AlejandroJoa2012
Usuario (Argentina)
A muchos le debe pasarEn la realidad de hoy, muchos cobraran planes sociales, muchos estaran en blanco y otro grupo importante estará trabajando en Negro. Lo cual predispone a un bache de conocimiento y legislacion sobre que derechos tenemos en caso de ser despedidos o querer reclamar algo que nos corresponde.Encontre un post en taringa de hace 2 años, esta bueno volver a publicarlo y actualizar este tipo de info.Que como bien dijo el autor tendrian que educarse desde el colegio.Despido e IndemnizacionLa ley prevé la indemnización por despido. Si bien el caso de cada trabajador es diferente, la indemnización por despido comprende principalmente los siguientes rubros.(resumen)- Antiguedad: Se paga un sueldo por año trabajado o fracción superior a 3 meses. Es decir, si trabajaste un año y 3 meses, te corresponden 2 sueldos de indemnización.- Preaviso: En caso que no te hayan comunicado fehacientemente (por carta documento) que vas a ser despedido con un plazo de antelación de 15 días en período de prueba, 1 mes si estás efectivo o 2 meses si llevás trabajando mas de 5 años, te corresponde, una indemnización sustitutiva por ese tiempo que no te avisaron. Por ejemplo, en el caso del año y 3 meses, correspondería otro sueldo por preaviso.- Proporcional días trabajados: Lógicamente, si te despiden a mitad del mes, deben pagarte los días que trabajaste hasta el despido.- Proporcional Aguinaldo y Vacaciones no gozadas: Al aguinaldo y las vacaciones, te las vas ganando a medida que vas trabajando, en el caso del ejemplo del año y 3 meses, correspondería pagar los días de vacaciones que le tocarían al trabajador (1 día cada 20 trabajados) y un cuarto de aguinaldo. (Recordemos que el aguinaldo es anual, nomás que se paga en 2 cuotas, una en junio y otra en diciembre)- Agravantes: en caso de maternidad, embarazo, matrimonio, enfermedad, la indemnización por despido se agrava en un 50%.(en cuanto a la enfermedad, la ART debe pagarte el sueldo, aún despedido, hasta que te cures o te otorguen porcentaje de incapacidad permanente, pero eso ya es otra historia)El ser despedido te permite acceder a la prestación por desempleo que otorga el estado hasta que consigas otro laburo, sin contar con la jugosa indemnización.El Empleador siempre te pide que Presentes la RenunciaSi es asi la plata que puedas sacar, no comprende antiguedad y preaviso (la mejor parte)Al empleador le resulta mas comprensible por qué al empleador le es mucho mas barato que los trabajadores renuncien que despedirlos.Para lograr la renuncia se emplean diversos métodos también:- 1er método:A muchas personas el empleador les dice, “andá, mandame el telegrama de renuncia y volvé que yo te pago, incluso más de lo que debería” (palmada en la espalda y sonrisa mediante)MENTIRA!!!! si no querés que labure mas para vos, echame!!! debería ser la respuesta.Está lleno de mitos como que no vas a conseguir laburo si te despiden, que te perdés la recomendación, etc.Todo esto es falso!!!-2do método: MOBBINGA veces para lograr que el trabajador renuncie se lo maltrata, se le hace cumplir tareas que no tienen nada que ver con su capacitación, como por ejemplo, quien tiene una empleada para vender ropa, le hace traer café, la maltrata, la hace limpiar, y la llena de obligaciones poco gratas para que se harte y renuncie.-3er método:Se le dice al empleado que la empresa está por cambiar de dueño, por eso es necesario que renuncie, para que después contratarlo de vuelta. (parece una estupidez, pero muchos lo hacen ver como algo perfectamente razonable). Esto no es así!! no importa que cambie de dueño!! el nuevo dueño debe respetar la antiguedad de los trabajadores!!-4to método:Se tiene al empleado trabajando en negro mucho tiempo, después se lo blanquea, y se lo echa en período de prueba,o a los pocos meses, abonándole un chiste de indemnización, o peor aún.. se hace eso y se lo hace renunciar. Ahí lo abrocharon por completo, porque renunció! que significa? que él mismo reconoció que no tiene nada para reclarmar.TRABAJO EN NEGROo Trabajo Insuficientemente Registrado (NEGRO)Una importante cantidad de trabajadores cree estar en una relación laboral perfectamente registrada.Incluso muchos empleadores te dicen, no estas en negro, estas en GRIS!(Aprovecho y escracho al Supermercado Los Arboles de Sierra de los Padres, lugar donde si caia una inspeccion, se pagaba coima, se demoraba 10 min la inspeccion y sacaban al personal a esperar en la cuadra de enfrente)Muchas veces los empleadores se valen de contratos que disfrazan la verdadera naturaleza de la relación. Algunos de ellos son el contrato a plazo fijo, las pasantías que poco tienen de educativas, y las locaciones de servicios que no son tales.A varios se les paga “en blanco” una suma de dinero, y otra suma en mano, en negro.Ésto no es para nada bueno, ya que si es así, jamás la indemnización va a ser la que corresponde, justamente porque sólo computarán lo que percibía el trabajador en blanco.Otros, han comenzado a trabajar en negro, quizá años, y después se los blanqueó consignando una falsa fecha de ingreso. Este es otro ardid muy frecuente, si te despidiesen sólo pagarían antiguedad por lo que figura en blanco!.Trabajo en negro: Otros tantos trabajan totalmente en negro, se les paga en mano, no se les hacen aportes, están sin obra social, los echan de palabra, etc.SOLUCIONES:La gente piensa: “yo no tengo ninguna prueba de que trabajaba, ni lo que me pagaba en mano, ni cuál era mi antiguedad real”, etc.Todo esto no es tan así. En materia laboral, dado que la parte mas débil es el empleado, todas las presunciones son a favor del trabajador, es decir, el probar que todo es mentira, es tarea del empleador. Es por eso que el 90% por ciento de los juicios laborales se ganan. Es muy fácil probarlo, bastan testigos.Y si los testigos mienten? o no quieren ir?. TIENEN que ir, es una obligación, hasta por la policía se los puede traer a declarar.Antes de declarar, se les lee el código penal y las penas por falso testimonio, y ésto no es nada divertido, pueden llegar a ir presos por mentir en un juzgado.Además no tienen por qué ser empleados. Cualquiera que tenga conocimiento de la relación laboral puede ir a declarar.Pero no nos adelantemos, rara vez se llega a juicio. En capital federal, del ministerio de Trabajo depende el SECLO (servicio de conciliación obligatoria). Es obligatorio asistir antes de iniciar un juicio.Que es una conciliación? es como una mediación donde las dos partes concurren con sus abogados, y pactan una indemnización.Al trabajador le conviene, porque en días está cobrando su indemnización, sin tener que hacer un juicio que lleva 3 años o mas. Al empleador también le conviene, porque zafa de las multas por tener trabajadores en negro, insuficientemente registrados, etc.Entonces, que hacemos cuando nos pasa alguna de estas situaciones?Primero, antes de siquiera pensar en renunciar, concurrir a un abogado laboralista para que nos redacte un telegrama ley (es gratuito, te dan el formulario en el correo y se manda gratis también) denunciando las irregularidades.El empleador puede contestar o no, no es relevante, porque obviamente, va a negar todo.Después se manda una segunda carta donde el trabajador se coloca en situación de “despido indirecto” (ésto sería algo así como… ya que no le diste bola a mi anterior carta, no reconociste como era la relación laboral, el sueldo que ganaba, etc, me CONSIDERO DESPEDIDO POR TU CULPA.Ahí ya tenemos derecho a la indemnización por despido, se concurrirá al SECLO y mas le vale al empleador arreglar, porque un juicio es muy costoso para él.El tiempo para reclamar desde el cese de la relación laboral es de 2 años.Laburaste en negro hace 1 año y medio? podés reclamar tu indemnización!Importante!Cuanto cobra este abogado por asistir a la conciliación? No des anticipos!! el buen laboralista trabaja a resultados, es decir, cobra de un 10 a 20 por ciento de lo que te paguen a vos recién cuando cobres!.Esto es muy bueno, porque su interés va a ser que saques lo mas posible.Si tienen alguna duda, pueden [email protected]