. 7. Use un banco con una línea de crédito en lugar de un programa de protección de sobregiro. Algunos bancos proporcionan una línea de crédito que pueden ser utilizados si usted va por encima de su saldo disponible. Normalmente, un cargo de financiamiento se aplica al importe del crédito utilizado, pero puede ser significativamente inferior a una tasa de sobregiro, lo que resulta en un cargo de unos pocos centavos en lugar de varios dólares. ADVERTENCIAS. • Con la lucha contra el cajero de banco y se niega a pagar sus gastos de descubierto no es una manera de salir de esta situación. Un sistema de gobierno entre los bancos de EE.UU., conocido como Chex Systems, monitores de los titulares de cuentas. Cualquier cliente que deja un saldo negativo en su cuenta por más de treinta a sesenta días se cargará automáticamente y se fuera. Su cuenta no sólo será cerrado, pero puede tomar hasta cinco años el restablecimiento de su crédito antes de que otro banco le llevará pulg no hablar, todavía le debe el dinero! o Si se informa sobre Chex Systems, usted no será capaz de abrir una cuenta de cheques por un período de tiempo. La cantidad de tiempo que usted no será capaz de abrir una nueva cuenta de cheques varía según la institución bancaria. COMO OBTENER UNA CUENTA DE CHEQUES SI USTED ESTÁ DE PUBLICACION EN CHEX SYSTEMS. ChexSystems es un control de verificación de la cuenta empresa con sede en Woodbury, Minnesota. Bancos y uniones de crédito utilizan cuando las personas se aplican a abrir una cuenta de cheques. Básicamente se trata de una agencia de información diseñada para comprobar si las personas tienen una historia de la escritura cheques. Si estás en la lista de ChexSystems estás no pueden abrir una cuenta de cheques con el banco. La mejor manera de obtener una cuenta de cheques si usted se enumeran en el ChexSystems es encontrar un banco que no se utilizan para verificar las cuentas nuevas. PASOS. 1. Le irá mejor si nos atenemos a los más pequeños, los bancos locales y evitar los grandes bancos. También tendrá mejor suerte locales comprobar si las uniones de crédito en lugar. 2. Llame y pida hablar con el gerente de sucursal. 3. Infórmese acerca de sus diferentes programas de cuenta de cheques. (¿Cuánto dinero necesita para iniciar una cuenta, cuánto tiempo tardan, ¿puede hacerlo en línea, ¿qué número de cheque que se le fuera a empezar, etc? 4. Luego, pídale a verificar la forma en que las cuentas nuevas. Hacer el examen de su informe de crédito Si es así, que informe de crédito, y la investigación de crédito reduce el crédito (Por supuesto, usted sabe la respuesta a esta pregunta es afirmativa, pero vamos a ver cuántos le diga la verdad.) O bien, hacer que el uso del servicio de verificación de un cheque? En caso afirmativo, ¿cuál? CONSEJOS. 1. Uniones de crédito existen para ayudar a las personas en la comunidad. El acto esencialmente como los bancos, excepto que no tienen que pagar los accionistas, que son por lo general mucho más leve. 90% de las uniones de crédito, se abrirá una cuenta para usted si usted puede explicar razonablemente por qué no han pagado una deuda ChexSystems, pero casi la mitad de las uniones de crédito no tire un informe sobre usted de todos modos! ADVERTENCIAS. • La manipulación fraudulenta de una cuenta de cheques • Rebotando un cheque lo que no fondos suficientes (NSF) • su cuenta durante el uso de su tarjeta de débito o cajero automático • ” Teniendo en cuenta su "cerrada por causa" Fideicomiso de Formacion Podemos organizar un fideicomiso privado y confidencial de consulta con la formación de nuestros experimentados administradores fiduciarios, que se concertará con usted acerca de que la confianza es mejor para sus necesidades personales o comerciales. El objetivo principal de la confianza es una plataforma para proteger los bienes del fundador contra desastre financiero que puede ser causada por el exceso de impuesto, un derrochador miembro de la familia, estado civil o la desintegración de la familia, la mala gestión de empresas, los contingentes y los acreedores de riesgo político. El principio subyacente de un fideicomiso es la clara separación de la propiedad legal de los activos - que se encuentra con el administrador - a partir de la propiedad del activo, que corresponde a los beneficiarios. El administrador le da la garantía de un fundador que se hará cargo de los activos y distribuir o enfrentarse a ella de conformidad con los deseos del fundador. Con la amenaza cada vez mayor de demandas depredadores, punitivas y retroactivo la regulación gubernamental, y el incierto clima en general, confía en la protección de los activos se han convertido en un importante instrumento de planificación financiera para los médicos, empresarios, promotores, profesionales, empresarios y cualquiera que tenga activos que no quieren que perder. BANCA PRIVADA. De consultoría financiera a los bienes raíces, valores y planificación de la herencia podemos encontrar la solución correcta para usted. Nuestra gestión de la inversión es altamente confidencial y personal. Desarrollamos un alto grado de confianza con nuestros clientes, dándoles una verdadera solución de banca personalizada. Podemos ofrecer la protección de los activos de los clientes con un patrimonio neto líquido. La protección de los activos offshore se está convirtiendo cada vez más popular entre los clientes que buscan proteger sus ahorros de los litigios, impuestos punitivos o posible futuro divorcio asentamientos distanciamiento de sus activos en los ojos de la ley. Nuestros consultores de banca privada son altamente experimentado y puede ofrecerle la mejor asesoría y servicios. Servicios bancarios en Caimán nuestro objetivo es proteger y lograr la prosperidad económica para nuestros clientes. [email protected] BANCA OFSHORE Ofrecemos una gama completa de servicios de la banca extraterritorial, Caimán de cuenta bancaria, cuenta bancaria suiza, Bahamas cuenta bancaria, la cuenta bancaria de Liechtenstein, Luxemburgo cuenta bancaria, Mónaco cuenta bancaria, la cuenta bancaria de Gibraltar, Jersey cuenta bancaria, cuenta bancaria Guernsey, Isla de Man Banco cuenta, de cuenta bancaria de Dubai. Ofrecemos también para los mismos fiscales, la gestión de la riqueza, la protección de la confianza, la gestión de cartera, impuestos consultas, asesoramiento prenuptual acuerdoCualquier persona o negocio en la mayoría de los países pueden abrir y operar una cuenta bancaria fuera de su país que pueden tener importantes beneficios en términos de la protección de los bienes y desgravaciones fiscales. La protección de los activos offshore se está convirtiendo cada vez más popular entre los clientes que buscan proteger sus ahorros de los litigios, impuestos punitivos o posible futuro divorcio asentamientos distanciamiento de sus activos en los ojos de la ley. Nuestros consultores bancarios son muy experimentados y que pueden ofrecer el mejor asesoramiento y servicios. La apertura de una cuenta bancaria suiza (patrocinado por swissprivatebank.com) Ofrecemos algo más que una cuenta bancaria privada, ofrecemos Wealth Management, la planificación de la riqueza, Formaciones Fiduciario, Family Office, Consultas de Impuestos, Gestión de Activos, Planificación de Herencias y más. Banca privada suiza es la mejor opción para personas ricas y las empresas que buscan aprovechar la experiencia de Switzerlands más antiguo banco privado, utilizando su prestigio y prolífico servicios bancarios privados. Nuestros socios bancarios construir relaciones con los clientes y la estructura "Riqueza de Planificación" para adaptarse a sus necesidades personales. "Nuestra experiencia financiera y eficiencia de la planificación ayudará a producir prolífica cuentas para usted." Configuración de una es simple. Usted no tiene que venir a Suiza para abrir una cuenta privada, un representante de nuestro asociado banco privado puede venir a conocerte y en un lugar de su elección. Si desea una libre y altamente confidencial para organizar uno de los banqueros privados suizos consultar con usted. Podemos arreglar para hacer una cita en uno de nuestros bancos privados o podemos atender en su casa o un lugar de su elección. Junto con nuestros impuestos independiente attornies ofrecemos los siguientes servicios: Cuentas bancarias suizas Gestión de Activos Banca Privada Planificación de la riqueza Planificación de la herencia Soluciones de inversión Family Office Formaciones confianza Wealth Management SERVICIOS DE BANCA GLOSARIO Cuentas bancarias offshore Privado Caimán de cuenta bancaria Banca privada offshore Caimán Inversiones Caimán Wealth Management Lista de las Islas Caimán Banco Información de viaje de las Islas Caimán Bahamas cuentas bancarias Offshore Business del Banco Cuenta bancaria suiza Fideicomiso de Formación Islas Vírgenes Británicas cuentas bancarias Cuentas bancarias offshore Canadá Cuentas bancarias de Dubai Gibraltar cuentas bancarias Islas del Canal cuentas bancarias Liechtenstein cuentas bancarias Luxemburgo cuentas bancarias Mónaco cuentas bancarias Cuentas bancarias suizas Isla de Man cuentas bancarias Banca de privacidad Tarjetas de Débito para cuentas bancarias privadas Tarjetas de Crédito para Banca Privada Family Office de la confianza y la inversión privada Banca Privada y de cuenta bancaria offshore Glosario Vuelos Aeropuertos de las Islas Caimán Calendario Islas Caimán Hoteles - Reservas Online Servicios Alquiler de coches Restaurantes de las Islas Caimán Vida nocturna de las Islas Caimán - Clubs y Bares Comercial de las Islas Caimán Acerca de las Islas Caimán Suiza cuenta bancaria offshore cuenta bancaria privada Servicios de Banca Privada Servicios de Banca Suiza Servicios de Protección de Activos Los administradores de riqueza y de gestión - privada de servicios off-shore Mercante Cuentas y Servicios de Libre Procesamiento de Tarjetas de Crédito Cuenta Asesoramiento y Orientación de la herencia de Banqueros Privados Formación de sociedades de paraísos fiscales Economía de las Islas Caimán Banca Privada en China - Servicios Offshore Banca Privada en Japón - Servicios Offshore Lista de las Islas Caimán y el Directorio del Banco Directorio de Banca de Inversión y de la lista Directorio de Bancos Suizos y la lista Los ingresos acumulados de Impuestos Activa estrategia de inversiones Inversores Gestión de la cartera activa del Fondo de Inversión Subdivisión de Relaciones Exteriores Banco Bancos-filial del Banco Exterior Banca Comercial de Inversiones Cuenta Corporativa Ley de Secreto Bancario de BSA Cuentas de Ahorros de las Islas Caimán Bonos de Ahorro Cuenta de Inversión Guía de Inversiones de las Islas Caimán Asesoramiento Estrategia de Inversión de cartera offshore OPIS Fondo Mutuo de Inversiones Banca offshore Centro Abrir cuenta bancaria suiza Banca Privada Abra una cuenta offshore Zurich Bancos Los ingresos acumulados de Impuestos Estrategias activas de inversión Fondo de gestión activa Protfolio Protección de Activos Ley de Secreto Bancario China Banca Privada La banca comercial Compañía de Formación Directorio de Cuentas Descripción Caimán Economía Bancos Extranjeros Asesoramiento herencia Asesoramiento de Inversiones Lista de bancos de inversión Banca Islámica Banca privada Japón Cuentas de comerciante Offshore Offshore Fondo Mutuo Inversiones en alta mar Banca Privada Cuenta de Ahorros de las Islas Caimán Bonos de ahorro Banca de Relaciones Exteriores Bancos Suizos Los administradores de riqueza Algunos conceptos voy a dejar en claro por las dudas… Offshore. Offshore es un término del idioma inglés que significa "en el mar, alejado de la costa". En el ámbito financiero se utiliza para referirse a empresas creadas en centros financieros con un nivel impositivo muy bajo (paraísos fiscales), que generalmente se encuentran en islas (de ahí la utilización del término inglés). Estas empresas son usadas para ocultar el propietario o beneficiario de determinados bienes, por varios motivos (p. ej. blanqueo de dinero, ocultación de propiedades en procedimientos de divorcio, etc.)También se utiliza como sinónimo de paraíso fiscal.Obsérvese que no todos los centros offshore se encuentran físicamente en islas. Andorra, Delaware (EE. UU.) o Suiza son también ejemplos de centros offshore en tierra firme. En informática, el término se aplica al recorte de gastos mediante la externalización del desarrollo de software, empleando a bajo coste a programadores de países extranjeros con menor renta, como la India, China, Israel, Argentina o Irlanda. En energía eólica, el termino se aplica para indicar los parques eólicos que están construídos en el mar, normalmente a unos pocos kilómetros de la costa. Este tipo de parque está desarrollado sobre todo en los países nórdicos que tienen costas muy poco profundas, como es el caso de Dinamarca. FUENTES http://www.caymannational.com/ http://www.caymanbankingservices.com http://www.caymanbankingservices.com/ http://www.usatoday.com/money/perfi/basics/2008-06-17-bank-fees_N.htm http://www.consumeraffairs.com/news04/2005/overdraft_loans.html http://www.daveramsey.com/etc/cms/index.cfm?intContentID=3461 http://www.getrichslowly.org/blog/2008/06/24/how-to-avoid-overdraft-fees/ http://www.chexsystemsvictims.com http://www.chexsystemsvictims.com http://www.chexvictims.net http://www.chexvictims.net http://www.hsbcprivatebank.com http://www.cayman123.com/ http://www.swissprivatebank.com Gente esta de mas decir, que las paginas están en ingles, pero las pueden traducir desde el mismo buscador Google o Yahoo; o con cualquier traductor que puedan tener ustedes. Espero les sirva la información, y bueno obviamente les proporciono las fuentes por si quieren verificar o si les quedo duda de algo. Algunas de las direcciones URL están largas porque ya están traducidas las páginas y otras no. Y sepan disculpar si hay alguna parte que esta en ingles, es porque no es de mucha importancia y olvide borrar, o esta seguidamente traducido en el mismo parrafo.
AMIGOS TARINGUEROS LES DEJO ESTA INFO, QUE ME PARECIO INTERESANTE! A MI COSTO MUCHO ENCONTRARLA; YA QUE EN MI PAIS (ARGENTINA) ES BASTANTE DIFICIL ACCEDER A PAGINAS DE OTROS PAISES O INCLUSIVE DE OTROS CONTINENTES, Y MAS CUAMNDO SE TRATA DE ESTE TIPO DE INFO COMO LOS BANCOS EN ISALAS CAIMAN, QUE LEYENDO LA INFO S EDARANC UENTA QUE TAN NEGRO PUEDE SER ESTO A VECES!!! ADEMAS DE INTRIGA POR ESTAS COSAS... ME GUSTA COMPARTIRLO. Y NO PARO HASTA ENCONTRAR LA INFORMACION CASI COMPLETA! A LA BREVEDAD TRATARE DE AMPLIAR ESTA INFORMACION Y LAS POSIBLES RELACIONES. ¿Porque en Islas Caiman depositan su dinero los narcotraficantes, y politicos? Obvio porque no les preguntan como obtuvieron su dinero. Pero, exactamente porque esta Isla tiene permitido hacer eso. En las Islas Caimán no hay que pagar impuestos. Lo atractivo de las Islas Caimán es que el 75% de su PIB (Producto Interno Bruto) se obtiene por el turismo ya que estas islas son visitadas por millones de turistas anualmente. Los habitantes de las Islas NO PAGAN IMPUESTOS y tampoco pagan impuestos los negocios que se establezcan ahí. Esto ha ocasionado que la Industria de los Servicios Financieros crezca y hay más de 70,000 empresas en la Isla. Incluyendo más de 470 Bancos y Fideicomisos, 720 Aseguradoras y más de 7,000 Fondos de Inversión. El Gobierno tiene un impuesto de 20% de cualquier cosa que sea importada a las Islas y también cobra un pequeño impuesto a cada turista que visite las Islas. La decisión de depositar el dinero en un Banco en las Islas Caimán es simplemente de negocios y no es para esconder dinero ilegal. Por ejemplo, si usted abre una cuenta en Estados Unidos de América con $1,000,000.00 USD y le dan un interés de $50,000.00 USD al año (5%) el Gobierno le cobrará impuestos sobre los intereses que ganó y le quedará mucho menos. En cambio si usted abre una cuenta en las Islas Caimán y le dan exactamente el mismo interés pero usted no tiene que pagar impuestos pues se queda con los $50,000.00 USD que ganó de intereses. Lo que sucede en que las islas caimán los requerimientos para cuentas bancarias se basan en demostrar que el dinero viene de una fuente legal (puede ser que en esa fuente es donde se lave el dinero) DESPUES DE ESO TU CUENTA ES ANONIMA y no esta sujeta a embargo o cierre, solo lo puede hacer el dueño del ID, y eso es confidencial. Bancos en Islas Caiman (16) 1)- BANIF - BANCO INTERNACIONAL DO FUNCHAL (CAYMAN), LTD TEL. 00 21 251 070 00 2)- BANK MANDIRI TEL. +1 345 945 8991 3)- CAYMAN ISLANDS MONETARY AUTHORITY 345-949-7089 4)- CLARIDEN BANK AND TRUST (CAYMAN) LTD +1 345 949 86 66 5)- COUTTS (CAYMAN) LTD +1 345 945 4777 6)- CREDIT SUISSE INVESTMENT SERVICES (CAYMAN) LIMITED +1 345 946 9920 7)- DAVISCO (345) 945-2461 8)- DEUTSCHE BANK +345 949 8244 9)- GOLDMAN SACHS (CAYMAN) TRUST, LIMITED +1-345-949-6770 10)- EURO BANK CORPORATION SIN TELEFONO. (NO DISPONIBLE) 11)- ICBC (ASIA) n/a 12)- ISRAEL DISCOUNT BANK LTD. 345-949-8666 13)- MULTI BANKING CORPORATION (OVERSEAS) LIMITED +1 345 949 57 65 14)- SCHRODER CAYMAN BANK AND TRUST COMPANY LIMITED +1 345 949 2849 15)- UBS (CAYMAN ISLANDS) LTD. 345-949-7344 El principal órgano rector del Banco es el Consejo de Directores, el cual hace al mismo tiempo las funciones del comité inversionista. El Consejo de Directores aprueba los nuevos y los más importantes proyectos inversionistas del Banco. • Desde 2001 desempeña el cargo del Presidente del Griffon Bank Limited Dmitrijus Apockinas, bachiller de ciencias humanitarias (diploma con mención honorífica de excelencia). El Señor Dmitrijus Apockinas es un banquero dotado de vastos conocimientos en las esferas del negocio offshore, del desarrollo de la infraestructura municipal y del análisis financiero. • El Señor Leonard Bedneau, siendo un contable diplomado con derechos a actuar como auditor independiente e inspector contable, en 2004 fue designado a ejercer las funciones del Director Financiero del Griffon Bank Limited. Leonard Bedneau cuenta con una amplia experiencia de trabajo con las compañías auditoras, los bancos y los establecimientos bancarios, como por ejemplo el Fondo Mutuo del banco BBVA (Islas Caimán). Paraíso financiero Economía, incentivos fiscales & condiciones laborales Las Islas Caimán son el segundo lugar de registro de seguros cautivas en el mundo, con 765 seguros cautivas registradas al 31 de diciembre de 2007. (Tax-News.com , 08/02/2008 , CIMA Chief Urges Finance Sector To Up Its Game ) Al 31 de diciembre de 2007 se registraban,.8751 fondos en las Islas Caimán, más 119 fondos despedidos y 543 fondos administrados o sea un total de 9400 fondos. (Tax-News.com , 08/02/2008 , CIMA Chief Urges Finance Sector To Up Its Game ) Según el Banco de reglamentos internacionales, las Islas Caimán son el sexto centro financiero mundial por el importe total de los activos depositados. (Tax-News.com , 08/02/2008 , CIMA Chief Urges Finance Sector To Up Its Game ) Se registra a 281 bancos en las Islas Caimán. (Tax-News.com , 08/02/2008 , CIMA Chief Urges Finance Sector To Up Its Game ) El secreto bancario es protegido por la ley y los bancos proponen cuentas numeradas. (Livre , 01/02/2006 , Le guide Chambost des paradis fiscaux ) Se exime a las sociedades no residentes, no teniendo ninguna actividad en las Islas Caimán, de impuesto sobre los beneficios durante 30 años. La identidad de los proprietarios de una sociedad no residente es tenida confidencial y se autorizan las acciones al portador. La sociedad no se ve obligada a llevar una contabilidad. (Livre , 01/02/2006 , Le guide Chambost des paradis fiscaux ) Para los particulares, no hay impuesto sobre las rentas del trabajo, los dividendos percibidos, las plusvalías, las donaciones o las sucesiones. (Livre , 01/02/2006 , Le guide Chambost des paradis fiscaux ) Más de 800 miles millones de $US están en las Islas Caimán, se transfieren 120 mil millones de $US cada año. El porcentaje de impuesto sobre las sociedades es del 5,2%. (Chicago Tribune , Etats-Unis , 20/07/2001 ) Las Islas Caimán son el 5e colocan financiera mundial, los 584 bancos y 2200 fondos especulativos y fondos de pensión registrados administran respectivamente 3000 y 1300 millards de FF, lo que representa 3 veces el presupuesto de Francia. se registran a 40000 sociedades pantallas. Las Islas Caimán poseen un 7% del mercado de los fondos extraterritoriales, i.e. 800 fondos. (AGEFI , France , 16/06/1998 ) ESPERO LES SIRVA PARA ALGO, AUNQ SEA POR SIMPLE CURIOSIDAD NUNCA ESTA DE MAS SABER ALGO NUEVO!! ADIOS!! HASTA LA PROXIMA!!! FIRMEN LINDO!!
Éxtasis Por éxtasis puede entenderse en general un estado de plenitud máxima, usualmente se asocia a una situación de lucidez intensa que dura unos momentos para luego regresar a la cotidianeidad, donde incluso esta es transformada por el evento previo, pudiéndose sentir aún algún grado constante de satisfacción. Es entonces una experiencia de unidad de los sentidos, en la que pensar, sentir, entender e incluso hacer, entre otras cosas, están armónicamente integrados. EXTASIS : QUÍMICA, EFECTOS y RIESGOS Esta droga de diseño, el 3,4-metilen dioxianfetamina, más conocida como éxtasis. El aceite esencial para la síntesis de MDMA se extrae del árbol de sasafra.Proporciona a sus consumidores una intensa sensación de bienestar. Sin embargo, su consumo provoca diversos efectos adversos e incluso la muerte. Produce en el consumidor una intensa sensación de bienestar, de afecto hacia las personas de su entorno, de aumento de energía, y en ocasiones, alucinaciones. Los efectos adversos que provoca su consumo incluyen sensación de malestar general, pérdida de control sobre uno mismo, deshidratación, pérdida de peso y pérdida de memoria. Se han comunicado casos de muerte relacionados con el consumo incontrolado de éxtasis y otras drogas relacionadas. El éxtasis se sintetizó a principios de siglo en Alemania, como fármaco psicológico y con propiedades anoréxicas, ha tenido gran uso en terapias psicológicas hasta su ilegalización. A fines de los 80 comenzó a circular en Buenos Aires como droga recreacional. Su consumo crece asociador a la música electrónica y cada vez más en otros ámbitos. Efectos: Las dósis usuales de MDMA varian de los 80 a los 160 miligramos (oralmente), Cuando el MDMA es tomado oralmente, los efectos se empiezan a manifestar alrededor de 30-45 minutos después de la ingestión. Los efectos primarios alcanzan su pico de una hora a hora y media de la ingestión y se mantienen en ese pico por alrededor de dos horas. Estos efectos terminan casi completamente entre las 4 y 6 horas después de la ingestión. Los efectos secundarios pueden ser sentidos inclusive días después de la ingestión.Si se ha tomado una dósis recomendada (2 mg. por Kg. de peso) y se desea continuar en el pico, se suele tomar de 1/3 a 1/2 dosis inicial entre la primera y segunda hora después de ésta. Por lo general el principio activo en cada pastilla varía entre los 120 y 189 mg. Riesgos: El MDMA produce una subida de la temperatura corporal o hipertermia y un incremento en la presión arterial y el pulso. Con el riesgo que lleva consumirlo en un local abarrotado y haciendo ejercicio agotador (bailando), por lo que nunca hay que mezclarlo con alcohol y hay que consumir constantemente agua fresca aunque no tengas sed y parar a descansar en un lugar fresco y ventilado, cada cierto tiempo; si no, corrés el riesgo de muerte por colapso debido a la hipertermia. Una sobredosis de MDMA se caracteriza por muy alto pulso o presión sanguínea, espasmos musculares, ataques de pánico. El gran riesgo del éxtasis, es que se vende como "pastillas" y no como éxtasis, esto se hace así, porque justamente eso es lo que se vende, pastillas de composición y efectos desconocidos, para el consumidor es como jugar a la ruleta rusa. Las sustancias que más se suelen usar en las "pastillas" aparte del éxtasis, suelen ser: PILDORA DEL AMOR (MDA). Es la más enteógena y menos anfetamínica de todas. Es también la más tóxica y la que más afecta al organismo humano. La duración de sus efectos estan entre 8-12 horas NUEVA EXTASIS (MBDB). Es una variación del éxtasis clásico (MDMA), con la diferencia de que es menos enteógena. EVA (MDEA). Es la que menos altera la percepción de su consumidor, pero la que más estimula el sistema nervioso central. Es la más parecida a la anfetamina y la más light en sus efectos secundarios. Sus efectos duran aproximadamente entre 3-5 horas. STP (Dimetoximetilanfetamina). Altamente enteógeno, cuya fórmula es la 2.5 dimetoxi, 4 metilanfetamina. Esta sustancia aparece vinculada al grupo metoxi. Sus efectos superan los de la mescalina. PMA (parametoxi-anfetamina). La dosis activa de este compuesto es de 3mg. por kg. de peso. Esta droga tiene efectos euforizantes distintos a los de las anfetaminas, con la cual está relacionada. Los efectos de esta droga llegan a su máximo a las tres o cuatro horas, provocando grandes efectos como temblores musculares y sensación de insoportable ansiedad. La droga MDMA, mejor conocida como “Adam", "Éxtasis" o "XTC" en la calle, es una droga sintética psicoactiva que altera la mente y causa alucinaciones similares a las de la anfetamina. Su estructura química es parecida a la de otras dos drogas sintéticas, la MDA y la metanfetamina, las cuales producen daño cerebral. Peligros para la salud Síntomas físicos y psicológicos. Muchos de los problemas que enfrentan los usuarios de MDMA son similares a los producidos por el uso de anfetaminas y cocaína. Estos son: • Dificultades psicológicas, incluyendo confusión, depresión, problemas para dormir, ansias de usar la droga, ansiedad severa y paranoia durante el uso y a veces semanas después de usar la MDMA (en algunos casos se han informado episodios psicóticos). • Síntomas físicos tales como tensión muscular, apretar los dientes involuntariamente, náuseas, visión borrosa, movimientos oculares rápidos, desmayo y escalofríos o sudores. • Aumentos en la frecuencia cardíaca y la tensión arterial, lo cual representa un riesgo particular para personas con enfermedad circulatoria o cardíaca. Efectos a largo plazo. Las investigaciones recientes relacionan el uso de la MDMA con el deterioro a largo plazo de las partes del cerebro que son cruciales para el pensamiento y para la memoria. Se estima que la droga causa daños a las neuronas que utilizan la sustancia química serotonina para comunicarse con otras neuronas. La MDMA también está relacionada en su estructura química y sus efectos con la metanfetamina, la cual ha demostrado producir la degeneración de las neuronas que contienen el neurotransmisor dopamina. El deterioro de las neuronas que contienen dopamina es la causa subyacente de los trastornos motores presentes en la enfermedad de Parkinson. Los síntomas de esta enfermedad comienzan con falta de coordinación y temblores y con el tiempo pueden resultar en una forma de parálisis. Éxtasis: cada vez más adolescentes lo consumen y lo creen inofensivo Datos estadísticos advierten que muchos jóvenes no creen que sea una droga adictiva, ni que cause daños en la salud. Infobae.com habló con un médico, un ex consumidor y un psicólogo sobre sus efecto reales Según datos de la Secretaría de Programación para la Prevención de las Adicciones (Sedronar) basados en un relevamiento realizado con estudiantes secundarios el año pasado, el 7% de los alumnos de 12 a 17 años recibió oferta directa de éxtasis. Además, el 29,6 % de los estudiantes del nivel medio cree que probar una o dos veces esa droga no tiene riesgos para la salud o son muy leves e incluso un 10,7% sostiene que hacerlo frecuentemente tampoco trae aparejados daños. "Muchas veces, su empleo se produce para seguir disfrutando de las fiestas y no registrar los signos de alarma y agotamiento que emite el organismo", explica la doctora Norma Vallejo, subsecretaria de Prevención y Asistencia del Sedronar a Infobae.com. La especialista explica que el éxtasis forma parte de las denominadas "drogas de diseño", que son sustancias psicoactivas de origen sintético fabricadas por el hombre o creadas a partir de modificaciones de su estructura química en laboratorios clandestinos. "Tengo que reconocer que el nombre de la pastilla es tentador, pero lo que más me atrajo es lo que escuché sobre sus efectos", señala Sebastián, que probó éxtasis a los 20 años. "Quería probar si era verdad todo lo que decían y la primera vez tomé en una disco, con amigos. Experimenté una sensibilidad muy fuerte, una sensación de amor y de conexión con todo el mundo", relata. Según Pablo Nacthigall, psicólogo, "muchos jóvenes no saben como acceder a estados de de mayor relajación y autoestima, que trasciendan su cotidianeidad y optan por consumir éxtasis como una vía rápida hacia un estado emocional intenso. En el fondo, es una búsqueda de forma inadecuada para vivenciar estados de conciencia no ordinarios, que en vez de entrenarse para lograrlos por vía natural, terminan haciéndolo artificialmente por un químico. Y, lamentablemente, puede generar una adicción, con todos los efectos colaterales que eso trae aparejado". Nachtigall subraya además que el problema principal entonces es que ese estado emocional inducido por una sustancia no lleva a ningún tipo de aprendizaje ni crecimiento, ya que el joven, luego de pasado los efectos, vuelve a sentir las mismas represiones que tenía antes. Por lo tanto, es probable que vuelva a consumir la pastilla "para entrar sin escalas a ese estado". Sebastián coincide con la opinión del psicólogo consultado por Infobae.com y agrega: "Te deja en ese estado de 'amor con todo el mundo', pero cuando se termina el efecto vuelven todas las barreras". Hoy pasaron siete años de que Sebastián probara éxtasis y ya no consume. Con cierta distancia sobre el tema, señala: "Ahora los chicos toman muchísimas pastillas en una noche porque cuando empezás a tomar, necesitás más para lograr la misma experiencia y eso me parece realmente peligroso". Riesgos muy reales El contenido promedio de una dosis única (sólo una pastilla de éxtasis) está entre los 75 y los 100 miligramos de 3-4 metilendioximetaanfetamina (MDMA). Sus primeros efectos se registran entre los 30 y los 45 minutos, el pico de acción se produce en una o dos horas, pero sus efectos persisten de cuatro a seis horas luego de su administración. "Al tomar esta droga se busca aumento de la energía, sensación de bienestar, disminución del sueño y del apetito, resistencia al ejercicio y una mayor sociabilidad, lo que la ubica en el grupo denominado drogas empatógenas", señala Norma Vallejo. Pero la especialista advierte que estos efectos, vienen acompañados de algunas manifestaciones químicas como el aumento de la frecuencia cardíaca y de la tensión arterial, arritmias cardíacas, alteraciones visuales, aumento del diámetro pupilar, alteraciones de la percepción temporal y táctil, bruxismo (castañeteo y/o fricción de dientes), irritabilidad, ansiedad, sudoración aumentada, aumento de la temperatura corporal, sequedad de las mucosas, lesión hepática y muscular con fallo renal. Además, todo esto se agrava por la presencia de un componente químico denominado metabolito (MDA), que tiene una acción selectiva neurotóxica asociada a complicaciones orgánicas graves. Por otra parte, con el uso crónico producen manifestaciones neurológicas severas del tipo enfermedad de Parkinson. "Todo consumidor de sustancias, independientemente del tipo de droga que utiliza, piensa 'que lo puede manejar' y sin embargo no es así para nada. En particular, el éxtasis, por tratarse de una droga derivada de las anfetaminas, produce una grave dependencia psíquica y física. Además, en un episodio agudo -dependiendo de la dosis ingerida y de los antecedentes clínicos de la persona- pueden aparecer complicaciones muy graves como el infarto de miocardio, hemorragia cerebral, insuficiencia renal y eventualmente la muerte. Por eso, de ninguna manera, el consumo de éxtasis 'es manejable'", concluye Vallejo. FUENTE. http://www.varelaenred.com.ar http://www.laantidroga.com www.drugabuse.gov/Infofacts/extasis.html www.latinsalud.com

Ley 26.388 de Delitos Informáticos en Argentina - 1. Ley 26.388 de Delitos Informáticos en Argentina 2. Metodología para realizar análisis forense 3. Ataques de Fragmentación IP 4. Criptografía del Siglo XX 5. Noticias de esta semana 6. Desafío de la semana 1. Ley 26.388 de Delitos Informáticos en Argentina El 4 de junio de 2008 finalmente acaba de convertirse en Ley 26.388 el proyecto de delitos informáticos con 172 votos a favor y ninguno en contra. Esta Ley modifica el Código Penal Argentino para incluir los delitos informáticos y sus respectivas penas. Ahora, el Código Penal contempla los siguientes tipos de delitos: • Distribución y tenencia con fines de distribución de pornografía infantil • Violación de correo electrónico • Acceso ilegítimo a sistemas informáticos • Daño informático y distribución de virus • Daño informático agravado • Interrupción de comunicaciones Esta Ley NO regula el Spam que ya era ilegal bajo el art. 27 de la Ley 25.326 de Habeas Data. Eventualmente un envío masivo de correos que obstruya un sistema informático podría llegar a ser considerado como el delito previsto en el art. 197 (interrupción de comunicaciones). Si bien esta Ley, y sus respectivas modificaciones al Código Penal, dan pie a mucha controversia, lo cierto es que establece las bases legales para comenzar a actuar en casos en donde hasta este momento era imposible incursionar o se debía "dibujar" los casos para que los mismos encuadraran en un delito tipificado. Puede verse un Análisis de este Proyecto (ahora Ley) desarrollado por Pablo Palazzi en marzo de 2008 y una interesante FAQ sobre la nueva ley de delitos informáticos: • La Ley entra en vigencia a los ocho días de publicación en el Boletín Oficial. • Las leyes penales no se reglamentan. • La Ley Penal no se puede aplicar retroactivamente, por lo tanto los hechos cometidos antes de su entrada en vigencia no se juzgan con la nueva Ley. • Como el Código Penal Argentino es aplicable en Argentina, si la conducta tiene lugar en Argentina, o si produce efectos en este país puede aplicarse esta Ley, en caso contrario no. Ley 26.388 Legislación y Delitos Informáticos - La Información y el Delito Ver Documentación sobre Legislación en Seguridad El delito informático implica actividades criminales que los países han tratado de encuadrar en figuras típicas de carácter tradicional, tales como robos, hurtos, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafas, sabotajes. Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas han creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha creado la necesidad de regulación por parte del derecho. Se considera que no existe una definición formal y universal de delito informático pero se han formulado conceptos respondiendo a realidades nacionales concretas: "no es labor fácil dar un concepto sobre delitos informáticos, en razón de que su misma denominación alude a una situación muy especial, ya que para hablar de "delitos" en el sentido de acciones típicas, es decir tipificadas o contempladas en textos jurídicos penales, se requiere que la expresión "delitos informáticos" esté consignada en los códigos penales, lo cual en nuestro país, al igual que en otros muchos no han sido objeto de tipificación aún." (1) En 1983, la Organización e Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) inicio un estudio de las posibilidades de aplicar y armonizar en el plano internacional las leyes penales a fin e luchar contra el problema del uso indebido de los programas computacionales. En 1992 la Asociación Internacional de Derecho Penal, durante el coloquio celebrado en Wurzburgo (Alemania), adoptó diversas recomendaciones respecto a los delitos informáticos, entre ellas que, en la medida que el Derecho Penal no sea suficiente, deberá promoverse la modificación de la definición de los delitos existentes o la creación de otros nuevos, si no basta con la adopción de otras medidas como por ejemplo el "principio de subsidiariedad". Se entiende Delito como: "acción penada por las leyes por realizarse en perjuicio de algo o alguien, o por ser contraria a lo establecido por aquéllas". (2) Finalmente la OCDE publicó un estudio sobre delitos informáticos y el análisis de la normativa jurídica en donde se reseñan las normas legislativas vigentes y se define Delito Informático como "cualquier comportamiento antijurídico, no ético o no autorizado, relacionado con el procesado automático de datos y/o transmisiones de datos." (3) "Los delitos informáticos se realizan necesariamente con la ayuda de los sistemas informáticos, pero tienen como objeto del injusto la información en sí misma". (4) Adicionalmente, la OCDE elaboró un conjunto de normas para la seguridad de los sistemas de información, con la intención de ofrecer las bases para que los distintos países pudieran erigir un marco de seguridad para los sistemas informáticos. 1. En esta delincuencia se trata con especialistas capaces de efectuar el crimen y borrar toda huella de los hechos, resultando, muchas veces, imposible de deducir como es como se realizó dicho delito. La Informática reúne características que la convierten en un medio idóneo para la comisión de nuevos tipos de delitos que en gran parte del mundo ni siquiera han podido ser catalogados. 2. La legislación sobre sistemas informáticos debería perseguir acercarse lo más posible a los distintos medios de protección ya existentes, pero creando una nueva regulación basada en los aspectos del objeto a proteger: la información. En este punto debe hacerse un punto y notar lo siguiente: • No es la computadora la que atenta contra el hombre, es el hombre el que encontró una nueva herramienta, quizás la más poderosa hasta el momento, para delinquir. • No es la computadora la que afecta nuestra vida privada, sino el aprovechamiento que hacen ciertos individuos de los datos que ellas contienen. • La humanidad no está frente al peligro de la informática sino frente a individuos sin escrúpulos con aspiraciones de obtener el poder que significa el conocimiento. • Por eso la amenaza futura será directamente proporcional a los adelantos de las tecnologías informáticas. • La protección de los sistemas informáticos puede abordarse desde distintos perspectivas: civil, comercial o administrativa. Lo que se deberá intentar es que ninguna de ellas sea excluyente con las demás y, todo lo contrario, lograr una protección global desde los distintos sectores para alcanzar cierta eficiencia en la defensa de estos sistemas informáticos. Julio Téllez Valdez clasifica a los delitos informáticos en base a dos criterios: 1. Como instrumento o medio: se tienen a las conductas criminales que se valen de las computadoras como método, medio o símbolo en la comisión del ilícito. Ejemplos: • Falsificación de documentos vía computarizada: tarjetas de créditos, cheques, etc. • Variación de la situación contable. • Planeamiento y simulación de delitos convencionales como robo, homicidio y fraude. • Alteración el funcionamiento normal de un sistema mediante la introducción de código extraño al mismo: virus, bombas lógicas, etc. • Intervención de líneas de comunicación de datos o teleprocesos. 2. Como fin u objetivo: se enmarcan las conductas criminales que van dirigidas en contra de la computadora, accesorios o programas como entidad física. Ejemplos: • Instrucciones que producen un bloqueo parcial o total del sistema. • Destrucción de programas por cualquier método. • Atentado físico contra la computadora, sus accesorios o sus medios de comunicación. • Secuestro de soportes magnéticos con información valiosa, para ser utilizada con fines delictivos. Este mismo autor sostiene que las acciones delictivas informáticas presentan las siguiente características: 1. Sólo una determinada cantidad de personas (con conocimientos técnicos por encima de lo normal) pueden llegar a cometerlos. 2. Son conductas criminales del tipo "cuello blanco": no de acuerdo al interés protegido (como en los delitos convencionales) sino de acuerdo al sujeto que los comete. Generalmente este sujeto tiene cierto status socioeconómico y la comisión del delito no puede explicarse por pobreza, carencia de recursos, baja educación, poca inteligencia, ni por inestabilidad emocional. 3. Son acciones ocupacionales, ya que generalmente se realizan cuando el sujeto atacado se encuentra trabajando. 4. Son acciones de oportunidad, ya que se aprovecha una ocasión creada por el atacante. 5. Provocan pérdidas económicas. 6. Ofrecen posibilidades de tiempo y espacio. 7. Son muchos los casos y pocas las denuncias, y todo ello por la falta de regulación y por miedo al descrédito de la organización atacada. 8. Presentan grandes dificultades para su comprobación, por su carácter técnico. 9. Tienden a proliferar, por lo se requiere su urgente regulación legal. María Luz Lima, por su parte, presenta la siguiente clasificación de "delitos electrónicos" (5): 1. Como Método: conductas criminales en donde los individuos utilizan métodos electrónicos para llegar a un resultado ilícito. 2. Como Medio: conductas criminales en donde para realizar un delito utilizan una computadora como medio o símbolo. 3. Como Fin: conductas criminales dirigidas contra la entidad física del objeto o máquina electrónica o su material con objeto de dañarla. jaja gente tengan cuidado con esta ley, leeanla bien porque es importante, a traves de internet podemos cometer delitos inesperados no? bueno espero q les sirva, y lo tengan en cuenta! mucho cuidado!
¿Por qué , entonces, las personas optan por las mismas contraseñas inseguras y muy repetidas? aquí les muestro una lista de las 10 contraseñas más utilizadas en internet por las personas en el Reino Unido, de acuerdo a una investigación. 10.- ‘thomas’ (0.99%) Es el más común de los formatos de contraseñas,”los nombres”,Thomas es uno de los nombre más utilizados y por eso es muy utlizado como contraseña, no es sorpresa que este en el Top 10 de contraseñas en internet. 9.- ‘arsenal’ (1.11%) Este importante equipo de fútbol tambien es una opción muy popular, y posiblemente más de un 10% de los seguidores de este equipo la escogen como contraseña a. 8.- ‘monkey’ (1.33%) “Mono” en ingles el porqué de esta palabra en el ranking de las 10 contraseñas más populares en internet es posiblemente porque es una fácil corta y fácil de recordar y tiene 6 caracteres que es el mínimo de carácteres requerido en muchos procesos de registro. 7.- ‘charley’ (1.39%) Otro nombre muy común por lo que es la elección de muchos usuarios.Tambien otro factor importante es la concurrencia de este nombre en personajes famosos cómo pueden ser Chaplin, Sheen. 6.- ‘qwerty’ (1.41%) Es una de las más curiosas y la explicación es que ante el tremendo nerviosismo que infringe el parpadeo del cursor en el campo de texto de una contraseña el usuario busca una referencia cercana y que mejor que el teclado… esto explicaría porqué 1 de 700 personas elige “qwerty” como su contraseña. 5.- ‘123456' (1.63%) ¿Puedes contar hasta seis? Pues ya tienes nueva contraseña fácil y con el minimo de carácteres necesarios…Es mi preferida sin duda alguna. 4.- ‘letmein’ (1.76%) “permíteme entrar”. Una versión moderna de ábrete sésamo 1 de cada 560 personas eligen ‘letmein’ como contraseña. 3.- ‘liverpool’ (1.82%) Otro de los más populares clubes de fútbol en Reino Unido cumple los requisitos de caracteres y es fácil de recordar para sus aficionados, es curiosa la repercusión que tiene el fútbol hasta en las contraseñas. 2.- ‘password’ (3.780%) “contraseña” en ingles, sin duda la más fácil de recordar si te exigen una contraseña le contestas con una… Introduce Password pues “password”, más fácil no cabe.Es la palabra compuesta por caracteres mas popular como contraseña. 1.- ‘123' (3.784%) 4 de cada 1000 personas la escogen como contraseña es muy simple pero tiene un problema no siempre cumple el requisito mínimo de caracteres. Conclusión El 10% de las personas escogen la suya de una lista que contiene las 100 más populares, el 90% restante tienen contraseña menos comunes pero se calcula que unicamente un 11% escogen contraseñas realmente fuertes,que combinen: Letras,números,mayúsculas y minúsculas.